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Dec. No. 1274, que concede jubilación con pensión del Estado a varias personas.
(G. O. No. 9513, del 31 de octubre de 1979)
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1274
VISTA la Ley No. 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilación y se asignan sendas pensiones del Estado a las personas siguientes:
1) A la señora Idalia Altagracia Rodríguez de Rivas, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
2) A la señora Isabel Reyes de Estévez, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales;
3) A la señora Carmen Lucía Rodríguez de B., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
4) A la señora María Eugenia Reyes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
5) Al señor Ramón Felipe Reyes Morla, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
6) Al señor Manuel Rivera Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
7) Al señor Pablo Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
8) A la señora Regina Rojas Lenderborg, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales;
9) A la señora Elpidia Reyes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
10) A la señora Ana Basilia Hernández Peralta, una pensión del Estado de ciento cuarenta pesos oro (RD$140.00) mensuales;
11) Al señor Exequiel Hernández, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
12) Al señor Modesto Hernández, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
13) Al señor Víctor Manuel Herrera Rosario, una pensión del Estado de doscientos quince pesos oro (RD$215.00) mensuales;
14) A la señora Prudencia Santos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
15) A la señora Herminia Estévez de Almonte, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
16) A la señora Estebanía José, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
17) A la señora Braulia Verencia Lora, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
18) A la señora Cándida Rosa Amoros B., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
19) Al señor Francisco Adames Reyes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
20) A la señora Lolinda Acosta, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
21) A la señora Andrea Antonia Alvarez Gómez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
22) A la señora María González, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
23) A la señora María Tomasina González, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
24) A la señora María González, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
25) Al señor Vicente Enrique Ventura, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
26) Al señor Agustín Hernández Vargas, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
27) A la señora Ovieda Romelia, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
28) Al señor Eduardo Olea Batista, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
29) A la señora Paulina Olivero Franco, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
30) A la señora Guarina Olivo Castro, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
31) Al señor Juan Adriano Grullón García, una pensión del Estado de ciento ochenta y dos pesos oro (RD$182.00) mensuales;
32) A la señora Ozema Acosta, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
33) Al señor Mario Amador Alvarez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
34) A la señora Mercedes Aquino de Aquino, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
35) Al señor Ramón Antonio Aybar de Jesús, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
36) A la señora Adela Restituyo de Rodríguez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
37) A la señora Ana Delia Gómez de Almonte, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
38) Al señor Gregorio Aquino de la Rosa, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
39) Al señor Dámaso Adón, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
40) A la señora Marina Inocencia Ariza de Columna, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
41) A la señora Luz del Carmen Rojas Paulino, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
42) A la señora Leopoldina Ruiz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
43) A la señora Lesbia Yolanda Rolfot Rodríguez, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales;
44) Al señor José María Rodríguez Pimentel, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
45) A la señora Vicenta Robinson, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
46) Al señor Braulio Rodríguez Pozo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
47) A la señora Rosa Ramírez Mora, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
48) A la señora Rufina Rubiera de Bobadilla, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
49) A la señora Eva Dionisia de la Rosa, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
50) A la señora Dolores Margara Duarte de García, una pensión del Estado de ciento quince pesos oro (RD$ 115.00) mensuales;
51) A la señora Rosa Lidia Díaz García, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
52) A la señora Bernardina de la Cruz L., una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
53) Al señor Jorge Daniel Díaz González, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales:
54) A la señora María Cayetana de los Santos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
55) A la señora Altagracia Dalmasí, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
56) A la señora Gisela Enriquetа Dinzey de Santana, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
57) A la señora Graciela de León González, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
58) A la señora Regina Reyes Peralta, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
59) A la señora Lourdes Mil Jiménez de Reyes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
60) A la señora María Fermín, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
61) A la señora María de la Cruz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
62) A la señora Altagracia Germosén de Vásquez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
63) A la señora Altagracia Lidia Durán de Quelis, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
64) Al señor Paco Antonio Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
65) A la señora María Angélica Bautista de Reyes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
69) Al señor Angel Bolívar Peña Vargas, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
70) A la señora Eduviges Pérez Medina, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
71) A la señora Juana Bautista Pujols de los Santos una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
72) A la señora Elvira Peña, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
73) A la señora Ana Gómez Báez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
74) A la señora Isabel Gálvez de Rosario, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
75) Al señor Juan Bautista B. Hijo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
76) A la señora Natalia Blanco de Cedeño, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales;
77) A la señora Rosalinda Beras, una pensión del Estado de doscientos cincuenta pesos oro (RD$250.00) mensuales;
78) Al señor Pedro Bonilla, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
79) Al señor José Manzueta Manzueta, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
80) A la señora Leda Martínez Delanoy, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
81) A la señora Josefa Eulalia Martínez García, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
82) A la señora Reyita Mejía, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
83) A la señora Bernardina Mundaray, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
84) Al señor Manuel Antonio Montás Calderón, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
85) Al señor Eladio Mota García, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
86) A la señora Gloria Altagracia Morla de Jiménez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
87) A la señora Josefina Mateo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
88) Al señor Agustín Méndez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
89) A la señora Virginia A. Mercedes Lara, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
90) A la señora Mercedes Mazara Arias, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
91) Al señor Severino Morel Belén, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
92) Al señor Ramón Martínez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
93) A la señora Felicia Mercedes Martínez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
94) Al señor Juan María Montero Soler, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
95) A la señora Altagracia Aurora Mesa de Castro, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
96) A la señora Bernarda C. Morel de Abreu, una pensión del Estado de doscientos cuarenta y cinco pesos oro (RD$245.00) mensuales;
97) A la señora Genoveva Mazara Arias, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
98) Al señor Víctor Galván Abreu, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
99) A la señonia Sonia Altagracia Peña de Quezada, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
100) A la señora Gloria Castillo Santana, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
101) Al señor Felix Céspedes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
102) A la señora Patria Zenona Cedeño de García, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales;
103) Al señor Francisco Cabral, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
104) A la señora Esthel Euñice Cabral de Campo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
105) A la señora Juana Altagracia Ciprián Sánchez una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
106) Al señor Telésforo Cruz Pérez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
107) A la señora Altagracia María Cabral de Gómez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
108) Al señor Ydelfouso Cordero Díaz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
109) Al señor Ramón Abad Castillo Moreta, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
110) A la señora Ana Roselia Concepción de Pellerano, una pensión del Estado de doscientos cincuenta y cinco pesos oro (RD$255.00) mensuales;
111) A la señora Leopolda Calcaño, una pensión del Estado de cien pesoso oro (RD$100.00) mensuales;
112) A la señora Luz María Cruz de Tejada, una pensión del Estado de ciento cincuenta y cinco pesos oro (RD$155.00) mensuales;
113) Al señor Eulalio Carrasco González, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
114) Al señor Rafael Candelario, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
115) Al señor Roberto Calderón de los Santos, una pensión del Estado de doscientos cincuenta pesos oro (RD$250.00) mensuales;
116) Al señor Juan Jiménez Patiño, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
117) Al señor Francisco Fernando Uribe Silva, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
118) A la señora Ramona Antonia Ubrí, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
119) Al señor Rudy Peguero Hernández, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
120) A la señora Miguelina Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
121) A la señora Mayra Altagracia Pujols Martínez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
122) A la señora Carmen Peralta, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.0) mensuales;
123) Al señor Rafael Paredes Peña, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
124) A la señora Lucía Haydée Páez de Sánchez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
125) A la señora Francisca Polanco de Ruiz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
126) A la señora Juana Paula, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
127) A la señora Bárbara E. Casanova Vda. Chaín, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
128) A la señora María Tapia Guzmán, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
129) A la señora María Amparo del Rosario Jiménez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
130) Al señor Martín de Regla Tejada Arias, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
131) Al señor Manuel Celestino Torres Bretón, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
132) Al señor Pedro Frías Lendof, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
133) A la señora Mercedes Fernández Sánchez de Hernández, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
134) A la señora Natividad Hilario, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
135) Al señor Antonio Hiciano Confesor, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales:
136) A la señora Flora Tolentino de Tejada, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
137) Al señor Cristóbal Concepción, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
138) A la señora Francisca Ramona García Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
139) A la señora Juana Santana, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
140) A la señora Angela Antonia Pantaleón Pantaleón, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
141) A la señora Paula Altagracia González de Ros, una pensión del Estado de ciento cuarenta y cinco pesos oro (RD$145.00) mensuales;
142) Al señor José del Carmen García, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
143) A la señora Melania García, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
144) A la señora Rafaela Antonia Peralta Guzmán, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
145) A la señora Cándida Eduvigis Ortiz de Monegro, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
146) A la señora Natalia Genao de González, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
147) A la señora Oliva Hidalgo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
148) Al señor Carlos Soriano Díaz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
149) A la señora María Burke de Criqui, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
150) A la señora Balbina Donatila Pérez Lantigua, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
151) A la señora Ana Silvia Figueroa, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
152) Al señor Daniel Duvergé, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
153) Al señor Juan Francisco Tamayo Ureña, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
154) Al señor Julián Amparo, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales;
155) Al señor José Francisco Ortíz Feliz, una pensión del Estado de doscientos quince pesos oro (RD$215.00) mensuales;
156) A la señora Teresa Moya de Díaz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
157) A la señora Nilda Rosa Almonte, una pensión del Estado de ciento cuarenta y cinco pesos oro (RD$145.00) mensuales;
158) A la señora Consuelo Acevedo de Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
159) A la señora Germania Altagracia Noble Vda. Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
160) A la señora María Antonia Abreu Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
161) Al señor Antonio Díaz Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
162) A la señora Margarita Peña, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
163) Al señor Marcelino Espinal Rosario, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
164) A la señora Emilia Antonia García Morfa, una pensión del Estado de doscientos cuarenta y cinco pesos oro (RD$245.-00) mensuales;
165) Al señor Angel María Pimentel, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
166) A la señora Mercedes Catalina Canó Báez, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales;
167) A la señora Fedora Oquil de Carlo, una pensión del Estado de ciento sesenta pesos oro (RD$160.00) mensuales;
168) A la señora Atenaida Aquino y Franco, una pensión del Estado de ciento treinta y seis pesos oro con cincuenta centavos (RD$136.50) mensuales;
169) Al señor Pedro Antonio Ortiz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
170) Al señor Juan L. Duval Cadena, una pensión del Estado de doscientos cuarenta y siete pesor oro (RD$247.00) mensuales;
171) Al señor Teófilo Apolinar Cime y Difo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
172) Al señor Sergio Sánchez Gómez, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
173) A la señora María Santana, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
174) A la señora Consorcia Cabrera Rodríguez, una pensión del Estado de ciento cinco pesos oro (RD$105.00) mensuales;
175) A la señora Juana Cruz de Suárez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
176) A la señora Zoila Matilde Camilo Gálvez, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
177) A la señora Alejandrina Firpo de Genao, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
178) A la señora Carmen Elías Rivera, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
179) Al señor Oscar Guarionex Dever Suárez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
180) Al señor Lorenzo Silvestre Santana, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales:
181) Al señor Prebistero Mejía, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
182) A la señora Juliana Guillén de Silvestre, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
183) A la señora Elba Mercedes Paniagua Gil, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales;
184) A la señora Bélgica Altagracia Santana de Díaz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
185) Al señor Luis Mejía Peña, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
186) A la señora Elida Rodríguez de León, una pensión del Estado de ciento cuarenta pesos oro (RD$140.00) mensuales;
187) A la señora Juana Miledis Tejeda Minlletti, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
188) A la señora Eufemia Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
189) Al señor Luis Felipe Féliz y Féliz, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
190) Al señor Pedro Antonio Ferrera Féliz, una pensión del Estado de ciento cuarenta y siete pesos oro (RD$147.00) mensuales;
191) A la señora Zoila Aurora Sención de Castro, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
192) Al señor Benjamín Susaña Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
193) A la señora Cossete Gamediela González Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
194) A la señora Daria Alfrodicia Florián, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
195) A la señora Juana Ciprián, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
196) A la señora Eduvigis Venecia Moya Mejía, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
197) Al señor Buenaventura Calderón y Paredes, una pensión del Estado de ciento cincuenta y tres pesos oro (RD$153.00) mensuales;
198) A la señora Urania Minerva Pimentel de Hernández, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
199) Al señor Rómulo Emilio Peguero Puello, una pensión del Estado de ciento ocho pesos oro (RD$108.00) mensuales;
200) A la señora Inés Ramona Peña de Quezada, una pensión del Estado de ciento noventa pesos oro (RD$190.00) mensuales;
201) A la señora Amparo Altagracia Perelló Landestoy, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
202) Al señor Andrés Soto Reyna, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
203) Al señor Eugenio Sánchez Lugo, una pensión del Estado de ciento sesenta y cinco pesos oro (RD$165.00) mensuales;
204) A la señora María Cristina Suero, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
205) A la señora Rosario Evangelista Solano de Cesa, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$ 125.00) mensuales;
206) A la señora Luz del Carmen Sosa Cordero, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
207) A la señora Miliani Santana Medina, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
208) A la señora Aliria Celeste Salado Frías, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
209) A la señora Natalia Suriel de Jesús, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
210) A la señora Graciela Concepción Susana, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
211) Al señor Edelmiro de Vargas hijo, una pensión del Estado de doscientos ochenta pesos oro (RD$280.00) mensuales;
212) Al señor Andrés Félix Ferreras, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
213) A la señora Auria Féliz Carvajal, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
214) A la señora Gladys Josefina Nolasco Guzmán, una pensión del Estado de doscientos veinte y cinco pesos oro (RD$225.00) mensuales;
215) Al señor José Ernesto Estrella Castillo, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
216) Al señor Francisco Simeón Cruz, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
217) A la señora Altagracia López, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
218) A la señora María Zapata Pimentel, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
219) Al señor José Delio Cortorreal Jerez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
220) Al señor José Bautista García, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
221) Al señor Manuel Hungría Espinosa, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
222) A la señora Ana Luisa García de G., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
223) A la señora Betania Jiménez Berroa, una pensión del Estado de ciento treinta pesos oro (RD$130.00) mensuales;
224) A la señora Pura Concepción Demorizi Peynado, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
¿25) A la señora Isabel Quiñones de P., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
226) A la señora Inés María Ramírez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
227) Al señor Lucio B. Salvador H., una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
228) Al señor Elpidio Almonte Polanco, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
229) A la señora Liliana Ramona Quiñones de Jiménez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
230) A la señora Ramona Vallejo de Vargas, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
231) Al señor José Dolores Osoria, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
232) Al señor Carlos Elpidio Estévez López, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
233) A la señora Isabel Sánchez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
234) A la señora Lucina Peralta de González, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales;
235) Al señor Silverio Tomás Santana Olmos, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
236) A la señora Edilia Santana, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
237) A la señora Argentina Navarro Tull, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales;
238) A la señora Ana Onelia Matos, una pensión del Estado de doscientos cuarenta pesos oro (RD$240.00) mensuales;
239) A la señora Ana Roselia García Guerrero, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
240) A la señora Bienvenida H. Méndez de Jesús, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
241) A la señora Victoria Cedeño Castillo, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
242) Al señor Celestino Calzado, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
243) A la señora Nilia Zorrilla, una pensión del Estado de doscientos setenta pesos oro (RD$270.00) mensuales;
244) A la señora Mercedes Fabiola Uribe Guridi, una pensión del Estado de ciento cuarenta pesos oro (RD$140.00) mensuales;
245) A la señora Ana Antonia Ortea de Peralta, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
246) A la señora Ana Antonia Díaz Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
247) Al señor Francisco Javier Sánchez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
248) A la señora Josefina Lara y Bautista, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales;
249) A la señora Rina Milagros Román Quezada, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
250) Al señor Yorcito Encarnación, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
251) Al señor Ramón Antonio Pichardo, una pensión del estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
252) A la señora Melania Antonia Tapia Jiménez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
253) A la señora Altagracia Iglesia de Lora, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales;
254) A la señora María Dolores de los Santos, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
255) A la señora Carmen Díaz Venzant, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
256) Al señor Castulo Castillo Abreu, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
257) A la señora María Antonia Brito de Valdez, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
258) Al señor Francisco Peláez Moquete, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales;
259) A la señora Máxima Reyes Figuereo, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
260) A la señora Bartola Balbuena, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
261) A la señora Colombina Nina, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
262) A la señora América Altagracia Medina de Jáquez, una pensión del Estado de ciento cuarenta y dos pesos oro (RD$ 142.00) mensuales;
263) A la señora Ana Celia Castillo Corcino, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
264) A la señora Carlota Cristo de Alvarez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
265) A la señora Ana Lucía Sánchez G. de V., una pensión del Estado de ciento setenta y un pesos oro (RD$171.00) mensuales;
266) Al señor Celestino Placencia, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
267) A la señora Dulce María Beras de Grillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
268) A la señora Carmen Mallén, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
269) A la señora Sofía Caridad Melude Segura, una pensión del Estado de doscientos diez pesos oro (RD$210.00) mensuales;
270) A la señora Manuela Segura, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
271) A la señora Ana María Suero Mejía, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
272) A la señora María Dolores González Vda. López, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
273) Al señor Luis Darío Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
274) Al señor José Aníbal Lebrón, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
275) A la señora Concepción Santana de Féliz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
276) Al señor Jaime Matos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
277) Al señor Arsenio Pérez Peña, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
278) A la señora Ana Francisca Ferrera de Féliz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
279) A la señora Rosa Julia Méndez de Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
280) A la señora Estela Beltré de Batista, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
281) A la señora Robertina Moreta Bautista, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
282) Al señor Mario Guante, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
283) A la señora Maura Rita Pérez, una pensión del Estado de ciento sesenta pesos oro (RD$160.00) mensuales;
284) Al señor José Joaquín D'Oleo Montás, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales;
285) A la señora Amalia Frías de Jesús, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
286) A la señora Martina Burgos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
287) A la señora Leonilda Reynoso Vda. Alba, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
288) A la señora Modesta Antonia Batista de Luna, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
289) Al señor Augusto Rincón P., una pensión del Estado de ciento setenta y nueve pesos oro (RD$179.00) mensuales;
290) A la señora María Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
291) A la señora Fidias Díaz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
292) A la señora Andrea de la Cruz Rodríguez, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales;
293) A la señora María Martínez Mateo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
294) A la señora Francisca de Guerrero, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
295) Al señor Emilio Rijo y Pérez, una pensión del Estado de ciento cuarenta y cinco pesos oro (RD$145.00) mensuales;
296) A la señora Josefa Asencio, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
297) A la señora Aña Mercedes de Jesús de Peña, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
298) Al señor Domingo de la Rosa, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
299) A la señora Ludovina Chalas de Rodríguez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
300) Al señor Juan Ramón Hernández Marte, una pensión de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
301) Al señor Eudosio Batista, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
302) A la señora Alaria L. Nova Vda. F., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
303) Al señor Juan Francisco Santana Reyes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
304) A la señora Silvia Villavicencio Vda. Quezada, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
305) Al señor Toribio Guerrero Rodríguez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
306) A la señora Lidia Dolores Delgado, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
307) A la señora Graciela Guerrero Jiménez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
308) Al señor Juan Dominguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
309) A la señora Milagros Henríquez Linares, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
310) A la señora Juana Peña de la Cruz, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
311) Al señor Ramón Quelo Paulino, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
312) A la señora Argentina Paulina de Mota, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
313) A la señora Argentina Ozuna de Guerrero, una pensión del Estado de ciento cuarenta y un pesos oro (RD$141.00) mensuales;
314) A la señora Elena Medrano de Guerrero, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
315) A la señora Paula Rojas de Fabián, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
316) A la señora Altagracia Jiménez de Sánchez, una pensión del Estado de ciento cincuenta y cinco pesos oro (RD$155.00) mensuales;
317) A la señora Gloria Estela Martínez Aponte, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
318) A la señora Sibila Vásquez Corletto, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
319) A la señora Carmen Rodríguez Díaz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
320) A la señora Aida Ligia Regús y Regús, una pensión del Estado de ciento cuarenta pesos oro (RD$140.00) mensuales;
321) A la señora Virginia Emilia Franco Vda. Morales, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
322) A la señora Olga Pastora Boissard de Cano, una pensión del Estado de ciento sesenta y dos pesos oro (RD$162.00) mensuales;
323) A la señora Rosa Herminia Candelario de Cruz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
324) Al señor Severiano Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
325) Al señor Juan Pedro González Brinx, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
326) A la señora Hilda Virginia Camarena de Aquino, una pensión del Estado de ciento cuarenta pesos oro (RD$140.00) mensuales;
327) Al señor Clodomiro Batista, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
328) A la señora Elsa Patria Mesa de Sosa, una pensión del Estado de doscientos cuatro pesos oro (RD$204.00) mensuales;
329) A la señora Luz María Urbano, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
330) A la señora Carmen Mera, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
331) A la señora Luz María Suriel de Segura, una pensión del Estado de ciento viente y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
332) A la señora Carmen Dolores Rijo de Ceden., una pensión del Estado de ciento sesenta pesos oro (RD$160.00) mensuales;
333) A la señora Celeste Peguero, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
334) A la señora Arminda Pérez Ciprián, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
335) A la señora Mercedes de Jesús de Martínez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
336) A la señora María Altagracia Peralta, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
337) Al señor Francisco de Jesús, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
338) A la señora Thelma Bucarelly Méndez, una pensión del Estado de ciento noventa pesos oro (RD$190.00) mensuales;
339) A la señora Luisa del Carmen Jiménez Guridis, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
340) A la señora Herminia Peña H. de P., una pensión del Estado de ciento ochenta y dos pesos oro (RD$182.00) mensuales;
341) A la señora Urania Jiménez de Sánchez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
342) A la señora Agueda María Féliz de González, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
343) A la señora Rosa Emilia Aguiar Aguiar, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
344) Al señor José Milcíades Ortíz Ortíz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
345) A la señora Amparo García de Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
346) A la señora Teresa Concepción de Jesús Payano, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
347) A la señora Basilia Cuevas, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
348) A la señora Meraldina Féliz de Segura, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
349) Al señor Eduardo Beltré Luciano, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
350) Al señor Trajano Valdez Lorenzo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
351) Al señor Danilo Vásquez Pimentel, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
352) Al señor Gabriel Céspedes, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
353) A la señora Celeste Evertz Crispín, una pensión del Estado de ciento veinte y tres pesos oro (RD$123.00) mensuales;
354) Al señor John Harris Percival Cia, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales;
355) Al señor Rudecindo Sánchez Ortíz, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
356) A la señora Consuelo Vásquez de Rodríguez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
357) A la señora Angela Cuevas de Ortíz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
358) A la señora Denia Colombina Pérez de Sant, una pensión del Estado de ciento veinte y un pesos oro (RD$121.00) mensualez;
359) A la señora Magaly Ernestina Cabral Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
360) Al señor Roberto Brea Batter, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
361) Al señor Manuel del Carmen Sánchez Abreu, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
362) A la señora Flérida Maria Mejía Soto, una pensión del Estado de ciento ocho pesos oro (RD$108.00) mensuales;
363) A la señora Alejandrina Santana de Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
364) Al señor Jósé Alfonso ue los Santos, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensua-lez;
365) A la señora Persia Féliz Vda. Méndez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensua-lez;
366) A la señora Adelaida Fernández M., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
367) A la señora Lourdes Germánia Ramírez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
368) Al señor Juan Antonio Medina Sánchez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
369) A la señora Agueda María Aguasvivas Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales:
370) A la señora Sobeida Espinal Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
371) A la señora Bertha Almida Tejeda y Tejeda, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
372) A la señora Francia Mireya Melo Arias, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
373) A la señora Gladys Antonia Herrera Jiménez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
374) A la señora Carmen Miladys Nuyer Vizcaíno, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
375) A la señora Rosa Gómez de Terrero, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
376) A la señora Aminta Díaz Vda. Hottesse, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
377) A la señora Rosa Irma Pérez de Vólquez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
378) A la señora Flérida María Mejía de Sánchez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
379) Al señor Juan Lucas Féliz, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
380) Al señor Juan Bautista Rodríguez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
381) A la señora Laura E. Pimentel de N. G. O., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
382) Al señor Angel María Matos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
383) A la señora Ofelia D'Oleo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
384) A la señora María Méndez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
385) Al señor Gerardo Ulises Matos Jiménez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
386) Al señor Manuel Díaz Cuevas, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
387) A la señora Santa Novas de Reyes, una pensión del Estado de ciento diez y siete pesos oro (RD$117.00) mensuales;
388) Al señor Ramón de la Cruz Inoa, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
389) A la señora María Consuelo Díaz Rosario, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
390) A la señora Luz María Durán de Tavarez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
391) Al señor Nicolás de los Santos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
392) A la señora Marina Bueno Vda. Cepeda, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
393) A la señora Martina E. Bisonó Checo, una pensión del Estado de ciento sesenta y cinco pesos oro (RD$165.00) mensuales;
394) A la señora Marina Dolores Peña, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
395) Al señor Eladio Fernández Lazala, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
396) Al señor Angel Bienvenido Ogando Mateo, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales;
397) Al señor Ramón Martín de Moya Ureña, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales;
398) A la señora Ana Julia Jiménez de Jiménez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
399) A la señora Caridad Lesbia Encarnación Vda. Troncoso, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
400) A la señora Fiordaliza Javier Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
401) A la señora Eufemia Jiménez de Familia, una pensión del Estado de ciento cuarenta y dos pesos oro (RD$142.00) mensuales;
402) A la señora Paula de los Remedios Olivero Féliz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
403) Al señor Porfirio Pérez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
404) A la señora Elvira Santana de Alcántara, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
405) A la señora Gladys Zaida Báez de Suazo, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
406) Al señor Teódulo Mariñez Lorenzo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
407) A la señora María del C. Montero, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
408) Al señor Demetrio Jiménez Bautista, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
409) Al señor Joaquín Terrero Tapia, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
410) A la señor Juana de Jesús, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
411) A la señora Bartolina Pineda, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
412) A la señora Altagracia Minerva Pérez de Pereyra, una pensión del Estado de ciento sesenta y cinco pesos oro (RD$165.00) mensuales;
413) Al señor Leonardo Cuello Morillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
414) Al señor Estanislao de León García, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
415) A la señora María del Carmen Díaz Ramírez, una pensión del Estado de ciento treinta pesos oro (RD$130.00) mensuales:
416) A la señora Adria V. Jiménez Sención, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
417) A la señora Oliva Martínez Gómez, una pensión del Estado de ciento cincuenta y tres pesos oro (RD$153.00) mensuales;
418) A la señora Adela Romero Céspedes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
419) A la señora Carmen Olegaria Méndez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
420) A la señora Brígida Dolorina Feliz Suárez, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
421) Al señor Saúl Genao Lugo, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
422) A la señora Aurora Paulino, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
423) Al señor José Aquilino Polanco, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
424) Al señor Ulso Guzmán Marte, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
425) Al señor Leopoldo Antonio Taveras Guzmán, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100) mensuales;
426) A la señora Juana Tineo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
427) Al señor Angel María Gómez, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales;
428) Al señor Humberto Andrés Lantigua, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
429) A la señora Sada Manzur de Vásquez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
430) A la señora Rosa Emelinda Vda. Miller, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
431) A la señora Ana González, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
432) Al señor Pablo María Guzmán Gómez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
433) A la señora Viola Ondina Guillén de Frías, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
434) Al señor Roberto García Rosario, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
435) A la señora Juana Germosén de G., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
436) A la señora Natividad Hilario, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
437) A la señora Gloria Mercedes Peña Torres, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
438) A la señora Julia Mercedes Peralta Peralta, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
439) A la señora Elsa María Piña de García, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales
440) A la señora Reyna Polanco Disla, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
441) A la señora María del Carmen Polanco Luciano, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
442) A la señora Porcia García de G., una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales;
443) A la señora Felipa Roger Grano de Oro, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensualez;
444) A la señora Silvia González Burgos, una pensión del Estado de ciento ocho pesos oro (RD$108.00) mensuales;
445) A la señora Dorila Mercedes Torres Estévez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
446) A la señora Italia de Jesús Rojas de Pérez, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales;
447) Al señor Bartolo Robles Fortuna, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
448) Al señor Sixto González Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
449) A la señora Elena Díaz Perdomo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
450) Al señor Alfonso Osorio Peña, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
451) Al señor Armando Ortega y Castillo, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
452) A la señora María Hortensia Olivier, una pensión del Estado de ciento setenta pesos oro (RD$170.00) mensuales;
453) A la señora Francisca C. Rivero, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
454) A la señora María Tomasina González Madera, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
455) Al señor Mario Eliseo Cruz Jerez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
456) Al señor Claudio Tapia Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
457) A la señora Carolina Samuel de Croke, una pension del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
458) A la señora Sibilia Silfa Avila, una pensión del Estado de ciento ocheta y cinco pesos oro (RD$185.00) mensuales;
459) Al señor Estanislao Reynoso y Hernández, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
460) A la señora Carlixta María Rodríguez, una pensión del estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
461) A la señora Dominga Idalia Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
462) A la señora Venecia Franco de Pichardo, una pensión del Estado de doscientos veinticinco pesos oro (RD$225.00) mensuales;
463) A la señora María Estervina Vásquez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
464) A la señora Senovia Nova, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales:
465) Al señor Gregorio de Jesús Amarante R., una pensión de Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
466) Al señor Pedro Aquino Martínez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
467) A la señora Albertina M. Tío Morel, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
468) A la señora Lucila E. Taveras de Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
469) A la señora Gladys Muñoz, una pensión del Estado de ciento cuarenta y siete pesos oro (RD$147.00) mensuales;
470) A la señora Rosa Eneria Torres, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
471) A la señora Sergida M. Abreu de P., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
472) A la señora Luisa Antonia Rivera H., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
473) A la señora Esperanza Flores C. de Tejeda, una pensión del Estado de ciento cincuenta y cinco pesos oro (RD$155.00) mensuales;
474) A la señora Milagros A. Reynoso de M., una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
475) A la señora Dominga Martínez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
476) A la señora María Altagracia Falette de Fernández, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
477) Al señor Francisco Antonio González B., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
478) A la señora María Altagracia Lora, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
479) A la señora Eva Lucía Pérez de Merejo, una pensión del Estado de ciento cuarenta y ocho pesos oro (RD$148.00) mensuales;
480) A la señora Higinia Mora, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
481) A la señora Rosa Perdomo Castro, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
482) A la señora Concesa Lino, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
483) A la señora Enriqueta Domínguez Bautista, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
484) A la señora Engracia Mora Valenzuela, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales:
485) A la señora Hermógenes de Jesús Marte Hernández, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
486) A la señora María Mercedes Magalys Vargas, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales;
487) A la señora Carmen Luisa Díaz de Cruz, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales;
488) A la señora Silvana Muñoz de Guzmán, una pensión del Estado de ciento noventa pesos oro (RD$190.00) mensuales;
489) A la señora Lorenza Lora de Tavarez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
490) A la señora Carmen María Ortíz Acevedo, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
491) A la señora Higinia de los Santos, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
492) A la señora Rosa Acosta López, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
493) A la señora Dominga Bobadilla de Liranzo, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
494) A la señora Juana Taveras de Gutiérrez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
495) A la señora Dolores del Carmen Brito de Rosario, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
496) Al señor Faustino Beras Santos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
497) Al señor José Agustín Abreu, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
498) A la señora Kenia Altagracia Báez de Paulino, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
499) A la señora Melba Accacia Bedoya Valenzuela, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
500) Al señor José Báez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
501) Al señor Delio Mirabal Cabrera, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
502) A la señora Eufemia Mayi Vargas, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales:
503) A la señora Thelma Evangelina Quezada de Guzmán, una pensión del Estado de doscientos setenta y cinco pesos oro (RD$275.00) mensuales;
504) Al señor Norberto Núñez de la Cruz, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
505) A la señora Leonor Altagracia Pérez de Ruiz, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales;
506) A la señora Ramona Mercedes Checo de Checo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
507) A la señora Norma Lourdes Then Reyes, una pensión del Estado de ciento sesenta y cinco pesos oro (RD$165.00) mensuales;
508) A la señora Altagracia Méndez Vda. Guzmán, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
509) A la señora Consuelo Esp. Peralta, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
510) Al señor Amable Cuello, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
511) A la señora Lucila Cornielle Castillo, una pensión del Estado de doscientos treinta y un pesos oro (RD$231.00) mensuales;
512) A la señora Lourdes María Betances Coll, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
513) A la señora Carmen Milagros Brito de Hernández, una pensión del Estado de ciento quince pesos oro (RD$115.00) mensuales;
514) A la señora Minerva Antonia Batista Bernard, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
515) Al señor Gerardo Méndez Cross y Javier, una pension del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
516) A la señora Andrea Soriano, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales;
517) A la señora Simona Salas, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales
518) A la señora Ana Delia Sánchez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
519) A la señora Ana Antonia Sosa Cornielle, una pensión del Estado de ciento sesenta y cinco pesos oro (RD$165.00) mensuales;
520) A la señora Mercedes Flora Cepeda de Vásquez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
521) A la señora Ana Luisa Cabrera Castillo, una pensión del Estado de ciento diez pesos oro (RD$110.00) mensuales;
522) A la señora Altagracia Custodio de Mata, una pensión del Estado de ciento ochenta y un pesos oro (RD$181.00) mensuales;
523) A la señora Mercedes Hernández, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
524) A la señora Camila Cruz Almánzar, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales;
525) A la señora Carmen Fernández de Fernández, una pensión del Estado de doscientos cincuenta y seis pesos oro (RD$256.00) mensuales;
526) A la señora Irma Idalia Hurtado de V., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
527) Al señor Eugenio Aguasanta, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
528) A la señora Josefa Arcadia Rodríguez, una pensión del Estado de doscientos veinte y cinco pesos oro (RD$225.00) mensuales;
529) A la señora Estela Altagracia Tejeda G., una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
530) Al señor Bueno Torres Apolinar, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales;
531) A la señora Melania Arias Pérez, una pensión del Estado de ciento veinte y cinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
532) A la señora María Dolores Burgos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
533) Al señor José A. Adames, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
all
534) A la seiiora Obdulia Abreu de Tovar, una pensi6n del
Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales;
535) A la seiiora Colombina Marrero de Jests, una pensi6n
del Estado de cien pesos or0 (RDS100.00) mensuales;
536) A la seiiora Lucrecia Mufioz de Hernindez, una pensi6n
del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales:
537) A la sefiora Ofelia Fradera de del Villar, una pensi6n del
Estado de ciento ochenta pesos cro (RD$180.00) mensuales;
538) A la seiiora Confesora Batista, una pensi6n del Estado de
cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensudes;
539) A la seiiora Aurelia Benidez Rosa, una pensi6n ad Estado
de cien pesos or0 (RDS 100.00) mensuales;
540) A la seiiora Samira Herrera de Figuereo, una pensi6n del
Estado de trescientos pesos or0 (RDS300.00) mensuales;
541) A la seiiora Antonia Maldonado, una pensi6n del Estado
de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales;
542) A la seiiora Blanca Manzanillo, una pensi6n del Estado de
cien pesos or0 (RD$