Texto de la norma
Decreto No. 780, que autoriza la impresión de una emisión de sellos de Inmigración.
(G. O. Nº 8974, del 8 de Marzo de 1966).
HECTOR GARCIA GODOY
Presidente Provisional de la República Dominicana
NUMERO 780
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas Nº 2461, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 3 del Acto Institucional, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza la siguiente emisión de sellos de Inmigración para ser aplicados al cobro del impuesto conforme a la tarifa establecida por la Ley N° 3669, de fecha 6 de noviembre de 1953;
30,000 (TREINTA MIL) sellos del tipo de RD$20.00, numerados del 30,001 al 60,000, color morado gris.
Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 43 milímetros de largo por 16 milímetros de ancho en hojas perforadas de cincuenta sellos, con el siguiente diseño: en la parte central el Escudo Nacional; en la parte superior, la inscripción "REPUBLICA DOMINICANA", en la parte inferior la palabra "INMIGRACION", en el ángulo inferior izquierdo el signo de peso; en el ángulo inferior derecho el valor en cifras.
Art. 2.—Se autoriza la siguiente emisión de sellos para fines de aplicación del artículo 7 de la Ley de Inmigración, modificada por la Ley N° 1910, del 22 de marzo de 1949;
10,000 (DIEZ MIL) sellos para recargos del tipo de RD$0.80, numerados del 15,001 al 25,000, color rojo;
20,000 (VEINTE MIL) sellos para recargos del tipo de RD-$20.00, numerados del 1,001 al 21,000, color verde.
Estos sellos serán impresos en forma rectangular en tamaño de 35 milímetros de largo por 17 milímetros de ancho y en hojas perforadas de cincuenta sellos, con el siguiente diseño; en la parte superior del sello se leerá "REPUBLICA DOMINICANA" y más abajo en letras más pequeñas la palabra "INMIGRACION". En el centro hacia el lado izquierdo, llevarán el Escudo Nacional, en fondo blanco. Una banda horizontal, sin que corte el dibujo del Escudo, figurará en medio del sello. En la parte inferior en la izquierda, se leerá la palabra "RECARCO" y en la derecha "RD$" y la cantidad en número que representa el valor del sello,
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de
la República Dominicana, el primer día del mes de marzo de mil novecientos sesenta y seis, años 123º de la Independencia y 103º de la Restauración.
HECTOR GARCIA GODOY
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