Decreto N° 3213, que concede pensión del Estado a la Srita. Margarita Fiallo Bonetti.
(G. O. N° 9462, del 25 de Febrero de 1978)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3213
VISTA la Ley N° 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se fija en trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales, la pensión de que disfruta Margarita Fiallo Bonetti, hija del Poeta Fabio Fiallo.
Art. 2.—Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y siete; años 134° de la Independencia y 115° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona