miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3326

QUE DISPONE QUE LAS APUESTAS QUE SE HAGAN EN LAS SALAS DE JUEGOS DE LOS HOTELES Y OTROS ESTABLECIMIENTOS AUTORIZADOS PARA ESOS FINES, DEBERAN SER REALIZADAS Y LIQUIDADOS EN DOLARES NORTEAMERICANOS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 feb de 1978fecha
Otrostipo
G. O. 9481Gaceta Oficial del 1 ene de 1978
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No.3326, que dispone que las apuestas que se hagan en las salas de juegos de os hoteles y otros establecimientos autorimdos para esos fines, deberdn ser realiza- das y liquidados en dblares norteamericanos. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Reptiblica Dominicana YUMERO 3326 CONSIDERANDO que con el propbsito de contribuir al foment0 del turismo, el Poder Ejecutivo ha autorizado el esta- blecimiento de salas de juegos en determinados hoteles del pais; CONSIDERANDO que es objetivo bisico y fundamental de la promoci6n del turismo y de las actividades conexas con Cste, la percepcibn de divisas para fortalecer nuestra balanza de pagos; CONSIDERANDO que se ha podido comprobar que una de las actividades, dentro de Ids Areas del comercio turistico, que mis divisas genera, lo constituye las apuestas en las salas de jue- gos en hoteles de primera categoria y otros establecimientos autorizados para estos fines; CONSIDERANDO que es obligacibn del Gobierno Nacio- nal dictar las medidas que fueren necesarias para una mis efec- tiva captacibn de las divisas que genere el turismo, en cuya costosa infraestmctura ha realizado el Estado Ilominicano fuertes inversiones; VETO el articulo 2 del Decreto No.1482, de fecha 10 de julio de 1967; VISTA la Ley No.351, de feclla 6 de agosto de 1964, mo- dificada por las Leyes Nos.605, de fecha 9 de febrero de 1965 y 102, de fecha 6 de Marzo de 1967; VISTA la Ley Orginica de Turismo de la Repdblica Domi- nicana, No. 541 del 31 de diciembre de 1969. En ejercicio .de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constitucibn de la Repfiblica, dicto el siguiente D E C R E T O : Art. 1.-Se dispone que las apuestas que se hagan en las salas de juegos de 10s hoteles y otros establecimientos autoriza- dos para esos fines, deberrin ser realizadas y liquidadas en d61a- res norteamericanos (US$). Art. 2.—El Banco Central de la República Dominicana implementará los mecanismos más adecuados para que las divisas a que se refiere el artículo 1 del presente decreto, sean captadas en su totalidad por el sistema bancario nacional, para lo cual contará con la colaboración de la Dirección General de Rentas Internas. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de febrero del mil novecientos setenta y ocho, años 1340. de la Independencia y 115o. de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona