Decreto No.210, que crea e integra la Comisión Nacional de Política Minera.
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 210
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se crea la Comisión Nacional de Política Minera que se encargará de analizar los asuntos más relevantes del sector minero y recomendar al Poder Ejecutivo la reestructuración institucional de la Dirección General de Minería y la política inmediata que deberá aplicar éste organismo. Además, evaluará las ofertas recibidas de organismos internacionales y gobiernos amigos, y los convenios de exploración y explotación con entidades públicas o privadas.
Art. 2.- La Comisión Nacional de Política Minera quedará integrada por el Secretario de Estado de Industria y Comercio, quien la presidirá, el Secretario Técnico de la Presidencia, el Secretario de Estado de Finanzas y el Director General de Minería, quien además ejercerá las funciones de Secretario de dicha Comisión.
Art. 3.- El presente Decreto deroga cualquier otro que le sea contrario.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y ocho; años 135o de la Independencia y 116o de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona