Texto de la norma
Dec. No. 987, que deroga el Decreto No. 1466, del 17 de noviembre de 1975.
G. O. No. 9506, del 15 de Julio de 1979)
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 987
VISTA la instancia elevada al Poder Ejecutivo por la empresa Comercial de Bienes Raíces, C. por A.;
VISTAS las opiniones del Director de la Oficina de Patrimonio Cultural y del Presidente de la Comisión para la Consolidación y Ambientación de los Monumentos Históricos de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO.
Art. 1.- Queda derogado el Decreto No. 1466, de fecha 17 de noviembre de 1975, que declaró de utilidad pública e interés social, para ser restaurado y conservado como Monumento Nacional, la adquisición por el Estado Dominicano del Edificio de piedra, tapia y ladrillo, de dos plantas, marcado con el No. 33 de la calle Mercedes, de esta ciudad, propiedad de la firma Comercial de Bienes Raíces, C. por A.
Art. 2.- La Comisión para la Consolidación y Ambientación de los Monumentos Históricos de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, y la Oficina de Patrimonio Cultural, quedan encargadas de velar porque la empresa Comercial de Bienes Raíces, C. por A., realice sus expensas la restauración del inmueble arriba descrito, cumpliendo los requisitos exigidos por cada uno de dichos organismos.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de julio del año mil novecientos setenta y nueve; años 1360 de la Independencia y 1160 de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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