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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1274

QUE CONCEDE JUBILACION CON PENSION DEL ESTADO A VARIAS PERSONAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 oct de 1979fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 9513Gaceta Oficial del 31 oct de 1979
Poder Ejecutivoórgano
621personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Idalia Altagracia Rodríguez de RivasPensión—RD$100.00
Isabel Reyes de EstévezPensión—RD$150.00
Carmen Lucía Rodríguez de BPensión—RD$100.00
María Eugenia ReyesPensión—RD$100.00
Ramón Felipe Reyes MorlaPensión—RD$100.00
Manuel Rivera RodríguezPensión—RD$100.00
Pablo RodríguezPensión—RD$100.00
Regina Rojas LenderborgPensión—RD$150.00
Elpidia ReyesPensión—RD$100.00
Ana Basilia Hernández PeraltaPensión—RD$140.00
Exequiel HernándezPensión—RD$100.00
Modesto HernándezPensión—RD$125.00
Víctor Manuel Herrera RosarioPensión—RD$215.00
Prudencia SantosPensión—RD$100.00
Herminia Estévez de AlmontePensión—RD$100.00
Estebanía JoséPensión—RD$100.00
Braulia Verencia LoraPensión—RD$110.00
Cándida Rosa Amoros BPensión—RD$100.00
Francisco Adames ReyesPensión—RD$100.00
Lolinda AcostaPensión—RD$100.00
Andrea Antonia Alvarez GómezPensión—RD$100.00
María GonzálezPensión—RD$100.00
María Tomasina GonzálezPensión—RD$100.00
Vicente Enrique VenturaPensión—RD$100.00
Agustín Hernández VargasPensión—RD$100.00
Ovieda RomeliaPensión—RD$125.00
Eduardo Olea BatistaPensión—RD$110.00
Paulina Olivero FrancoPensión—RD$100.00
Guarina Olivo CastroPensión—RD$110.00
Juan Adriano Grullón GarcíaPensión—RD$182.00
Ozema AcostaPensión—RD$100.00
Mario Amador AlvarezPensión—RD$100.00
Mercedes Aquino de AquinoPensión—RD$100.00
Ramón Antonio Aybar de JesúsPensión—RD$125.00
Adela Restituyo de RodríguezPensión—RD$110.00
Ana Delia Gómez de AlmontePensión—RD$110.00
Gregorio Aquino de la RosaPensión—RD$125.00
Dámaso AdónPensión—RD$100.00
Luz del Carmen Rojas PaulinoPensión—RD$100.00
Leopoldina RuizPensión—RD$100.00
Lesbia Yolanda Rolfot RodríguezPensión—RD$150.00
José María Rodríguez PimentelPensión—RD$100.00
Vicenta RobinsonPensión—RD$100.00
Braulio Rodríguez PozoPensión—RD$100.00
Rosa Ramírez MoraPensión—RD$100.00
Rufina Rubiera de BobadillaPensión—RD$100.00
Eva Dionisia de la RosaPensión—RD$100.00
Dolores Margara Duarte de GarcíaPensión—RD$ 115.00
Rosa Lidia Díaz GarcíaPensión—RD$120.00
Bernardina de la Cruz LPensión—RD$125.00
Jorge Daniel Díaz GonzálezPensión—RD$100.00
María Cayetana de los SantosPensión—RD$100.00
Altagracia DalmasíPensión—RD$100.00
Graciela de León GonzálezPensión—RD$100.00
Regina Reyes PeraltaPensión—RD$100.00
Lourdes Mil Jiménez de ReyesPensión—RD$100.00
María FermínPensión—RD$100.00
María de la CruzPensión—RD$100.00
Altagracia Germosén de VásquezPensión—RD$100.00
Altagracia Lidia Durán de QuelisPensión—RD$125.00
Paco Antonio RodríguezPensión—RD$100.00
María Angélica Bautista de ReyesPensión—RD$100.00
Angel Bolívar Peña VargasPensión—RD$100.00
Eduviges Pérez MedinaPensión—RD$100.00
Elvira PeñaPensión—RD$100.00
Ana Gómez BáezPensión—RD$100.00
Isabel Gálvez de RosarioPensión—RD$100.00
Juan Bautista BPensión—RD$100.00
Natalia Blanco de CedeñoPensión—RD$150.00
Rosalinda BerasPensión—RD$250.00
Pedro BonillaPensión—RD$100.00
José Manzueta ManzuetaPensión—RD$125.00
Leda Martínez DelanoyPensión—RD$100.00
Josefa Eulalia Martínez GarcíaPensión—RD$100.00
Reyita MejíaPensión—RD$100.00
Bernardina MundarayPensión—RD$110.00
Manuel Antonio Montás CalderónPensión—RD$125.00
Eladio Mota GarcíaPensión—RD$100.00
Gloria Altagracia Morla de JiménezPensión—RD$100.00
Josefina MateoPensión—RD$100.00
Agustín MéndezPensión—RD$125.00
Virginia A. Mercedes LaraPensión—RD$100.00
Mercedes Mazara AriasPensión—RD$100.00
Severino Morel BelénPensión—RD$125.00
Ramón MartínezPensión—RD$125.00
Felicia Mercedes MartínezPensión—RD$100.00
Juan María Montero SolerPensión—RD$100.00
Altagracia Aurora Mesa de CastroPensión—RD$125.00
Bernarda C. Morel de AbreuPensión—RD$245.00
Genoveva Mazara AriasPensión—RD$100.00
Víctor Galván AbreuPensión—RD$100.00
Gloria Castillo SantanaPensión—RD$100.00
Felix CéspedesPensión—RD$100.00
Patria Zenona Cedeño de GarcíaPensión—RD$150.00
Francisco CabralPensión—RD$100.00
Esthel Euñice Cabral de CampoPensión—RD$100.00
Telésforo Cruz PérezPensión—RD$110.00
Altagracia María Cabral de GómezPensión—RD$125.00
Ydelfouso Cordero DíazPensión—RD$100.00
Ramón Abad Castillo MoretaPensión—RD$100.00
Ana Roselia Concepción de PelleranoPensión—RD$255.00
Leopolda CalcañoPensión—RD$100.00
Luz María Cruz de TejadaPensión—RD$155.00
Eulalio Carrasco GonzálezPensión—RD$125.00
Rafael CandelarioPensión—RD$100.00
Roberto Calderón de los SantosPensión—RD$250.00
Juan Jiménez PatiñoPensión—RD$100.00
Francisco Fernando Uribe SilvaPensión—RD$125.00
Ramona Antonia UbríPensión—RD$120.00
Rudy Peguero HernándezPensión—RD$125.00
Miguelina PérezPensión—RD$100.00
Mayra Altagracia Pujols MartínezPensión—RD$125.00
Carmen PeraltaPensión—RD$110.0
Rafael Paredes PeñaPensión—RD$100.00
Lucía Haydée Páez de SánchezPensión—RD$100.00
Francisca Polanco de RuizPensión—RD$100.00
Juana PaulaPensión—RD$100.00
Bárbara E. Casanova Vda. ChaínPensión—RD$100.00
María Tapia GuzmánPensión—RD$100.00
María Amparo del Rosario JiménezPensión—RD$125.00
Martín de Regla Tejada AriasPensión—RD$100.00
Manuel Celestino Torres BretónPensión—RD$100.00
Pedro Frías LendofPensión—RD$125.00
Mercedes Fernández Sánchez de HernándezPensión—RD$100.00
Natividad HilarioPensión—RD$100.00
Antonio Hiciano ConfesorPensión—RD$100.00
Flora Tolentino de TejadaPensión—RD$110.00
Cristóbal ConcepciónPensión—RD$100.00
Francisca Ramona García PérezPensión—RD$100.00
Juana SantanaPensión—RD$100.00
Angela Antonia Pantaleón PantaleónPensión—RD$100.00
Paula Altagracia González de RosPensión—RD$145.00
José del Carmen GarcíaPensión—RD$120.00
Melania GarcíaPensión—RD$120.00
Rafaela Antonia Peralta GuzmánPensión—RD$110.00
Cándida Eduvigis Ortiz de MonegroPensión—RD$100.00
Natalia Genao de GonzálezPensión—RD$125.00
Oliva HidalgoPensión—RD$100.00
Carlos Soriano DíazPensión—RD$100.00
María Burke de CriquiPensión—RD$100.00
Balbina Donatila Pérez LantiguaPensión—RD$125.00
Ana Silvia FigueroaPensión—RD$100.00
Daniel DuvergéPensión—RD$100.00
Juan Francisco Tamayo UreñaPensión—RD$100.00
Julián AmparoPensión—RD$150.00
José Francisco Ortíz FelizPensión—RD$215.00
Teresa Moya de DíazPensión—RD$100.00
Nilda Rosa AlmontePensión—RD$145.00
Consuelo Acevedo de RodríguezPensión—RD$100.00
Germania Altagracia Noble Vda. CastilloPensión—RD$100.00
María Antonia Abreu CastilloPensión—RD$100.00
Antonio Díaz RodríguezPensión—RD$100.00
Margarita PeñaPensión—RD$100.00
Marcelino Espinal RosarioPensión—RD$100.00
Emilia Antonia García MorfaPensión—RD$100.00
Angel María PimentelPensión—RD$100.00
Mercedes Catalina Canó BáezPensión—RD$180.00
Fedora Oquil de CarloPensión—RD$160.00
Atenaida Aquino y FrancoPensión—RD$136.50
Pedro Antonio OrtizPensión—RD$100.00
Juan L. Duval CadenaPensión—RD$247.00
Teófilo Apolinar Cime y DifoPensión—RD$100.00
Sergio Sánchez GómezPensión—RD$120.00
María SantanaPensión—RD$100.00
Consorcia Cabrera RodríguezPensión—RD$105.00
Juana Cruz de SuárezPensión—RD$125.00
Zoila Matilde Camilo GálvezPensión—RD$120.00
Alejandrina Firpo de GenaoPensión—RD$125.00
Carmen Elías RiveraPensión—RD$100.00
Oscar Guarionex Dever SuárezPensión—RD$125.00
Lorenzo Silvestre SantanaPensión—RD$100.00
Prebistero MejíaPensión—RD$100.00
Juliana Guillén de SilvestrePensión—RD$100.00
Elba Mercedes Paniagua GilPensión—RD$180.00
Bélgica Altagracia Santana de DíazPensión—RD$100.00
Luis Mejía PeñaPensión—RD$100.00
Elida Rodríguez de LeónPensión—RD$140.00
Juana Miledis Tejeda MinllettiPensión—RD$100.00
Eufemia PérezPensión—RD$100.00
Luis Felipe Féliz y FélizPensión—RD$120.00
Pedro Antonio Ferrera FélizPensión—RD$147.00
Zoila Aurora Sención de CastroPensión—RD$100.00
Benjamín Susaña CastilloPensión—RD$100.00
Cossete Gamediela González PérezPensión—RD$100.00
Daria Alfrodicia FloriánPensión—RD$100.00
Juana CipriánPensión—RD$100.00
Eduvigis Venecia Moya MejíaPensión—RD$100.00
Buenaventura Calderón y ParedesPensión—RD$153.00
Urania Minerva Pimentel de HernándezPensión—RD$100.00
Rómulo Emilio Peguero PuelloPensión—RD$108.00
Inés Ramona Peña de QuezadaPensión—RD$190.00
Amparo Altagracia Perelló LandestoyPensión—RD$100.00
Andrés Soto ReynaPensión—RD$100.00
Eugenio Sánchez LugoPensión—RD$165.00
María Cristina SueroPensión—RD$100.00
Rosario Evangelista Solano de CesaPensión—RD$ 125.00
Luz del Carmen Sosa CorderoPensión—RD$100.00
Miliani Santana MedinaPensión—RD$100.00
Aliria Celeste Salado FríasPensión—RD$100.00
Natalia Suriel de JesúsPensión—RD$100.00
Graciela Concepción SusanaPensión—RD$100.00
Edelmiro de VargasPensión—RD$280.00
Andrés Félix FerrerasPensión—RD$125.00
Auria Féliz CarvajalPensión—RD$125.00
Gladys Josefina Nolasco GuzmánPensión—RD$225.00
José Ernesto Estrella CastilloPensión—RD$110.00
Francisco Simeón CruzPensión—RD$125.00
Altagracia LópezPensión—RD$100.00
María Zapata PimentelPensión—RD$100.00
José Delio Cortorreal JerezPensión—RD$100.00
José Bautista GarcíaPensión—RD$100.00
Manuel Hungría EspinosaPensión—RD$100.00
Ana Luisa García de GPensión—RD$100.00
Betania Jiménez BerroaPensión—RD$130.00
Pura Concepción Demorizi PeynadoPensión—RD$125.00
Isabel Quiñones de PPensión—RD$100.00
Inés María RamírezPensión—RD$100.00
Lucio B. SalvadorPensión—RD$125.00
Elpidio Almonte PolancoPensión—RD$100.00
Liliana Ramona Quiñones de JiménezPensión—RD$125.00
Ramona Vallejo de VargasPensión—RD$100.00
José Dolores OsoriaPensión—RD$100.00
Carlos Elpidio Estévez LópezPensión—RD$100.00
Isabel SánchezPensión—RD$100.00
Lucina Peralta de GonzálezPensión—RD$180.00
Silverio Tomás Santana OlmosPensión—RD$110.00
Edilia SantanaPensión—RD$100.00
Argentina Navarro TullPensión—RD$150.00
Ana Onelia MatosPensión—RD$240.00
Ana Roselia García GuerreroPensión—RD$100.00
Bienvenida H. Méndez de JesúsPensión—RD$100.00
Victoria Cedeño CastilloPensión—RD$110.00
Celestino CalzadoPensión—RD$100.00
Nilia ZorrillaPensión—RD$270.00
Mercedes Fabiola Uribe GuridiPensión—RD$140.00
Ana Antonia Ortea de PeraltaPensión—RD$125.00
Ana Antonia Díaz RodríguezPensión—RD$100.00
Francisco Javier SánchezPensión—RD$100.00
Josefina Lara y BautistaPensión—RD$300.00
Rina Milagros Román QuezadaPensión—RD$100.00
Yorcito EncarnaciónPensión—RD$100.00
Ramón Antonio PichardoPensión—RD$100.00
Melania Antonia Tapia JiménezPensión—RD$110.00
Altagracia Iglesia de LoraPensión—RD$200.00
María Dolores de los SantosPensión—RD$110.00
Carmen Díaz VenzantPensión—RD$110.00
Castulo Castillo AbreuPensión—RD$100.00
María Antonia Brito de ValdezPensión—RD$120.00
Francisco Peláez MoquetePensión—RD$150.00
Máxima Reyes FiguereoPensión—RD$125.00
Bartola BalbuenaPensión—RD$100.00
Colombina NinaPensión—RD$100.00
América Altagracia Medina de JáquezPensión—RD$ 142.00
Ana Celia Castillo CorcinoPensión—RD$100.00
Carlota Cristo de AlvarezPensión—RD$100.00
Ana Lucía Sánchez G. de VPensión—RD$171.00
Celestino PlacenciaPensión—RD$100.00
Dulce María Beras de GrilloPensión—RD$100.00
Carmen MallénPensión—RD$100.00
Sofía Caridad Melude SeguraPensión—RD$210.00
Manuela SeguraPensión—RD$100.00
Ana María Suero MejíaPensión—RD$100.00
María Dolores González Vda. LópezPensión—RD$100.00
Luis Darío PérezPensión—RD$100.00
José Aníbal LebrónPensión—RD$100.00
Concepción Santana de FélizPensión—RD$100.00
Jaime MatosPensión—RD$100.00
Arsenio Pérez PeñaPensión—RD$100.00
Ana Francisca Ferrera de FélizPensión—RD$100.00
Rosa Julia Méndez de PérezPensión—RD$100.00
Estela Beltré de BatistaPensión—RD$100.00
Robertina Moreta BautistaPensión—RD$100.00
Mario GuantePensión—RD$100.00
Maura Rita PérezPensión—RD$160.00
José Joaquín D'Oleo MontásPensión—RD$300.00
Amalia Frías de JesúsPensión—RD$100.00
Martina BurgosPensión—RD$100.00
Leonilda Reynoso Vda. AlbaPensión—RD$100.00
Modesta Antonia Batista de LunaPensión—RD$100.00
Augusto Rincón PPensión—RD$179.00
María PérezPensión—RD$100.00
Fidias DíazPensión—RD$100.00
Andrea de la Cruz RodríguezPensión—RD$200.00
María Martínez MateoPensión—RD$100.00
Francisca de GuerreroPensión—RD$100.00
Emilio Rijo y PérezPensión—RD$145.00
Josefa AsencioPensión—RD$100.00
Aña Mercedes de Jesús de PeñaPensión—RD$100.00
Domingo de la RosaPensión—RD$100.00
Ludovina Chalas de RodríguezPensión—RD$110.00
Juan Ramón Hernández MartePensión—RD$100.00
Eudosio BatistaPensión—RD$110.00
Alaria L. Nova Vda. FPensión—RD$100.00
Juan Francisco Santana ReyesPensión—RD$100.00
Silvia Villavicencio Vda. QuezadaPensión—RD$125.00
Toribio Guerrero RodríguezPensión—RD$125.00
Lidia Dolores DelgadoPensión—RD$100.00
Graciela Guerrero JiménezPensión—RD$125.00
Juan DominguezPensión—RD$100.00
Milagros Henríquez LinaresPensión—RD$100.00
Juana Peña de la CruzPensión—RD$125.00
Ramón Quelo PaulinoPensión—RD$100.00
Argentina Paulina de MotaPensión—RD$125.00
Argentina Ozuna de GuerreroPensión—RD$141.00
Elena Medrano de GuerreroPensión—RD$100.00
Paula Rojas de FabiánPensión—RD$100.00
Altagracia Jiménez de SánchezPensión—RD$155.00
Gloria Estela Martínez ApontePensión—RD$100.00
Sibila Vásquez CorlettoPensión—RD$100.00
Carmen Rodríguez DíazPensión—RD$100.00
Aida Ligia Regús y RegúsPensión—RD$140.00
Virginia Emilia Franco Vda. MoralesPensión—RD$100.00
Olga Pastora Boissard de CanoPensión—RD$162.00
Rosa Herminia Candelario de CruzPensión—RD$100.00
Severiano PérezPensión—RD$100.00
Juan Pedro González BrinxPensión—RD$120.00
Hilda Virginia Camarena de AquinoPensión—RD$140.00
Clodomiro BatistaPensión—RD$100.00
Elsa Patria Mesa de SosaPensión—RD$204.00
Luz María UrbanoPensión—RD$100.00
Carmen MeraPensión—RD$100.00
Luz María Suriel de SeguraPensión—RD$125.00
Carmen Dolores Rijo de CedPensión—RD$160.00
Celeste PegueroPensión—RD$100.00
Arminda Pérez CipriánPensión—RD$100.00
Mercedes de Jesús de MartínezPensión—RD$110.00
María Altagracia PeraltaPensión—RD$100.00
Francisco de JesúsPensión—RD$100.00
Thelma Bucarelly MéndezPensión—RD$190.00
Luisa del Carmen Jiménez GuridisPensión—RD$100.00
Herminia Peña H. de PPensión—RD$182.00
Urania Jiménez de SánchezPensión—RD$100.00
Agueda María Féliz de GonzálezPensión—RD$100.00
Rosa Emilia Aguiar AguiarPensión—RD$100.00
José Milcíades Ortíz OrtízPensión—RD$100.00
Amparo García de PérezPensión—RD$100.00
Teresa Concepción de Jesús PayanoPensión—RD$100.00
Basilia CuevasPensión—RD$100.00
Meraldina Féliz de SeguraPensión—RD$100.00
Eduardo Beltré LucianoPensión—RD$125.00
Trajano Valdez LorenzoPensión—RD$100.00
Danilo Vásquez PimentelPensión—RD$100.00
Gabriel CéspedesPensión—RD$110.00
Celeste Evertz CrispínPensión—RD$123.00
John Harris Percival CiaPensión—RD$200.00
Rudecindo Sánchez OrtízPensión—RD$125.00
Consuelo Vásquez de RodríguezPensión—RD$110.00
Angela Cuevas de OrtízPensión—RD$100.00
Denia Colombina Pérez de SantPensión—RD$121.00
Magaly Ernestina Cabral CastilloPensión—RD$100.00
Roberto Brea BatterPensión—RD$100.00
Manuel del Carmen Sánchez AbreuPensión—RD$100.00
Flérida Maria Mejía SotoPensión—RD$108.00
Alejandrina Santana de RodríguezPensión—RD$100.00
Persia Féliz Vda. MéndezPensión—RD$125.00
Adelaida Fernández MPensión—RD$100.00
Lourdes Germánia RamírezPensión—RD$100.00
Juan Antonio Medina SánchezPensión—RD$100.00
Agueda María Aguasvivas CastilloPensión—RD$100.00
Sobeida Espinal RodríguezPensión—RD$100.00
Bertha Almida Tejeda y TejedaPensión—RD$120.00
Francia Mireya Melo AriasPensión—RD$110.00
Gladys Antonia Herrera JiménezPensión—RD$100.00
Carmen Miladys Nuyer VizcaínoPensión—RD$100.00
Rosa Gómez de TerreroPensión—RD$110.00
Aminta Díaz Vda. HottessePensión—RD$100.00
Rosa Irma Pérez de VólquezPensión—RD$100.00
Flérida María Mejía de SánchezPensión—RD$110.00
Juan Lucas FélizPensión—RD$125.00
Juan Bautista RodríguezPensión—RD$125.00
Laura E. Pimentel de N. G. OPensión—RD$100.00
Angel María MatosPensión—RD$100.00
Ofelia D'OleoPensión—RD$100.00
María MéndezPensión—RD$100.00
Gerardo Ulises Matos JiménezPensión—RD$100.00
Manuel Díaz CuevasPensión—RD$125.00
Santa Novas de ReyesPensión—RD$117.00
Ramón de la Cruz InoaPensión—RD$100.00
María Consuelo Díaz RosarioPensión—RD$100.00
Luz María Durán de TavarezPensión—RD$100.00
Nicolás de los SantosPensión—RD$100.00
Martina E. Bisonó ChecoPensión—RD$165.00
Eladio Fernández LazalaPensión—RD$100.00
Angel Bienvenido Ogando MateoPensión—RD$300.00
Ramón Martín de Moya UreñaPensión—RD$300.00
Ana Julia Jiménez de JiménezPensión—RD$100.00
Caridad Lesbia Encarnación Vda. TroncosoPensión—RD$100.00
Fiordaliza Javier CastilloPensión—RD$100.00
Eufemia Jiménez de FamiliaPensión—RD$142.00
Paula de los Remedios Olivero FélizPensión—RD$100.00
Porfirio PérezPensión—RD$110.00
Elvira Santana de AlcántaraPensión—RD$100.00
Gladys Zaida Báez de SuazoPensión—RD$125.00
Teódulo Mariñez LorenzoPensión—RD$100.00
María del C. MonteroPensión—RD$100.00
Demetrio Jiménez BautistaPensión—RD$100.00
Joaquín Terrero TapiaPensión—RD$100.00
Juana de JesúsPensión—RD$100.00
Bartolina PinedaPensión—RD$100.00
Altagracia Minerva Pérez de PereyraPensión—RD$165.00
Leonardo Cuello MorilloPensión—RD$100.00
Estanislao de León GarcíaPensión—RD$100.00
María del Carmen Díaz RamírezPensión—RD$130.00
Adria V. Jiménez SenciónPensión—RD$100.00
Oliva Martínez GómezPensión—RD$153.00
Adela Romero CéspedesPensión—RD$100.00
Carmen Olegaria MéndezPensión—RD$100.00
Brígida Dolorina Feliz SuárezPensión—RD$110.00
Saúl Genao LugoPensión—RD$120.00
Aurora PaulinoPensión—RD$100.00
José Aquilino PolancoPensión—RD$125.00
Ulso Guzmán MartePensión—RD$100.00
Leopoldo Antonio Taveras GuzmánPensión—RD$100
Juana TineoPensión—RD$100.00
Angel María GómezPensión—RD$300.00
Humberto Andrés LantiguaPensión—RD$110.00
Sada Manzur de VásquezPensión—RD$100.00
Rosa Emelinda Vda. MillerPensión—RD$100.00
Ana GonzálezPensión—RD$100.00
Pablo María Guzmán GómezPensión—RD$100.00
Viola Ondina Guillén de FríasPensión—RD$100.00
Roberto García RosarioPensión—RD$100.00
Juana Germosén de GPensión—RD$100.00
Gloria Mercedes Peña TorresPensión—RD$100.00
Julia Mercedes Peralta PeraltaPensión—RD$100.00
Elsa María Piña de GarcíaPensión—RD$100.00
Reyna Polanco DislaPensión—RD$100.00
María del Carmen Polanco LucianoPensión—RD$100.00
Porcia García de GPensión—RD$200.00
Felipa Roger Grano de OroPensión—RD$150.00
Silvia González BurgosPensión—RD$108.00
Dorila Mercedes Torres EstévezPensión—RD$100.00
Italia de Jesús Rojas de PérezPensión—RD$180.00
Bartolo Robles FortunaPensión—RD$125.00
Sixto González CastilloPensión—RD$100.00
Elena Díaz PerdomoPensión—RD$100.00
Alfonso Osorio PeñaPensión—RD$125.00
Armando Ortega y CastilloPensión—RD$110.00
María Hortensia OlivierPensión—RD$170.00
Francisca C. RiveroPensión—RD$125.00
María Tomasina González MaderaPensión—RD$100.00
Mario Eliseo Cruz JerezPensión—RD$125.00
Claudio Tapia PérezPensión—RD$100.00
Carolina Samuel de CrokePensión—RD$125.00
Sibilia Silfa AvilaPensión—RD$185.00
Estanislao Reynoso y HernándezPensión—RD$100.00
Carlixta María RodríguezPensión—RD$100.00
Dominga Idalia RodríguezPensión—RD$100.00
Venecia Franco de PichardoPensión—RD$225.00
María Estervina VásquezPensión—RD$100.00
Senovia NovaPensión—RD$100.00
Gregorio de Jesús Amarante RPensión—RD$125.00
Pedro Aquino MartínezPensión—RD$100.00
Albertina M. Tío MorelPensión—RD$100.00
Lucila E. Taveras de RodríguezPensión—RD$100.00
Gladys MuñozPensión—RD$147.00
Rosa Eneria TorresPensión—RD$125.00
Sergida M. Abreu de PPensión—RD$100.00
Luisa Antonia RiveraPensión—RD$100.00
Esperanza Flores C. de TejedaPensión—RD$155.00
Milagros A. Reynoso de MPensión—RD$125.00
Dominga MartínezPensión—RD$100.00
María Altagracia Falette de FernándezPensión—RD$100.00
Francisco Antonio González BPensión—RD$100.00
María Altagracia LoraPensión—RD$100.00
Eva Lucía Pérez de MerejoPensión—RD$148.00
Higinia MoraPensión—RD$100.00
Rosa Perdomo CastroPensión—RD$100.00
Concesa LinoPensión—RD$110.00
Enriqueta Domínguez BautistaPensión—RD$100.00
Engracia Mora ValenzuelaPensión—RD$125.00
Hermógenes de Jesús Marte HernándezPensión—RD$125.00
María Mercedes Magalys VargasPensión—RD$150.00
Carmen Luisa Díaz de CruzPensión—RD$200.00
Silvana Muñoz de GuzmánPensión—RD$190.00
Lorenza Lora de TavarezPensión—RD$125.00
Carmen María Ortíz AcevedoPensión—RD$125.00
Higinia de los SantosPensión—RD$125.00
Rosa Acosta LópezPensión—RD$100.00
Dominga Bobadilla de LiranzoPensión—RD$125.00
Juana Taveras de GutiérrezPensión—RD$100.00
Dolores del Carmen Brito de RosarioPensión—RD$100.00
Faustino Beras SantosPensión—RD$100.00
José Agustín AbreuPensión—RD$100.00
Kenia Altagracia Báez de PaulinoPensión—RD$100.00
Melba Accacia Bedoya ValenzuelaPensión—RD$100.00
José BáezPensión—RD$100.00
Delio Mirabal CabreraPensión—RD$100.00
Eufemia Mayi VargasPensión—RD$100.00
Thelma Evangelina Quezada de GuzmánPensión—RD$275.00
Norberto Núñez de la CruzPensión—RD$100.00
Leonor Altagracia Pérez de RuizPensión—RD$150.00
Ramona Mercedes Checo de ChecoPensión—RD$100.00
Norma Lourdes Then ReyesPensión—RD$165.00
Altagracia Méndez Vda. GuzmánPensión—RD$100.00
Consuelo Esp. PeraltaPensión—RD$100.00
Amable CuelloPensión—RD$100.00
Lucila Cornielle CastilloPensión—RD$231.00
Lourdes María Betances CollPensión—RD$120.00
Carmen Milagros Brito de HernándezPensión—RD$115.00
Minerva Antonia Batista BernPensión—RD$110.00
Gerardo Méndez Cross y JavierPensión—RD$100.00
Andrea SorianoPensión—RD$300.00
Simona SalasPensión—RD$100.00
Ana Delia SánchezPensión—RD$100.00
Ana Antonia Sosa CorniellePensión—RD$165.00
Mercedes Flora Cepeda de VásquezPensión—RD$100.00
Ana Luisa Cabrera CastilloPensión—RD$110.00
Altagracia Custodio de MataPensión—RD$181.00
Mercedes HernándezPensión—RD$100.00
Camila Cruz AlmánzarPensión—RD$150.00
Carmen Fernández de FernándezPensión—RD$256.00
Irma Idalia Hurtado de VPensión—RD$100.00
Eugenio AguasantaPensión—RD$100.00
Josefa Arcadia RodríguezPensión—RD$225.00
Estela Altagracia Tejeda GPensión—RD$100.00
Bueno Torres ApolinarPensión—RD$300.00
Melania Arias PérezPensión—RD$125.00
María Dolores BurgosPensión—RD$100.00
José A. AdamesPensión—RD$100.00
Obdulia Abreu de TovarPensión—
Colombina Marrero de JestsPensión—RD$ 100.00
Lucrecia Mufioz de HernindezPensión—RD$ 100.00
Ofelia Fradera de del VillarPensión—RD$180.00
Confesora BatistaPensión—RD$ 100.00
Aurelia Benidez RosaPensión—
Samira Herrera de FiguereoPensión—RD$ 100.00
Antonia MaldonadoPensión—RD$ 100.00
Blanca ManzanilloPensión—RD$ 100.00
Ana Cristina Martinez de LugoPensión—RD$150.00
Paulina Nfifiea de AlbertoPensión—RD$ 100.00
Rafaela Berroa de CabreraPensión—RD$ 100.00
Juan Matias Montero D'OleoPensión—RD$ 100.00
Maria Collado de RodriguezPensión—RD$100.00
Ercilia A. Rodriguez RosarioPensión—RD$100.00
Juana Altagracia Calderón de GarciaPensión—RD$125.00
H. Virginia Collado de LunaPensión—RD$ 100.00
Leomaris Pichardo de BerasPensión—RD$ 100.00
Clodomiro EncarnacihPensión—RD$ 100.00
Aurora Angela Herrera y MartfnezPensión—RD$125.00
Arsenia Deyanira Visquez de GPensión—RD$125.00
Irma Altagracia Silverio LeonardoPensión—RD$125.00
Jod del Carmen CruzPensión—RD$125.00
Agustina Pefia de CastilloPensión—RD$125.00
Aureliano Fernhdez MoralesPensión—RD$ 100.00
Maria HernhdezPensión—RD$ 100.00
Ana Viviana Gómez de LojaPensión—RD$105.00
Félix RodríguezPensión—RD$100.00
Juana FabiánPensión—RD$100.00
Lidia Rosado Vda. SueroPensión—RD$110.00
Edna Elaine KePensión—RD$100.00
Faustino Reyes HurtadoPensión—RD$280.00
Efraín PeraltaPensión—RD$200.00
Leonidas Alvarez de MéndezPensión—RD$100.00
Senobia Gómez AcostaPensión—RD$125.00
Efraín López UreñaPensión—RD$100.00
Ramón Portorreal AmparoPensión—RD$100.00
Delia María GómezPensión—RD$125.00
Ramón H. Abreu DuránPensión—RD$110.00
Gladys Esther Diaz de MejiaPensión—RD$100.00
Ana Digna Villamin Vda. VgsquezPensión—RD$100.00
Nicolis CuevasPensión—RD$245.00
Adelfa Manzanillo Liriano de FriasPensión—RD$129.00
Candelaria Antonia Vargas de FernindezPensión—
Juana Celeste PimentelPensión—RD$275.00
Rmón BatistaPensión—RD$ 100.00
Maria Cristina SantanaPensión—RD$112.00
Brunildo Genao y CastroPensión—RD$200.00
Sarah Erminia Phipps de JohnsonPensión—RD$ 100.00
Rafael TorresPensión—RD$175.00
Freddy CarrascoPensión—RD$240.00
Luis PbrezPensión—RD$100.00
Catalina Heredia MatosPensión—RD$100.00
Juan CabreraPensión—RD$ 100.00
Martin Jimdnez CepedaPensión—RD$240.00
Sara BenitezPensión—RD$140.00
Dora Corcia Shnchez de TorresPensión—RD$124.00
Josefa Coll Grau de TejadaPensión—RD$234.00
Camila Perez de MoralesPensión—RD$170.00
Guarina Antonia Hinojosa EchavarrfaPensión—RD$ 158.00
Porfirio MarzAnPensión—RD$140.00
Gladys Santana de FelizPensión—RD$225.00
Francisca Antonia Lbpez de VenturaPensión—
Minerva Rosa Shchez PimentelPensión—
Rosa Herminia Jacobo VilatoPensión—RD$275.00
Hilda Lara Vda. AbreuPensión—RD$300.00
Teresa Pascual GilPensión—RD$300.00
Eulalia de Jesh JimenezPensión—RD$300.00
Virgilio Parra CamachoPensión—RD$300.00
Jose Antonio GarciaPensión—RD$ 100.00
Atenea Matos de AlvarezPensión—RD$240.00
Pura Cruz Dalmasí Vda. AlbaPensión—RD$155.00
Altagracia LoraPensión—RD$150.00
Dolores Mercedes RodríguezPensión—RD$125.00
Zoila Rosa Montoya Vda. CerdasPensión—RD$125.00
Herminia Pérez de MartínezPensión—RD$120.00
Pedro de la CruzPensión—RD$300.00
Sofía Acevedo de TapiaPensión—RD$300.00
Nelly Polanco Vda. MartíPensión—RD$300.00
Cleotilde Esperanza Sosa de EstrellaPensión—RD$120.00
Angel Danilo Pérez VólquezPensión—RD$100.00
Marino Vargas AlonsoPensión—RD$300.00
Adelina SurielPensión—RD$100.00
Josefa Rosario EsthezPensión—RD$165.00
Teresa PeAa de VillarPensión—RD$300.00
Mercedes SepclvedaPensión—RD$300.00
Mercedes Aristomelia Matos de GarridoPensión—RD$300.00
Ana Teresa Wagner de GuzminPensión—RD$300.00
Iris Antonio Frias VhquezPensión—RD$180.00
Graciela HereauxPensión—RD$100.00
Manuel de Jeds TejadaPensión—RD$100.00
Celeste Deyanira I’imentel SinchezPensión—RD$100.00
Ana Maria Durhn de LerouxPensión—RD$160.00
Milady Castro SantanaPensión—RD$240.00
Altagracia Nidia HerasmePensión—RD$300.00
Rafael Pefia LendofPensión—RD$140.00
Vicente BAez PegueroPensión—RD$ 100.00
Mercedes Perez Vda. DiazPensión—RD$ 100.00
Maria Saturnina TorresPensión—RD$125.00
Aida Celia Mora y MoraPensión—RD$ 100.00
Carmen Julia MillerPensión—RD$210.00

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Texto

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Dec. No. 1274, que concede jubilación con pensión del Estado a varias personas. (G. O. No. 9513, del 31 de octubre de 1979) ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1274 VISTA la Ley No. 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilación y se asignan sendas pensiones del Estado a las personas siguientes: 1) A la señora Idalia Altagracia Rodríguez de Rivas, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 2) A la señora Isabel Reyes de Estévez, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 3) A la señora Carmen Lucía Rodríguez de B., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 4) A la señora María Eugenia Reyes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 5) Al señor Ramón Felipe Reyes Morla, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 6) Al señor Manuel Rivera Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 7) Al señor Pablo Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 8) A la señora Regina Rojas Lenderborg, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 9) A la señora Elpidia Reyes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 10) A la señora Ana Basilia Hernández Peralta, una pensión del Estado de ciento cuarenta pesos oro (RD$140.00) mensuales; 11) Al señor Exequiel Hernández, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 12) Al señor Modesto Hernández, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 13) Al señor Víctor Manuel Herrera Rosario, una pensión del Estado de doscientos quince pesos oro (RD$215.00) mensuales; 14) A la señora Prudencia Santos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 15) A la señora Herminia Estévez de Almonte, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 16) A la señora Estebanía José, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 17) A la señora Braulia Verencia Lora, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 18) A la señora Cándida Rosa Amoros B., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 19) Al señor Francisco Adames Reyes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 20) A la señora Lolinda Acosta, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 21) A la señora Andrea Antonia Alvarez Gómez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 22) A la señora María González, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 23) A la señora María Tomasina González, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 24) A la señora María González, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 25) Al señor Vicente Enrique Ventura, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 26) Al señor Agustín Hernández Vargas, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 27) A la señora Ovieda Romelia, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 28) Al señor Eduardo Olea Batista, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 29) A la señora Paulina Olivero Franco, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 30) A la señora Guarina Olivo Castro, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 31) Al señor Juan Adriano Grullón García, una pensión del Estado de ciento ochenta y dos pesos oro (RD$182.00) mensuales; 32) A la señora Ozema Acosta, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 33) Al señor Mario Amador Alvarez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 34) A la señora Mercedes Aquino de Aquino, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 35) Al señor Ramón Antonio Aybar de Jesús, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 36) A la señora Adela Restituyo de Rodríguez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 37) A la señora Ana Delia Gómez de Almonte, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 38) Al señor Gregorio Aquino de la Rosa, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 39) Al señor Dámaso Adón, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 40) A la señora Marina Inocencia Ariza de Columna, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 41) A la señora Luz del Carmen Rojas Paulino, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 42) A la señora Leopoldina Ruiz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 43) A la señora Lesbia Yolanda Rolfot Rodríguez, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 44) Al señor José María Rodríguez Pimentel, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 45) A la señora Vicenta Robinson, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 46) Al señor Braulio Rodríguez Pozo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 47) A la señora Rosa Ramírez Mora, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 48) A la señora Rufina Rubiera de Bobadilla, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 49) A la señora Eva Dionisia de la Rosa, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 50) A la señora Dolores Margara Duarte de García, una pensión del Estado de ciento quince pesos oro (RD$ 115.00) mensuales; 51) A la señora Rosa Lidia Díaz García, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 52) A la señora Bernardina de la Cruz L., una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 53) Al señor Jorge Daniel Díaz González, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales: 54) A la señora María Cayetana de los Santos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 55) A la señora Altagracia Dalmasí, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 56) A la señora Gisela Enriquetа Dinzey de Santana, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 57) A la señora Graciela de León González, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 58) A la señora Regina Reyes Peralta, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 59) A la señora Lourdes Mil Jiménez de Reyes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 60) A la señora María Fermín, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 61) A la señora María de la Cruz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 62) A la señora Altagracia Germosén de Vásquez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 63) A la señora Altagracia Lidia Durán de Quelis, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 64) Al señor Paco Antonio Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 65) A la señora María Angélica Bautista de Reyes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 69) Al señor Angel Bolívar Peña Vargas, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 70) A la señora Eduviges Pérez Medina, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 71) A la señora Juana Bautista Pujols de los Santos una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 72) A la señora Elvira Peña, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 73) A la señora Ana Gómez Báez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 74) A la señora Isabel Gálvez de Rosario, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 75) Al señor Juan Bautista B. Hijo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 76) A la señora Natalia Blanco de Cedeño, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 77) A la señora Rosalinda Beras, una pensión del Estado de doscientos cincuenta pesos oro (RD$250.00) mensuales; 78) Al señor Pedro Bonilla, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 79) Al señor José Manzueta Manzueta, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 80) A la señora Leda Martínez Delanoy, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 81) A la señora Josefa Eulalia Martínez García, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 82) A la señora Reyita Mejía, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 83) A la señora Bernardina Mundaray, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 84) Al señor Manuel Antonio Montás Calderón, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 85) Al señor Eladio Mota García, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 86) A la señora Gloria Altagracia Morla de Jiménez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 87) A la señora Josefina Mateo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 88) Al señor Agustín Méndez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 89) A la señora Virginia A. Mercedes Lara, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 90) A la señora Mercedes Mazara Arias, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 91) Al señor Severino Morel Belén, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 92) Al señor Ramón Martínez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 93) A la señora Felicia Mercedes Martínez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 94) Al señor Juan María Montero Soler, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 95) A la señora Altagracia Aurora Mesa de Castro, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 96) A la señora Bernarda C. Morel de Abreu, una pensión del Estado de doscientos cuarenta y cinco pesos oro (RD$245.00) mensuales; 97) A la señora Genoveva Mazara Arias, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 98) Al señor Víctor Galván Abreu, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 99) A la señonia Sonia Altagracia Peña de Quezada, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 100) A la señora Gloria Castillo Santana, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 101) Al señor Felix Céspedes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 102) A la señora Patria Zenona Cedeño de García, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 103) Al señor Francisco Cabral, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 104) A la señora Esthel Euñice Cabral de Campo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 105) A la señora Juana Altagracia Ciprián Sánchez una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 106) Al señor Telésforo Cruz Pérez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 107) A la señora Altagracia María Cabral de Gómez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 108) Al señor Ydelfouso Cordero Díaz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 109) Al señor Ramón Abad Castillo Moreta, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 110) A la señora Ana Roselia Concepción de Pellerano, una pensión del Estado de doscientos cincuenta y cinco pesos oro (RD$255.00) mensuales; 111) A la señora Leopolda Calcaño, una pensión del Estado de cien pesoso oro (RD$100.00) mensuales; 112) A la señora Luz María Cruz de Tejada, una pensión del Estado de ciento cincuenta y cinco pesos oro (RD$155.00) mensuales; 113) Al señor Eulalio Carrasco González, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 114) Al señor Rafael Candelario, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 115) Al señor Roberto Calderón de los Santos, una pensión del Estado de doscientos cincuenta pesos oro (RD$250.00) mensuales; 116) Al señor Juan Jiménez Patiño, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 117) Al señor Francisco Fernando Uribe Silva, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 118) A la señora Ramona Antonia Ubrí, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 119) Al señor Rudy Peguero Hernández, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 120) A la señora Miguelina Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 121) A la señora Mayra Altagracia Pujols Martínez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 122) A la señora Carmen Peralta, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.0) mensuales; 123) Al señor Rafael Paredes Peña, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 124) A la señora Lucía Haydée Páez de Sánchez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 125) A la señora Francisca Polanco de Ruiz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 126) A la señora Juana Paula, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 127) A la señora Bárbara E. Casanova Vda. Chaín, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 128) A la señora María Tapia Guzmán, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 129) A la señora María Amparo del Rosario Jiménez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 130) Al señor Martín de Regla Tejada Arias, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 131) Al señor Manuel Celestino Torres Bretón, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 132) Al señor Pedro Frías Lendof, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 133) A la señora Mercedes Fernández Sánchez de Hernández, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 134) A la señora Natividad Hilario, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 135) Al señor Antonio Hiciano Confesor, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales: 136) A la señora Flora Tolentino de Tejada, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 137) Al señor Cristóbal Concepción, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 138) A la señora Francisca Ramona García Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 139) A la señora Juana Santana, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 140) A la señora Angela Antonia Pantaleón Pantaleón, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 141) A la señora Paula Altagracia González de Ros, una pensión del Estado de ciento cuarenta y cinco pesos oro (RD$145.00) mensuales; 142) Al señor José del Carmen García, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 143) A la señora Melania García, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 144) A la señora Rafaela Antonia Peralta Guzmán, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 145) A la señora Cándida Eduvigis Ortiz de Monegro, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 146) A la señora Natalia Genao de González, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 147) A la señora Oliva Hidalgo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 148) Al señor Carlos Soriano Díaz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 149) A la señora María Burke de Criqui, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 150) A la señora Balbina Donatila Pérez Lantigua, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 151) A la señora Ana Silvia Figueroa, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 152) Al señor Daniel Duvergé, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 153) Al señor Juan Francisco Tamayo Ureña, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 154) Al señor Julián Amparo, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 155) Al señor José Francisco Ortíz Feliz, una pensión del Estado de doscientos quince pesos oro (RD$215.00) mensuales; 156) A la señora Teresa Moya de Díaz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 157) A la señora Nilda Rosa Almonte, una pensión del Estado de ciento cuarenta y cinco pesos oro (RD$145.00) mensuales; 158) A la señora Consuelo Acevedo de Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 159) A la señora Germania Altagracia Noble Vda. Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 160) A la señora María Antonia Abreu Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 161) Al señor Antonio Díaz Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 162) A la señora Margarita Peña, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 163) Al señor Marcelino Espinal Rosario, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 164) A la señora Emilia Antonia García Morfa, una pensión del Estado de doscientos cuarenta y cinco pesos oro (RD$245.-00) mensuales; 165) Al señor Angel María Pimentel, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 166) A la señora Mercedes Catalina Canó Báez, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales; 167) A la señora Fedora Oquil de Carlo, una pensión del Estado de ciento sesenta pesos oro (RD$160.00) mensuales; 168) A la señora Atenaida Aquino y Franco, una pensión del Estado de ciento treinta y seis pesos oro con cincuenta centavos (RD$136.50) mensuales; 169) Al señor Pedro Antonio Ortiz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 170) Al señor Juan L. Duval Cadena, una pensión del Estado de doscientos cuarenta y siete pesor oro (RD$247.00) mensuales; 171) Al señor Teófilo Apolinar Cime y Difo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 172) Al señor Sergio Sánchez Gómez, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 173) A la señora María Santana, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 174) A la señora Consorcia Cabrera Rodríguez, una pensión del Estado de ciento cinco pesos oro (RD$105.00) mensuales; 175) A la señora Juana Cruz de Suárez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 176) A la señora Zoila Matilde Camilo Gálvez, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 177) A la señora Alejandrina Firpo de Genao, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 178) A la señora Carmen Elías Rivera, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 179) Al señor Oscar Guarionex Dever Suárez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 180) Al señor Lorenzo Silvestre Santana, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales: 181) Al señor Prebistero Mejía, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 182) A la señora Juliana Guillén de Silvestre, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 183) A la señora Elba Mercedes Paniagua Gil, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales; 184) A la señora Bélgica Altagracia Santana de Díaz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 185) Al señor Luis Mejía Peña, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 186) A la señora Elida Rodríguez de León, una pensión del Estado de ciento cuarenta pesos oro (RD$140.00) mensuales; 187) A la señora Juana Miledis Tejeda Minlletti, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 188) A la señora Eufemia Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 189) Al señor Luis Felipe Féliz y Féliz, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 190) Al señor Pedro Antonio Ferrera Féliz, una pensión del Estado de ciento cuarenta y siete pesos oro (RD$147.00) mensuales; 191) A la señora Zoila Aurora Sención de Castro, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 192) Al señor Benjamín Susaña Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 193) A la señora Cossete Gamediela González Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 194) A la señora Daria Alfrodicia Florián, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 195) A la señora Juana Ciprián, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 196) A la señora Eduvigis Venecia Moya Mejía, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 197) Al señor Buenaventura Calderón y Paredes, una pensión del Estado de ciento cincuenta y tres pesos oro (RD$153.00) mensuales; 198) A la señora Urania Minerva Pimentel de Hernández, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 199) Al señor Rómulo Emilio Peguero Puello, una pensión del Estado de ciento ocho pesos oro (RD$108.00) mensuales; 200) A la señora Inés Ramona Peña de Quezada, una pensión del Estado de ciento noventa pesos oro (RD$190.00) mensuales; 201) A la señora Amparo Altagracia Perelló Landestoy, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 202) Al señor Andrés Soto Reyna, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 203) Al señor Eugenio Sánchez Lugo, una pensión del Estado de ciento sesenta y cinco pesos oro (RD$165.00) mensuales; 204) A la señora María Cristina Suero, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 205) A la señora Rosario Evangelista Solano de Cesa, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$ 125.00) mensuales; 206) A la señora Luz del Carmen Sosa Cordero, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 207) A la señora Miliani Santana Medina, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 208) A la señora Aliria Celeste Salado Frías, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 209) A la señora Natalia Suriel de Jesús, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 210) A la señora Graciela Concepción Susana, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 211) Al señor Edelmiro de Vargas hijo, una pensión del Estado de doscientos ochenta pesos oro (RD$280.00) mensuales; 212) Al señor Andrés Félix Ferreras, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 213) A la señora Auria Féliz Carvajal, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 214) A la señora Gladys Josefina Nolasco Guzmán, una pensión del Estado de doscientos veinte y cinco pesos oro (RD$225.00) mensuales; 215) Al señor José Ernesto Estrella Castillo, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 216) Al señor Francisco Simeón Cruz, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 217) A la señora Altagracia López, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 218) A la señora María Zapata Pimentel, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 219) Al señor José Delio Cortorreal Jerez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 220) Al señor José Bautista García, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 221) Al señor Manuel Hungría Espinosa, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 222) A la señora Ana Luisa García de G., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 223) A la señora Betania Jiménez Berroa, una pensión del Estado de ciento treinta pesos oro (RD$130.00) mensuales; 224) A la señora Pura Concepción Demorizi Peynado, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; ¿25) A la señora Isabel Quiñones de P., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 226) A la señora Inés María Ramírez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 227) Al señor Lucio B. Salvador H., una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 228) Al señor Elpidio Almonte Polanco, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 229) A la señora Liliana Ramona Quiñones de Jiménez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 230) A la señora Ramona Vallejo de Vargas, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 231) Al señor José Dolores Osoria, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 232) Al señor Carlos Elpidio Estévez López, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 233) A la señora Isabel Sánchez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 234) A la señora Lucina Peralta de González, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales; 235) Al señor Silverio Tomás Santana Olmos, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 236) A la señora Edilia Santana, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 237) A la señora Argentina Navarro Tull, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 238) A la señora Ana Onelia Matos, una pensión del Estado de doscientos cuarenta pesos oro (RD$240.00) mensuales; 239) A la señora Ana Roselia García Guerrero, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 240) A la señora Bienvenida H. Méndez de Jesús, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 241) A la señora Victoria Cedeño Castillo, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 242) Al señor Celestino Calzado, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 243) A la señora Nilia Zorrilla, una pensión del Estado de doscientos setenta pesos oro (RD$270.00) mensuales; 244) A la señora Mercedes Fabiola Uribe Guridi, una pensión del Estado de ciento cuarenta pesos oro (RD$140.00) mensuales; 245) A la señora Ana Antonia Ortea de Peralta, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 246) A la señora Ana Antonia Díaz Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 247) Al señor Francisco Javier Sánchez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 248) A la señora Josefina Lara y Bautista, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 249) A la señora Rina Milagros Román Quezada, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 250) Al señor Yorcito Encarnación, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 251) Al señor Ramón Antonio Pichardo, una pensión del estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 252) A la señora Melania Antonia Tapia Jiménez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 253) A la señora Altagracia Iglesia de Lora, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 254) A la señora María Dolores de los Santos, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 255) A la señora Carmen Díaz Venzant, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 256) Al señor Castulo Castillo Abreu, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 257) A la señora María Antonia Brito de Valdez, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 258) Al señor Francisco Peláez Moquete, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 259) A la señora Máxima Reyes Figuereo, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 260) A la señora Bartola Balbuena, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 261) A la señora Colombina Nina, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 262) A la señora América Altagracia Medina de Jáquez, una pensión del Estado de ciento cuarenta y dos pesos oro (RD$ 142.00) mensuales; 263) A la señora Ana Celia Castillo Corcino, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 264) A la señora Carlota Cristo de Alvarez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 265) A la señora Ana Lucía Sánchez G. de V., una pensión del Estado de ciento setenta y un pesos oro (RD$171.00) mensuales; 266) Al señor Celestino Placencia, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 267) A la señora Dulce María Beras de Grillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 268) A la señora Carmen Mallén, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 269) A la señora Sofía Caridad Melude Segura, una pensión del Estado de doscientos diez pesos oro (RD$210.00) mensuales; 270) A la señora Manuela Segura, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 271) A la señora Ana María Suero Mejía, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 272) A la señora María Dolores González Vda. López, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 273) Al señor Luis Darío Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 274) Al señor José Aníbal Lebrón, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 275) A la señora Concepción Santana de Féliz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 276) Al señor Jaime Matos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 277) Al señor Arsenio Pérez Peña, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 278) A la señora Ana Francisca Ferrera de Féliz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 279) A la señora Rosa Julia Méndez de Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 280) A la señora Estela Beltré de Batista, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 281) A la señora Robertina Moreta Bautista, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 282) Al señor Mario Guante, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 283) A la señora Maura Rita Pérez, una pensión del Estado de ciento sesenta pesos oro (RD$160.00) mensuales; 284) Al señor José Joaquín D'Oleo Montás, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 285) A la señora Amalia Frías de Jesús, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 286) A la señora Martina Burgos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 287) A la señora Leonilda Reynoso Vda. Alba, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 288) A la señora Modesta Antonia Batista de Luna, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 289) Al señor Augusto Rincón P., una pensión del Estado de ciento setenta y nueve pesos oro (RD$179.00) mensuales; 290) A la señora María Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 291) A la señora Fidias Díaz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 292) A la señora Andrea de la Cruz Rodríguez, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 293) A la señora María Martínez Mateo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 294) A la señora Francisca de Guerrero, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 295) Al señor Emilio Rijo y Pérez, una pensión del Estado de ciento cuarenta y cinco pesos oro (RD$145.00) mensuales; 296) A la señora Josefa Asencio, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 297) A la señora Aña Mercedes de Jesús de Peña, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 298) Al señor Domingo de la Rosa, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 299) A la señora Ludovina Chalas de Rodríguez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 300) Al señor Juan Ramón Hernández Marte, una pensión de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 301) Al señor Eudosio Batista, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 302) A la señora Alaria L. Nova Vda. F., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 303) Al señor Juan Francisco Santana Reyes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 304) A la señora Silvia Villavicencio Vda. Quezada, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 305) Al señor Toribio Guerrero Rodríguez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 306) A la señora Lidia Dolores Delgado, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 307) A la señora Graciela Guerrero Jiménez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 308) Al señor Juan Dominguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 309) A la señora Milagros Henríquez Linares, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 310) A la señora Juana Peña de la Cruz, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 311) Al señor Ramón Quelo Paulino, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 312) A la señora Argentina Paulina de Mota, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 313) A la señora Argentina Ozuna de Guerrero, una pensión del Estado de ciento cuarenta y un pesos oro (RD$141.00) mensuales; 314) A la señora Elena Medrano de Guerrero, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 315) A la señora Paula Rojas de Fabián, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 316) A la señora Altagracia Jiménez de Sánchez, una pensión del Estado de ciento cincuenta y cinco pesos oro (RD$155.00) mensuales; 317) A la señora Gloria Estela Martínez Aponte, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 318) A la señora Sibila Vásquez Corletto, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 319) A la señora Carmen Rodríguez Díaz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 320) A la señora Aida Ligia Regús y Regús, una pensión del Estado de ciento cuarenta pesos oro (RD$140.00) mensuales; 321) A la señora Virginia Emilia Franco Vda. Morales, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 322) A la señora Olga Pastora Boissard de Cano, una pensión del Estado de ciento sesenta y dos pesos oro (RD$162.00) mensuales; 323) A la señora Rosa Herminia Candelario de Cruz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 324) Al señor Severiano Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 325) Al señor Juan Pedro González Brinx, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 326) A la señora Hilda Virginia Camarena de Aquino, una pensión del Estado de ciento cuarenta pesos oro (RD$140.00) mensuales; 327) Al señor Clodomiro Batista, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 328) A la señora Elsa Patria Mesa de Sosa, una pensión del Estado de doscientos cuatro pesos oro (RD$204.00) mensuales; 329) A la señora Luz María Urbano, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 330) A la señora Carmen Mera, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 331) A la señora Luz María Suriel de Segura, una pensión del Estado de ciento viente y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 332) A la señora Carmen Dolores Rijo de Ceden., una pensión del Estado de ciento sesenta pesos oro (RD$160.00) mensuales; 333) A la señora Celeste Peguero, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 334) A la señora Arminda Pérez Ciprián, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 335) A la señora Mercedes de Jesús de Martínez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 336) A la señora María Altagracia Peralta, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 337) Al señor Francisco de Jesús, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 338) A la señora Thelma Bucarelly Méndez, una pensión del Estado de ciento noventa pesos oro (RD$190.00) mensuales; 339) A la señora Luisa del Carmen Jiménez Guridis, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 340) A la señora Herminia Peña H. de P., una pensión del Estado de ciento ochenta y dos pesos oro (RD$182.00) mensuales; 341) A la señora Urania Jiménez de Sánchez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 342) A la señora Agueda María Féliz de González, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 343) A la señora Rosa Emilia Aguiar Aguiar, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 344) Al señor José Milcíades Ortíz Ortíz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 345) A la señora Amparo García de Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 346) A la señora Teresa Concepción de Jesús Payano, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 347) A la señora Basilia Cuevas, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 348) A la señora Meraldina Féliz de Segura, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 349) Al señor Eduardo Beltré Luciano, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 350) Al señor Trajano Valdez Lorenzo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 351) Al señor Danilo Vásquez Pimentel, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 352) Al señor Gabriel Céspedes, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 353) A la señora Celeste Evertz Crispín, una pensión del Estado de ciento veinte y tres pesos oro (RD$123.00) mensuales; 354) Al señor John Harris Percival Cia, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 355) Al señor Rudecindo Sánchez Ortíz, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 356) A la señora Consuelo Vásquez de Rodríguez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 357) A la señora Angela Cuevas de Ortíz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 358) A la señora Denia Colombina Pérez de Sant, una pensión del Estado de ciento veinte y un pesos oro (RD$121.00) mensualez; 359) A la señora Magaly Ernestina Cabral Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 360) Al señor Roberto Brea Batter, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 361) Al señor Manuel del Carmen Sánchez Abreu, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 362) A la señora Flérida Maria Mejía Soto, una pensión del Estado de ciento ocho pesos oro (RD$108.00) mensuales; 363) A la señora Alejandrina Santana de Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 364) Al señor Jósé Alfonso ue los Santos, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensua-lez; 365) A la señora Persia Féliz Vda. Méndez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensua-lez; 366) A la señora Adelaida Fernández M., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 367) A la señora Lourdes Germánia Ramírez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 368) Al señor Juan Antonio Medina Sánchez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 369) A la señora Agueda María Aguasvivas Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales: 370) A la señora Sobeida Espinal Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 371) A la señora Bertha Almida Tejeda y Tejeda, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 372) A la señora Francia Mireya Melo Arias, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 373) A la señora Gladys Antonia Herrera Jiménez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 374) A la señora Carmen Miladys Nuyer Vizcaíno, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 375) A la señora Rosa Gómez de Terrero, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 376) A la señora Aminta Díaz Vda. Hottesse, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 377) A la señora Rosa Irma Pérez de Vólquez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 378) A la señora Flérida María Mejía de Sánchez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 379) Al señor Juan Lucas Féliz, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 380) Al señor Juan Bautista Rodríguez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 381) A la señora Laura E. Pimentel de N. G. O., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 382) Al señor Angel María Matos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 383) A la señora Ofelia D'Oleo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 384) A la señora María Méndez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 385) Al señor Gerardo Ulises Matos Jiménez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 386) Al señor Manuel Díaz Cuevas, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 387) A la señora Santa Novas de Reyes, una pensión del Estado de ciento diez y siete pesos oro (RD$117.00) mensuales; 388) Al señor Ramón de la Cruz Inoa, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 389) A la señora María Consuelo Díaz Rosario, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 390) A la señora Luz María Durán de Tavarez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 391) Al señor Nicolás de los Santos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 392) A la señora Marina Bueno Vda. Cepeda, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 393) A la señora Martina E. Bisonó Checo, una pensión del Estado de ciento sesenta y cinco pesos oro (RD$165.00) mensuales; 394) A la señora Marina Dolores Peña, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 395) Al señor Eladio Fernández Lazala, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 396) Al señor Angel Bienvenido Ogando Mateo, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 397) Al señor Ramón Martín de Moya Ureña, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 398) A la señora Ana Julia Jiménez de Jiménez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 399) A la señora Caridad Lesbia Encarnación Vda. Troncoso, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 400) A la señora Fiordaliza Javier Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 401) A la señora Eufemia Jiménez de Familia, una pensión del Estado de ciento cuarenta y dos pesos oro (RD$142.00) mensuales; 402) A la señora Paula de los Remedios Olivero Féliz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 403) Al señor Porfirio Pérez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 404) A la señora Elvira Santana de Alcántara, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 405) A la señora Gladys Zaida Báez de Suazo, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 406) Al señor Teódulo Mariñez Lorenzo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 407) A la señora María del C. Montero, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 408) Al señor Demetrio Jiménez Bautista, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 409) Al señor Joaquín Terrero Tapia, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 410) A la señor Juana de Jesús, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 411) A la señora Bartolina Pineda, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 412) A la señora Altagracia Minerva Pérez de Pereyra, una pensión del Estado de ciento sesenta y cinco pesos oro (RD$165.00) mensuales; 413) Al señor Leonardo Cuello Morillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 414) Al señor Estanislao de León García, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 415) A la señora María del Carmen Díaz Ramírez, una pensión del Estado de ciento treinta pesos oro (RD$130.00) mensuales: 416) A la señora Adria V. Jiménez Sención, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 417) A la señora Oliva Martínez Gómez, una pensión del Estado de ciento cincuenta y tres pesos oro (RD$153.00) mensuales; 418) A la señora Adela Romero Céspedes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 419) A la señora Carmen Olegaria Méndez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 420) A la señora Brígida Dolorina Feliz Suárez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 421) Al señor Saúl Genao Lugo, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 422) A la señora Aurora Paulino, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 423) Al señor José Aquilino Polanco, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 424) Al señor Ulso Guzmán Marte, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 425) Al señor Leopoldo Antonio Taveras Guzmán, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100) mensuales; 426) A la señora Juana Tineo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 427) Al señor Angel María Gómez, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 428) Al señor Humberto Andrés Lantigua, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 429) A la señora Sada Manzur de Vásquez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 430) A la señora Rosa Emelinda Vda. Miller, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 431) A la señora Ana González, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 432) Al señor Pablo María Guzmán Gómez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 433) A la señora Viola Ondina Guillén de Frías, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 434) Al señor Roberto García Rosario, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 435) A la señora Juana Germosén de G., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 436) A la señora Natividad Hilario, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 437) A la señora Gloria Mercedes Peña Torres, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 438) A la señora Julia Mercedes Peralta Peralta, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 439) A la señora Elsa María Piña de García, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales 440) A la señora Reyna Polanco Disla, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 441) A la señora María del Carmen Polanco Luciano, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 442) A la señora Porcia García de G., una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 443) A la señora Felipa Roger Grano de Oro, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensualez; 444) A la señora Silvia González Burgos, una pensión del Estado de ciento ocho pesos oro (RD$108.00) mensuales; 445) A la señora Dorila Mercedes Torres Estévez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 446) A la señora Italia de Jesús Rojas de Pérez, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales; 447) Al señor Bartolo Robles Fortuna, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 448) Al señor Sixto González Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 449) A la señora Elena Díaz Perdomo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 450) Al señor Alfonso Osorio Peña, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 451) Al señor Armando Ortega y Castillo, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 452) A la señora María Hortensia Olivier, una pensión del Estado de ciento setenta pesos oro (RD$170.00) mensuales; 453) A la señora Francisca C. Rivero, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 454) A la señora María Tomasina González Madera, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 455) Al señor Mario Eliseo Cruz Jerez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 456) Al señor Claudio Tapia Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 457) A la señora Carolina Samuel de Croke, una pension del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 458) A la señora Sibilia Silfa Avila, una pensión del Estado de ciento ocheta y cinco pesos oro (RD$185.00) mensuales; 459) Al señor Estanislao Reynoso y Hernández, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 460) A la señora Carlixta María Rodríguez, una pensión del estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 461) A la señora Dominga Idalia Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 462) A la señora Venecia Franco de Pichardo, una pensión del Estado de doscientos veinticinco pesos oro (RD$225.00) mensuales; 463) A la señora María Estervina Vásquez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 464) A la señora Senovia Nova, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales: 465) Al señor Gregorio de Jesús Amarante R., una pensión de Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 466) Al señor Pedro Aquino Martínez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 467) A la señora Albertina M. Tío Morel, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 468) A la señora Lucila E. Taveras de Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 469) A la señora Gladys Muñoz, una pensión del Estado de ciento cuarenta y siete pesos oro (RD$147.00) mensuales; 470) A la señora Rosa Eneria Torres, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 471) A la señora Sergida M. Abreu de P., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 472) A la señora Luisa Antonia Rivera H., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 473) A la señora Esperanza Flores C. de Tejeda, una pensión del Estado de ciento cincuenta y cinco pesos oro (RD$155.00) mensuales; 474) A la señora Milagros A. Reynoso de M., una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 475) A la señora Dominga Martínez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 476) A la señora María Altagracia Falette de Fernández, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 477) Al señor Francisco Antonio González B., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 478) A la señora María Altagracia Lora, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 479) A la señora Eva Lucía Pérez de Merejo, una pensión del Estado de ciento cuarenta y ocho pesos oro (RD$148.00) mensuales; 480) A la señora Higinia Mora, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 481) A la señora Rosa Perdomo Castro, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 482) A la señora Concesa Lino, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 483) A la señora Enriqueta Domínguez Bautista, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 484) A la señora Engracia Mora Valenzuela, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales: 485) A la señora Hermógenes de Jesús Marte Hernández, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 486) A la señora María Mercedes Magalys Vargas, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 487) A la señora Carmen Luisa Díaz de Cruz, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 488) A la señora Silvana Muñoz de Guzmán, una pensión del Estado de ciento noventa pesos oro (RD$190.00) mensuales; 489) A la señora Lorenza Lora de Tavarez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 490) A la señora Carmen María Ortíz Acevedo, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 491) A la señora Higinia de los Santos, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 492) A la señora Rosa Acosta López, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 493) A la señora Dominga Bobadilla de Liranzo, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 494) A la señora Juana Taveras de Gutiérrez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 495) A la señora Dolores del Carmen Brito de Rosario, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 496) Al señor Faustino Beras Santos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 497) Al señor José Agustín Abreu, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 498) A la señora Kenia Altagracia Báez de Paulino, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 499) A la señora Melba Accacia Bedoya Valenzuela, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 500) Al señor José Báez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 501) Al señor Delio Mirabal Cabrera, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 502) A la señora Eufemia Mayi Vargas, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales: 503) A la señora Thelma Evangelina Quezada de Guzmán, una pensión del Estado de doscientos setenta y cinco pesos oro (RD$275.00) mensuales; 504) Al señor Norberto Núñez de la Cruz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 505) A la señora Leonor Altagracia Pérez de Ruiz, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 506) A la señora Ramona Mercedes Checo de Checo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 507) A la señora Norma Lourdes Then Reyes, una pensión del Estado de ciento sesenta y cinco pesos oro (RD$165.00) mensuales; 508) A la señora Altagracia Méndez Vda. Guzmán, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 509) A la señora Consuelo Esp. Peralta, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 510) Al señor Amable Cuello, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 511) A la señora Lucila Cornielle Castillo, una pensión del Estado de doscientos treinta y un pesos oro (RD$231.00) mensuales; 512) A la señora Lourdes María Betances Coll, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 513) A la señora Carmen Milagros Brito de Hernández, una pensión del Estado de ciento quince pesos oro (RD$115.00) mensuales; 514) A la señora Minerva Antonia Batista Bernard, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 515) Al señor Gerardo Méndez Cross y Javier, una pension del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 516) A la señora Andrea Soriano, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 517) A la señora Simona Salas, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales 518) A la señora Ana Delia Sánchez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 519) A la señora Ana Antonia Sosa Cornielle, una pensión del Estado de ciento sesenta y cinco pesos oro (RD$165.00) mensuales; 520) A la señora Mercedes Flora Cepeda de Vásquez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 521) A la señora Ana Luisa Cabrera Castillo, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales; 522) A la señora Altagracia Custodio de Mata, una pensión del Estado de ciento ochenta y un pesos oro (RD$181.00) mensuales; 523) A la señora Mercedes Hernández, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 524) A la señora Camila Cruz Almánzar, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 525) A la señora Carmen Fernández de Fernández, una pensión del Estado de doscientos cincuenta y seis pesos oro (RD$256.00) mensuales; 526) A la señora Irma Idalia Hurtado de V., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 527) Al señor Eugenio Aguasanta, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 528) A la señora Josefa Arcadia Rodríguez, una pensión del Estado de doscientos veinte y cinco pesos oro (RD$225.00) mensuales; 529) A la señora Estela Altagracia Tejeda G., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 530) Al señor Bueno Torres Apolinar, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 531) A la señora Melania Arias Pérez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 532) A la señora María Dolores Burgos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 533) Al señor José A. Adames, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; all 534) A la seiiora Obdulia Abreu de Tovar, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales; 535) A la seiiora Colombina Marrero de Jests, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RDS100.00) mensuales; 536) A la seiiora Lucrecia Mufioz de Hernindez, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales: 537) A la sefiora Ofelia Fradera de del Villar, una pensi6n del Estado de ciento ochenta pesos cro (RD$180.00) mensuales; 538) A la seiiora Confesora Batista, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensudes; 539) A la seiiora Aurelia Benidez Rosa, una pensi6n ad Estado de cien pesos or0 (RDS 100.00) mensuales; 540) A la seiiora Samira Herrera de Figuereo, una pensi6n del Estado de trescientos pesos or0 (RDS300.00) mensuales; 541) A la seiiora Antonia Maldonado, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales; 542) A la seiiora Blanca Manzanillo, una pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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