Texto de la norma
Decreto Nº 1314, que aprueba las modificaciones introducidas en los Estatutos de la Asociación de Fabricantes de Productos Químicos, Cosméticos y Afines, Inc.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1314
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo la Asociación de Fabricantes de Productos Químicos, Cosméticos y Afines, Inc., en el sentido de que sean aprobadas las modificaciones introducidas en los Estatutos de dicha Asociación por la Asamblea celebrada en fecha 15 de julio de 1975;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTAS las disposiciones de la Ley Nº 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario:
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Quedan aprobadas las modificaciones de los Estatutos de la Asociación de Fabricantes de Productos Químicos, Cosméticos y Afines, Inc., introducidas por la Asamblea celebrada en fecha 15 de julio de 1975.
Art. 2.—Dichas modificaciones serán efectivas tan pronto como la indicada Asociación realice la publicación y el depósito a que se refiere el artículo 4 de la citada Ley Nº 520.
Art. 3.—Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y cinco; años
JOAQUIN BALAGUER
132º de la Independencia y 113º de la Restauración.
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