Texto de la norma
Decreto No. 905, que concede la nacionalidad dominicana al señor Alejandro Augusto Espaillat Cabral.
(G. O. Nº 8976, del 26 de Marzo de 1966.)
HECTOR GARCIA GODOY
Presidente Provisional de la República Dominicana
NUMERO 905
VISTA la instancia que por conducto del Ministerio de
Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo en fecha 17 de febrero de 1966, el señor Alejandro Augusto Espaillat Cabral, nacido en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, en fecha 16 de febrero de 1948, hijo legítimo de los señores Alejandro Augusto Espaillat Grullón y Josefina Cabral de Espaillat, ambos de nacionalidad dominicana, a fin de optar definitivamente por la nacionalidad dominicana;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTO el párrafo I del artículo 26 de la Ley No. 1683 sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, agregada por la Ley No. 2665, de fecha 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 3 del Acto Institucional, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se declara que el señor Alejandro Augusto Espaillat Cabral, nacido en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, hijo de los señores Alejandro Augusto Espaillat Grullón y Josefina Cabral de Espaillat, ambos de nacionalidad dominicana, ha optado definitivamente por la nacionalidad dominicana de conformidad con lo previsto en el artículo 89, inciso 3 de la Constitución de la República.
Art. 2.—Envíese a los Ministerios de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de marzo del año mil novecientos sesenta y seis, años 123º de la Independencia y 103º de la Restauración.
HECTOR GARCIA GODOY
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