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Texto
Texto de la norma
Dec. No. 883, que concede jubilación con pensión del Estado a varias personas.
(G. O. No. 9503, del 31 de mayo de 1979)
ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 883
VISTA la Ley No. 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilación y se asignan sendas pensiones del Estado a las personas siguientes:
a) Al señor Carlos Américo Peguero Matos, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales;
b) A la señora Gloria Nelly Santana de Marchena, una pensión del Estado de ciento sesenta y cinco pesos oro (RD$165.00) mensuales;
c) Al señor Iván Celedonio Montero Abreu, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales;
d) Al señor Angélico Encarnación Calderón, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales;
e) Al señor David Antonio Abreu, una pensión del Estado de doscientos diez y nueve pesos oro (RD$219.00) mensuales;
Art. 2.- Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones que tiene reservado la Lotería Nacional para sus empleados.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de mayo del año mil novecientos setenta y nueve; años 1360 de la Independencia y 1160 de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona