Dec. No. 590, que concede jubilacibn con pensibn del Estado ai Sr. Juan Paulino.
(6.0. NO. 9496, del 31 de enem de 1979)
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 590
VISTA la Ley No. 5 185; sobre Pensiones Civiles del Estado,
de fecha 3 1 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55
de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilation y se asigna
una pension del Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO), mensua-
les a1 seiior Juan Paulino.
Art. 2.- Dicha pension serri pagada con cargo a1 Fondo de
Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Ptiblicos.
DADO ,en Santo Domingo de Guzmrin, Distrito Nacional,
Capital de la Repdblica Dominicana, a 10s veintitres dias del mes
de enero del ai30 mil novecientos setenta y nueve; aAos 1350
de la Independencia y 1160 de la Restauracih.
ANTONIO GUZMAN
Dee. No. 591, que nombra vrrios Miembra de la Curnisi611 Consultiva de la See. de E.
de Relaciones Exteriores.
(G. 0. No. 9498, dei 31 de enero de 1979)
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la Reptiblica Dominicana
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