Texto de la norma
Decreto Nº 1224, que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Yamasá a vender varios solares de su propiedad. (G. O. Nº 9385, del 24 de noviembre de 1975).
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1224
VISTAS las Actas Nos. 04—73, 15—73, 02—74, expedidas
por el Ayuntamiento del Municipio de Yamasá, en relación con lo resuelto por dicho Organismo en las sesiones celebradas en fechas 8 de abril de 1973, 24 de septiembre de 1973 y 1 de marzo de 1974, respectivamente;
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley N° 4381, de fecha 10 de febrero de 1956, y de la Ley N° 5577, de fecha 14 de julio de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Yamasá a vender los solares de su propiedad que se describen a continuación:
a) Solar ubicado dentro de la Parcela N° 339, del D. C. N° 7 de dicho Municipio, con una extensión superficial de 164.34 metros cuadrados, por el precio de RD$369.76, en favor de la señora Elvia María A. Pacheco de Tolentino. Dicha señora ocupa en arrendamiento el citado solar, en el cual ha construido una casa para su vivienda familiar;
b) Solar N° 1 (Parte) de la Manzana N° 6, del D. C. N° 1 de dicho Municipio, con área de 204.06 metros cuadrados, por el precio de RD$408.12, en favor del señor Victor Pérez. Dicho señor ocupa en arrendamiento el citado solar, en el cual se propone construir una casa para vivienda familiar;
c) Solar ubicado dentro de la Parcela N° 339, del D. C. N° 7, de dicho Municipio, con área de 304.41 metros cuadrados, por el precio de RD$608.82, en favor de la señora Rosa Victoria Collado de Rodriguez. Dicha señora ocupa en arrendamiento el citado solar, en el cual ha construido una casa para su vivienda familiar.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de Agosto del año mil novecientos setenta y cinco, años 132° de la Independencia y 113° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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