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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 909

QUE APRUEBA VARIAS RESOLUCIONES DEL DIRECTORIO DE DESARROLLO INDUSTRIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 abr de 1979fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 9504Gaceta Oficial del 1 ene de 1979
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 909, que aprueba varias Resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial. (G. O. No. 9504, del 15 de junio de 1979) ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 909 CONSIDERANDO que las empresas INDUSTRIA PETROQUIMICA DOMINICANA, C. POR A., CIBAO TROPICAL, S. A., CUELI & CO., C. POR A., ALMACENISTAS INDUSTRIALES, C. POR A., "INDUSTRIA CONTINENTAL, C. POR A.", "JUAN MAX ALEMANY D., C. POR A.", QUITPE, C. POR A., MUELLES DOMINICANOS, C. POR A., EMPRESAS PRODESARROLLO, C. POR A., (PRODESA), PRODUCTOS LA ESTRELLA, C. POR A., HANES PANAMA, INC., e INDUSTRIA CARTONERA DOMINICANA (División Fábrica Nacional de Fósforos, C. por A.), formularon al Departamento Técnico Industrial de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, diversas solicitudes acogiéndose a las fisposiciones de la Ley No. 299, de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968; CONSIDERANDO que luego de realizarse los estudios pertinentes de cada una de dichas solicitudes, el Directorio de Desarrollo Industrial dictó las correspondientes resoluciones: VISTOS los Artículos 7, 9, 23, 38 y 45 de la Ley No. 299, de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C B E T O : ARTICULO PRIMERO: Se apmeban las resoluciones del Directorio de ‘Dearrollo Industrial que se consignan a conti- nuaci6n: 1.- Res. No. 89-79-C, de fecha 10 de abril de 1979, que clasifica a la empresa INDUSTRIA PETROQUIMICA DOMINI- CANA, C. POR A, en la Categoria “C”, concedikndole por el termino de 8 des, exoneraci6n en proporci6n de un 900/0, de todos 10s derechos e impuestos de importaci6n y deniiis gravii- menes conexos, incluyendo el arancel, 10s impuestos unificados y 10s de consumo interno, que incidan sobre la importaci6n de 10s articulos consignados en el ordinal segundo de la expre- sada Resoluci6n:La referida empresa se dedica a la producci6n de compuestos de PVC y planchas microcelulares, que des- tina al consumo interno; 2.- Res. No. 76-79-MC, de fecha 10 de abril de 1979, que modifica las Resoluciones Nos. 1 1-71C y 167-76-MC, de fecha 15 de enero de 1971, y 19 de octubre de 1976, respec- tivamente, para incluir en la clasificaci6n de la empresa CIBAO TROPICAL, S. A., por el resto del perfodo y en el mismo por- centaje de exoneraci6n que disfruta, 10s articulos consigna- dos en el ordinal primtro de la expresada Resolucih. La refe- rida empresa fue clasificada en la Categoria “C”, por e1 tdrmi- no de 12 aiios, con exoneraci6n de un 900/0, para dedicarse a la producci6n de reinas compuestas de PVC. Se modifican, en consecuencia, en cuanto sea neGesario, 10s Decretos Nos. 1055 del 25 de mayo de 1971 y 2805 del 4 de abril de 1977; 3.- Res. No. 84-79-MC, de fecha 10 de a b d de 1979, que modifica la Resoluci6n No. 28-7742, de fecha 10 de fe- brero de 1977, para aumentar varios de 10s articulos que figu- ran en clasifcaci6n de la empresa CUELLO & CO., C. POR A., por el resto del periodo y en el mismo porcentaje de exo- neracih que disfruta, 10s articulos consignados en el ordinal primer0 de la expresada Resoluci6n. La referida empresa fue clasificada en la Categoria “C”, para dedkarse a la fabrica- ci6n de zapatos en general, con exoneraci6n de un 6O0/0. Se a modifica en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Decreto No. 2816, de fecha 14 de abril de 1977; $ 4.- Res. No. 85-79-MC7 de fe:ha 10 de abril de 1979, que modifica las Resoluciones Nos. 190-75-C, 15-77-MC, 277-77-MC y 66-79-MC, de fechas 5 de diciembre de 1975, 10 de febrem de 1977, 28 de octubre de 1977 y 16 de marzo de 1979, respectivamente, para aumentar y/o incluir en la cla- sificacibn de la empresa ALMACENISTAS INDUSTRIALES, C. POR A., por el resto del perfodo y exoneraci6n en propor- ci6n de un 90010, las materias primas y materiales, que se indi- can en el ordinal primero de la expresada Resolucih, para la fabricacibn de fundas de supermercados, ademds de 10s arti- culos que viene produciendo. La referida empresa fue clasifi- cada en la Categorfa “C”, por el tdrmino de 8 aiios, para dedi- cane a la fabricacih de cintas de papel engomado en rollos, rollos de papel para mdquinas calculadoras, papel encerado, aluminio y papel sanitario, que destinarll a1 mercado ‘interno. Se modifican, en consecuencia, en cuanto sea necesario, 10s Decre- tos Nos. 1767, del 11 de mano de 1976; 2816, del 14 de abril de 1977; 3222, del 31 de diciembre de 1977; y 901 del 28 de mayo de 1979; ~ 5.- Res. No. 86-79-MC, de fecha 10 de abril de 1979, que modifica las Resoluciones Nos. 179-76-RC y 73-77-MC, de fechas 19 de octubre de 1976, y 5 de abril de 1977, respec- tivamente, para aumentar y/o incluir varias materias primas y materiales en la reclasificacibn de la empresa INDUSTRIA CONTINENTAL, C. POR A., por el resto del perfodo y en el mismo porcentaje de exoneracih de que disfruta sobre 10s articulos consignados en el ordinal primero de la expresada Resolucih. referida empresa fue reclasificada en la Cate- goria “C”, por el tdrmino de 8 ai3os, para dedicarse a la fabri- cacibn de botelleros y congeladores, con exoneracih de un 900/0, para el mercado interno. Se modifican, en consecuencia, en‘cuanto sea necesario, 10s Decretos Nos. 2571 y 2988, de fe- chas 2.de diciembre de 1976 y 26 de julio de 1977, respectiva- mente; 6.- Res. No. 4!7r89-MCY de fecha 10 de abril de 1979,para modificar las Resoluciones Nos. 4-77-RCY y 117-77-MC, de fechas 10 de febrero y 7 de junio de 1977, para aumentar de 70 a 140 toneladas metricas, el rengldn papel para imprimir tip0 manila en rollos, el cud figura en la reclasificacidn de la empresa “JUAN MAX ALEMANY D., C. POR A.”, por el resto del periodo y en la proporcih de un 700/0 de exoneracidn. La referida empresa fue reclasificada en la Categoria “C”, por el tdrmino de 8 &os, para dedicarse a la fabricacidn de cua- demos, libretas escolares y de apuntes, sobres manila y traba- jos Snapout, con exoneracih de un 700/0, con destino a1 mer- cad0 intemo. En consecuencia, se modifican, en cuanto sea ne- cesario 10s Decretos Nos. 2816 y 2988, de fechas 14 de abf3-y 26 de julio de 1977, respectivamente; 1977 y lro. de noviembre de 1978, respectivamente, para * 7.- Res. No. 90-79-MC, de fecha 10 de abril de 1979, para modificar las Resoluciones Nos. 1 5-76-MC, 168-77-RC y 3O5-78-MC7 de fechas 30 de enero de 1976, 9 de agosto de incluir en la reclasificacih de la empresa QUITPE, C. POR A., por el resto del periodo y exoneracih de 10s impuestos, de la Ley No. 170 y cobro del 170/0 ad-valorem de la Ley No. 3580 agrupada en las leyes Nos. 173 y 221 sobre la importacih de las materias primas y materiales que se consignan en el ordi- nal primer0 de la expresada Resolucih para la fabricacih de papel higiCnico y servilletas de mesa y cocina. La referida empresa fue reclasificada en la Categoria “C”, por el tCrmino de 8 alios, para dedicarse a la fabricaci6n de toallas sanita- rias y paiiuelos faciales, con exoneracih de un 700/0. Se modifi- can en consecuencia, en cuanto sea necesario, lo$ Decretos Nos. 1992, 3 14 1 y 5 5 1, de fechas 30 de mayo de 1.976, 4 de no- viembre de 1977 y 15 de enero de 1979, respectivamente; 8.- Res. No. 91-79-MCY de fecha 10 de abril de 1979, que modifica las resoluciones Nos. 103-75-C y 205-77-MC, de fechas 15 de agosto de 1975 y 16 de septiemh-e de 1977, res- pectivamente, para conceder a la empresa MUELLES DO- MINICANOS, C. POR A., exoneracidn de un 900/0 durante el empresa fue clasificada en la Categoria “Cy’, para dedicarse resto del perfodo de la clasificacidn que disfruta. La referida -f a la fabricaci6n de muelles para vehiculos ae motor, con exone- raci6n de un 8Oo/o para 10s primeros cuatro afios y un 500/0 para 10s restantes. Se modifican en consecuencia, en cuanto sea necesario, 10s Decretos Nos. 1440 y 3177, de fechas 7 de no- viembre de 1975 y 30 de noviembre de 1977, respectivamente; t 9.- Res. No. 92-79-MCY de fecha 10 de abril de 1979, para modificar las Resoluciones Nos. 268-78-RC y 22O-78-MCy de fechas 26 de sepuembre y 26 de julio de 1978, respec- tivamente, para que la partida de “rejillas frontales plAsticas” que figuran en la clasificaci6n de la firma EMPRESAS PRO- DESARROLLO, C. POR A., (PRODESA) se le permita impor- tarlas desarmadas, en vista de que tienen problemas con 10s suplidores para recibirlas en la forma que actualmente las vie- nen Importando. La referida empresa fue reclasificada en la Categoria “C”, por el termino de 8 aAos para dedicarse a la fabricacih de acondicionadores de aire, calentadores de agua y abanicos, con una exoneraci6n del 900/0. Se modifican en con- secuencia, en cuanto sea necesaric, 10s Decretos Nos. 388 y 326, de fechas 9 de noviembre y 19 de octubre de 1978, respecti- vamente; 10.- Res. No. 93-79-MCY de fecha 10 de abril de 1979, para modificar las Resoluciones Nos. 176-71€, 55-72-MC y 93-76-MCY de fechas 5 de noviembre de 1971, 28 de abril de 1972 y 8 de julio de 1876, respectivamente, para la inclusi6n de nuevas materias primas y materiales, dentro de la’clasifi- caci6n que disfruta la empresa PRODUCTOS LA ESTRE- LLA, C. por A., por el resto del period0 y en la proporci6n de un 6Oo/o de exoneraci6n sobre 10s productos que se consig- nan en el ordinal primero de la expresada Resoluci6n. La re- ferida empresa fue clasificada en la Categoria “C”, por el t&- mino de 8 ai?os, para dedicarse a la elaboracih de productos alimenticios con destino al mercado interno. Se modifican, en consecuencia, en cuanto sea necesario, 10s Decretos Nos. 2164, 3040 y 2493, de fechas 14 de abril de 1972,3 de enero de 1973 y lro. de noviembre de 1976, respectivamente; 11.- Res. No. 94-79-MCY de fecha 10 de abril de 1979, para modificar las Resoluciones Nos. 105-73-C y 148-78-MCY de fechas 10 de agosto de 1973 y 27 de junio de 1978, res- pectivamente, para aumentar de CIENTO CINCUENTA MIL (1 50,000) a DOSCI€NTOS CINCUENTA MIL (250,000) doce- nas prendas de vestir para damas (brassieres) en la clasificaci6n de la empresa HANES PANAMA. INC., por el resto del period0 y en el mismo porcentaje de exoneracih que disfruta. La refe- rida empresa fue clasificada en la Categoria “A”, con exonera- ci6n de un lOOo/o, por el t6rmino de 20 aiios, para dedicarse a la confecci6n de sostenes (brassiers) y otras prendas de vestir, con destino al niercatlo exterior. Se modifican, en consecuencia, en cuanto sea necesario, 10s Decretos Nos. 3918 y 83, de fechas 28 de septiembre de 1973 y 24 de agosto de 1978, respectiva- mente; y 12.- Res. No. 83-79-RC, de fecha 10 de abril de 1979, para reclasificar por el t6rmino de 8 aflos, a part& del 17 de mayo de 1979, en la Categoria “C”, a la firma INDUSTRIA CAR- TONERA DOMINICANA, (Divisi6n Fibrica Nacional de F6s- foros, C. POR A., concedihdole exoneraci6n en proporci6n de un 500/0, 6Oo/o y 900/0 de todos 10s derechos e impuestos de importacidn y demis gravimenes conexos, incluyendo el arancel, 10s impuestos unificados y 10s de consumo interno, que incidan sobre la importaci6n de 10s articulos consignados en el ordinal segundo de la expresada- Resoluci6n. La referida empresa fue clasificada en la Categoria “C”, por el tBrmino de 8 aiios, con exoneraci6n escalonada para la producci6n de cart6n cormgado y plegadizo y pacas de desperdicio, con destino al mercado interno. ARTICULO SEGUNDO: Enviese a las Secretarias de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio, para 10s fines correspon- dientes. DADO en Santo Doming0 de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Reptiblica Dominicana, a 10s cuatro (4) dias del mes de junio del ail0 mil novecientos setenta y nueve; aiios 1360 de la Independencia y 1 160 de la Restauracidn. ANTONIO GUZMAN

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona