Texto de la norma
Dec. No. 1376, que aprueba la modificación introducida en los Estatutos de la Asociación para el Desarrollo de la Provincia Espaillat, Inc.
(G. O. No. 9517 del 15 de diciembre de 1979)
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1376
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría Geneal de la República ha elevado al Poder Ejecutivo la Asociación que se menciona en la parte dispositiva del presente Decreto, en el sentido de que sea aprobada la modificación introducida en sus Estatutos;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Queda aprobada la modificación de los Estatutos de la "Asociación para el Desarrollo de la Provincia Espaillat, Inc.", con domicilio en [domicilio omitido].
Art. 2.- Dicha modificación será efectiva tan protno como la indicada Asociación realice la publicación y el depósito a que se refiere el artículo 4 de la Ley No. 520, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920.
Art. 3.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la Reppublica Dominicana, a los once (11) días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y nueve; años 136o de la Independencia y 117o de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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