QUE CREA E INTEGRA UNA COMISION ENCARGADA DE REALIZAR UN ESTUDIO DE LAS NECESIDADES DE CARACTER LABORAL, SOCIAL Y ECONOMICO EXPUESTAS AL PODER EJECUTIVO POR DIVERSAS ASOCIACIONES DE CHOFERES DEL PAIS
Dec. No. 984, que crea e integra una Comisión encargada de realizar un estudio de las necesidades de caracter laboral, social y económico expuestas al Poder Ejecutivo por diversas asociaciones de choferes del país.
(G. O. No. 9505, del 30 de junio de 1979)
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 984
CONSIDERANDO que varias asociaciones de choferes del país han expuesto al Poder Ejecutivo diversas necesidades de caracter laboral, social y económico;
CONSIDERANDO que el Gobierno está interesado en contribuir a solucionar los problemas planteados;
CONSIDERANDO que muchas de las necesidades expuestas están vinculadas con los graves problemas originados por las alzas continuas de los precios de los productos derivados del petróleo;
CONSIDERANDO que por otra parte dichos problemas están íntimamente relacionados con uno de los más importantes servicios públicos como lo es el transporte urbano e interurbano, tan esencial para el normal desenvolvimiento de las actividades de la Nación;
CONSIDERANDO que la diversidad de los factores envueltos amerita una consideración ponderada y un estudio minucioso por parte del Gobierno, con participación de los representantes de los sectores afectados;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se crea una Comisión encargada de realizar un estudio ponderado y minucioso de las necesidades de carácter laboral, social y económico, expuestas al Poder Ejecutivo por diversas asociaciones de choferes del país y recomendar las disposiciones que deban ponerse en vigor para contribuir a solucionar los problemas planteados por los representantes de los sectores afectados.
Art. 2.— Dicha Comisión estará integrada de la siguiente manera: Un Subsecretario Técnico de la Presidencia, quien la presidirá; un Subsecretario de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones; el Director de Transporte Urbano del Ayuntamiento del Distrito Nacional; el Secretario Ejecutivo de la Comisión de Política Energética; un representante de la Secretaría de Estado de Trabajo; un representante del Instituto Dominicano de Seguros Sociales; cinco representantes de las asociaciones de choferes y el Director General de Tránsito Terrestre de la Secre-
taría de Estado de Obras Públicas y Comunicaiones, quien actuará como Secretario de la Comisión creada en virtud del presente Decreto.
Art. 3.- Esta Comisión deberá someter al Poder Ejecutivo los informes correspondientes con sus recomendaciones al respecto.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de junio del año mil novecientos setenta y nueve; años 136o de la Independencia y 116o de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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