Texto de la norma
Decreto Nº 1383, que dispone el traslado al Panteón Nacional de los Restos del General Pedro Santana.
(G. O. Nº 9389, del 24 de Enero de 1976)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1383
CONSIDERANDO que el Poder Ejecutivo puede disponer, cuando lo juzgue conveniente, el traslado al Panteón Nacional de los restos de los dominicanos ilustres, para que descansen en un ambiente de carácter religioso y reciban el tributo de veneración reservado por la Patria a sus grandes hombres;
CONSIDERANDO que se debe aprovechar el próximo año, dedicado a venerar la memoria del fundador de la República,
Juan Pablo Duarte, para realizar un acto de reparación histórica que por su alto sentido de justicia, él hubiera sido el primero en aprobar;
CONSIDERANDO que a pesar de su error como anexionista, el General Pedro Santana tiene méritos suficientes como soldado y libertador, para que sus despojos mortales descansen junto a los restos de los próceres civiles y militares de la República;
VISTA la Ley Nº 4463, de fecha 2 de junio de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se dipone el traslado al Panteón Nacional de los restos del General Pedro Santana.
Art. 2.—El indicado traslado, deberá realizarse el 27 de febrero de 1976, con el mayor respeto y solemnidad, de acuerdo con el programa que al efecto prepare el Gobierno Nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de octubre del mil novecientos setenta y cinco, años 132º de la Independencia y 113º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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