Texto de la norma
Decreto No.225, que otorga exequátur para ejercer sus respectivas profesiones a varios profesionales.
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 225
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1948, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantía de Médicos recién graduados, de fecha 11 de mayo de 1967;
VISTA la Ley sobre Organización Judicial No. 821, de fecha 21 de noviembre de 1927; y sus modificaciones;
VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964;
VISTA la Ley No. 633, sobre Contadores Públicos Autorizados, de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes:
MEDICO:
Mayra María Virginia García H., Víctor Ventura Javier, Manuel Emilio Mateo Verigüete, Josefa Emilia Abad Jaime, Gloria Gertrudis Abréu Rosario, Domingo Ramón Ramírez Rodríguez, José Martín Rodríguez Abréu, Francisco Javier Tinaut Ranera, Mayra Natalia Encarnación Richardson Urbaez, Juan José Emiliano Zaiter, Irma Mercedes Heredia Corporán, María Altagracia Peña Jiménez, Irma María García Díaz, Rosario Antonia García Sánchez, Carlos Juan Ramón Peña Portorreal, Aureado Ortega Mármol, Ana María Martínez del Rosario, Cesiah Inés Núñez Carela, Sarah Sterling Vásquez, Juana Méndez Caro, Mercedes Crescencia Liranzo Varona, Ramón Rafael Barrera Castillo, Celeste Wilfrida Avelino, Angel Eugenio Michel Terrero.
TECNOLOGO MEDICO:
Felicia Antonia Quezada Bernabé, María Virgen Reynoso de León, Marianela Altagracia Mojica Peña, Nurys Mercedes Gerónimo Berroa, Fanny Mercedes López Tejada, Laura Mercedes Cuevas Encarnación, Mary Rosa Asunción Almánzar Santos, Rafaela Florimón Brito, Lourdes Costo Martínez, Zaira Inés Altagracia Concepción Tió, Gertrudis Hiraldo Beco.
LICENCIADAS EN FARMACIA:
María Virgen Hernández Pérez, Juana Antonia de la Altagracia Pimentel Mejía.
LICENCIADOS EN QUIMICA:
Altagracia Bienvenida Castillo Sterling, Gladys Méndez Litche, Ana Leonor Ramona Cross Cardoza, Ramón Florentino Ozoria Domínguez.
ABOGADO:
Aquino Guzmán Pérez, Sonia Argentina Díaz Inoa, Domingo Antonio Gil.
NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL:
Agueda Jocelyn Gross Avilés de Ruíz.
CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO:
María Altagracia Castillo Taveras, Baldomero Emilio Quezada Canela, José Pericles Ng Arias, Rafaela Altagracia Sánchez, Josefina Sanfana Manzueta, Edy Mercedes Rodríguez, Manuela Antonia de los Santos Pérez.
Art. 2.- Envíese a las Secretarías de Estado de Salud Pública y Asistencia Social y de Finanzas, y a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y ocho; años 135o de la Independencia y 116o de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN,
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