Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.
Texto de la norma
Art. 2.—Se dispone la celebración de un censo en el sector de "La Cienaga", a fin de determinar las familias que a la fecha de este Decreto residen en dicho sector, las cuales serán las únicas favorecidas por la presente medida.
Art. 3.—Se prohíbe el levantamiento de nuevas viviendas en el sector de "La Cienaga".
Art. 4.—Se declara zona verde el área del sector de "La Ciénaga" que sea desalojado como consecuencia de esta disposición, para ser utilizada como vivero de flores y otras plantas ornamentales.
Art. 5.—La Policía Nacional y la Administración General de Bienes Nacionales, quedan encargados de la fiel ejecución del presente Decreto.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y cinco; años 132° de la Independencia y 113° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Decreto N° 1338, que nombra la Comisión que representará al país ante la III Reunión de los Exportadores de Azúcar.
(G. O. N° 9388, del 1° de Enero de 1976)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1338
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO
ARTICULO UNICO.—Los señores Ingeniero Fernando Periche Vidal y Agrónomo Quirilio Vilorio Sánchez, Directores Ejecutivo del Centro Dominicano de Promoción de Exportaciones y del Instituto Azucarero Dominicano, respectivamente quedan nombrados en Comisión presidida por el primero, para representar al país ante la III Reunión de los Exportadores de Azúcar que se celebrará en Lima, Perú, a partir del 28 de septiembre en curso.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y cinco; 102º de la Independencia y 113º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Decreto Nº 1339, que nombra al Arquitecto Manuel Valverde Podestá, Director Nacional de Parques. (G. O. Nº 9388, del 1º de Enero de 1976)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1339
VISTO el Artículo 5 de la Ley Nº 67 del 8 de noviembre de 1974, que crea la Dirección Nacional de Parques;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—El Arquitecto Manuel Valverde Podestá, queda nombrado Director Nacional de Parques.
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