Texto de la norma
Decreto Nº 1504, que autoriza al Sr. Antonio Nurse Rivera a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9391, del 24 de Febrero de 1976)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1504
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada
por el señor Antonio Nurse Rivera, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliado y residente en [domicilio omitido], fué autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la Ley N° 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Juan Antonio Nurse Rivera;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la Ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 14 de octubre de 1975, que no se ha realizado oposición legal a la solicitud formulada por el señor Antonio Nurse Rivera, para que pueda cambiar su nombre por el de Juan Antonio Nurse Rivera;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley N° 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El señor Antonio Nurse Rivera, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Juan Antonio Nurse Rivera.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y cinco, años 132° de la Independencia y 113° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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