Texto de la norma
Decreto No.3420, que autoriza una emisión de sellos postales.
JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3420
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No.2461. de fecha 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario de la correspondencia, en las siguientes cantidades y valores:
500,000 (Quinientos Mil) sellos del valor de dos centavos multicolor.
300,000 (Trescientos Mil) sellos del valor de seis centavos, multicolor.
Art. 2.—Los sellos de dos centavos serán de forma rectangular, en tamaño de 40 milímetros de alto por 30 milímetros de largo: mostrarán como motivo principal en su centro, la reproducción de una fotografía del Lic. Manuel de Jesús Troncoso de la Concha; a todo el largo del lado superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; en el lado izquierdo y en sentido vertical de arriba hacia abajo, llevarán la palabra "CORREOS" e inmediatamente debajo el valor facial expresado así: "2c"; a todo el largo del lado inferior aparecerá la inscripción "Manuel de Js. Troncoso de la Concha"; debajo a dos renglones, se leerá "Ex Presidente de la República" "Jurista-Escritor-Tradicionalista"; en la esquina inferior izquierda tendrán las cifras "1978"; y en la esquina interior derecha, las cifras "1978".
Los sellos de seis centavos serán de forma rectangular, en tamaño de 40 milímetros de alto por 30 milímetros de largo; mostrarán como motivo principal en su centro, la reproducción de una fotografía del Lic. Manuel de Jesús Troncoso de la Concha; a todo el largo del lado superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; en el lado izquierdo y en sentido vertical de arriba hacia abajo llevarán la palabra "CORREOS" e inmediatamente debajo del valor facial expresado así: "6c"; a todo el largo del lado inferior aparecerá la inscripción "Manuel de Js. Troncoso de la Concha"; debajo, a dos renglones, se leerá "Ex-Presidente de la República" "Jurista-Escritor-Tradicionalista"; en la esquina inferior izquierda tendrán las cifras "1978"; y en la esquina inferior derecha, las cifras "1978"
Art. 3.—Para dicha emisión se utilizarán papel litográfico para estampillas cromo 568, sustancia 103 gm. 2.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de mayo del año mil novecientos setenta y ocho; años 135o. de la Independencia y 115o. de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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