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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3258

QUE DECLARA QUE VARIAS PERSONAS HAN OPTADO DEFINITIVAMENTE POR LA NACIONALIDAD DOMINICANA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
27 ene de 1978fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 9463Gaceta Oficial del 1 ene de 1978
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No.3258, que declara que varias personas han optado definitivamente por la nacionalidad dominicana. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 3258 VISTAS las instancias que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las personas que se mencionan en la parte dispositiva del presente Decreto; VISTOS los documentos que acompañan dichas instancias; VISTA la Ley No.1693, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se declara que las siguientes personas han optado definitivamente por la nacionalidad dominicana, de conformidad con lo previsto en el artículo 11, inciso 3, de la Constitución de la República; a) Lic. Luis Rafael Alvarez Renta, nacido en la ciudad de Caracas, República de Venezuela, en fecha 9 de abril de 1950, hijo legítimo de los señores Ing. Virgilio Eduardo Alvarez Saviñón y Thelma María Renta de Alvarez, ambos de nacionalidad dominicana. b) Raúl René Rodríguez García, nacido en la ciudad de San Andrés, Tuxtla, México, Estados Unidos Mexicanos, en fecha 30 de diciembre de 1959, hijo legítimo de los señores Juan Porfirio Rodríguez V., y Adela García de Rodríguez, ambos de nacionalidad dominicana. c) Luis Enrique Landestoy Zapata, nacido en la ciudad de San Germán, Puerto Rico, en fecha 21 de octubre de 1957, hijo legítimo de los señores Enrique Landestoy Pietersz y Cristina Zapata Viñas de Landestoy, ambos de nacionalidad dominicana. Art. 2.—Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de enero del año mil novecientos setenta y ocho; años 1340. de la Independencia y 115o. de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona