Decreto No.3279, que concede jubilación con pensión del Estado a varios empleados de la Caja de Ahros para Obreros y Monte de Piedad.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3279
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede el beneficio de la jubilación a los siguientes empleados de la Caja de Ahorros para Obreros y Monte de Piedad:
a) Rafael Cabrera Ovalle, con una pensión del Estado de CIENTO TREINTA Y CINCO PESOS ORO (RD$135.00) mensuales;
b) Miguel A. Castro Carrasco, con una pensión del Estado de CIENTO CINCUENTA PESOS ORO (RD$150.00) mensuales
c) Angel Núñez, con una pensión del Estado de SESENTA PESOS ORO (RD$60.00) mensuales.
Art. 2.—Dichas pensiones tendrán efectividad a partir del 1ro. de enero del año 1978, y serán pagadas con cargo al Fondo del
Plan de Retiro, Pensiones y Pago en caso de muerte a favor de los empleados del Monte de Piedad, creado por Decreto No. 3972, de fecha 28 de julio de 1958.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de enero del año mil novecientos setenta y ocho; años 134o. de la Independencia y 115o. de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona