Texto de la norma
Decreto N° 1272, que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Moca, a donar parte de un solar de su propiedad y permutar el resto del mismo (G. O. N° 9387, del 24 de diciembre de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1272
VISTA el Acta N° 8—66, correspondiente a la sesión extraordinaria celebrada por el Ayuntamiento del Municipio de Moca, en fecha 24 de marzo de 1966;
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley N° 4381 de fecha 10 de febrero de 1956, y de la Ley N° 5577, de fecha 14 de julio de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se autoriza al Ayto. del Municipio de Moca, a vender parte del solar N° 10 de la Manzana N° 184, del Distrito Catastral N° 1, de dicho Municipio, con área de 425.73 metros cuadrados, por el precio de RD$1,490.05, en favor de la señora María Altagracia Rodríguez de Hidalgo. Asimismo, se autoriza a dicho Ayuntamiento a permutar el resto del indicado solar por una porción de terreno ubicado dentro de la Parcela N° 98, del D. C. N° 2 del citado Municipio, con área de 128.20 metros cuadrados, valorada en la suma de RD$ 256.40, propiedad de la mencionada señora. Dicha porción de terreno a permutarse fué ocupada por el referido Ayuntamiento para la construcción de una calle.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, á los veintinueve días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y cinco; años
JOAQUIN BALAGUER
132° de la Independencia y 113° de la Restauración.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.