Texto de la norma
Decreto Nº 1323, que autoriza a los Sres. Nemesio Gil y Zelandia Onfalia Valenzuela Figuereo a hacer cambios en el nombre de su hija Librada Heroína de Jesús.
(G. O. Nº 9387, del 24 de diciembre de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1323
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por los señores Nemesio Gil y Zelandia Onfalia Valenzuela Figuereo, dominicanos, mayores de edad, casados, portadores de las Cédulas de Identificación Personal Nos. [cédula] y 3080, series 1ra. y 12, respectivamente, domiciliados y residentes en la casa Nº 1, de la calle 33 Este, del Ensanche Luperón, de esta ciudad, en representación de su hija menor de edad Librada Heroína de Jesús Gil Valenzuela, fueron autorizados a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Librada Heroína Gil Valenzuela;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la Ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha cer-
tificado en fecha 27 de agosto de 1975, que no se ha realizado oposición legal a la solicitud formulada por los señores Nemesio cambiar el nombre de su hija menor de edad Librada Heroína de Jesús Gil Valenzuela por el de Librada Heroína Gil Valenzuela;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83, de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Los señores Nemesio Gil y Zelandia Oñalia Valenzuela Figuerco, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hija menor de edad Librada Heroína de Jesús Gil Valenzuela por el de Librada Heroína Gil Valenzuela.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y cinco; años 132º de la Independencia y 112º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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