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Texto
Texto de la norma
Dec. No. 1005, que concede jubilación con pensión del Estado a varias personas.
(G. O. No. 9506, del 15 de julio de 1979)
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1005
VISTA la Ley No. 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede el beneficio de la jubilación y se asignan sendas pensiones del Estado a las personas siguientes:
a) Al señor Francisco Mota Guzmán, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; y
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b) A1 seiior Luis Elpidio Font Bernard, una pensi6n del Estado
de doscientos pesos or0 (RD$200.00) mensuales.
Art. 2.- Dichas pensiones seriin pagadas con cargo al Fondo de
Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos mblicos.
DADO en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional,
Capital de la Repdblica Dorninicana, a 10s nueve (9) dfas del mes
de julio del ai0 mil novecientos setenta y nueve; alios 1360 de la
Independencia y 1 160 de la Restauraci6ri.
ANTONIO GUZMAN
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona