Texto de la norma
Decreto No.3484, que autoriza una emisión de sellos postales.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3484
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461, de fecha 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales para ser aplicadas a los envíos de correspondencia con Entrega Especial, en la siguiente cantidad y valor:
1,000,000 (UN MILLÓN) de sellos del valor de veinticinco centavos, multicolor.
Art. 2.- Estos sellos serán de forma rectangular, en tamaño de 40 milímetros de alto por 30 milímetros de largo; mostrarán como motivo principal, en la parte inferior una concepción artística representando el globo terráqueo; en la parte superior, hacia el lado derecho, una paloma llevando en su pico el sobre de un envío de correspondencia, símbolo que representa la rapidez de éste servicio. En los lados derecho e izquierdo llevarán líneas paralelas con los colores nacionales; a todo el largo del lado superior tendrán la leyenda "República Dominicana", hacia la esquina inferior derecha aparecerá, formando un semi-círculo, la inscripción "Entrega Especial"; debajo, dentro de un círculo blanco, el valor facial expresado así: "25c".
Art. 3.— Para dicha emisión se utilizará papel litográfico para estampillas cromo 56B, sustancia 103 Gm. 2 (peso en gramos por metro cuadrado).
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de julio del año mil novecientos setenta y ocho; años 135o de la Independencia y 115o de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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