Texto de la norma
Pasian Jimknez, Eunice Aurora Zorrilla Fernindez, Sobedeida
Quifiones Figueroa, Fior Maritza Biez, Dania Miroslaba Valen-
zuela Sinchez y Heraclo Vicente Carrasco Lorenzo.
Art. 2.- Enviese a las Secretarfas de Estado de Salud Publica y
Asistencia Social y de Finanzas, a la Procuraduria General de
la Republica y a1 Colegio Dominican0 de Ingenieros, Arquitectos
y Agrimensores para 10s fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de GuzmBn, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s trece (1 3) dias del mes
de febrero del aAo mil novecientos setenta y nueve; afios 1350 de
la Independencia y 1 160 de la Restauracibn.
ANTONIO GUZMAN
Oec. No. 661, que modifica el Oecreto No. 3499, del 21 de julio de 1918.
(6.0. N a 9497. del 28 L fabrem de 1979)
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la Repdblica Domnicana
NUMERO: 661
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55
de la Constituci6n de la Reptiblica, dicto el siguiepte
D E C R E T O :
UNIC0.- Se modifica el Decreto No. 3499, de fecha 21 de
julio de 1978, para- dejar sin efecto el acapite 202, que otorga el
beneficio de la jubilacih al seiior Rafael Aquiles.Pbres Ortiz.
DADO en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional,
Capital de la Replfblica Dominicana, a 10s trece (13) dias del mes
de febrero del aiio mil novecientos setenta y nueve; &os 1350 de
la Independenicia y 1 160 de la Restauracih.
ANTONIO GUZMAN
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.