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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1200

que autoriza a las estaciones de gasolina a mantener sus servicios habituales el sábado 16 de agosto de 1975

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 ago de 1975fecha
Otrostipo
G. O. 9386Gaceta Oficial del 6 dic de 1975
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 1200, que autoriza a las estaciones de gasolina a mantener sus servicios habituales el sábado 16 de agosto de 1975. (G. O. Nº 9386, del 6 de Diciembre de 1975) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 1200 CONSIDERANDO que como consecuencia de las disposiciones del Decreto Nº 1056, de fecha 26 de junio de 1975, las estaciones expendedoras de gasolina deberán permanecer cerradas los días 16 y 17 del presente mes; CONSIDERANDO que el Poder Ejecutivo debe tomar medidas encaminadas a evitar que tal situación pueda crear entorpecimiento en el desenvolvimiento del transporte en el país; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se autoriza a las estaciones de gasolina, de manera excepcional, a mantener en funcionamiento sus servicios habituales el sábado 16 de agosto de 1975, en el horario comprendido entre las 6:00 a. m. y las 9:00 p. m. Art. 2.—La presente disposición ejecutiva modifica en cuanto sea necesario el Art. 7 del Decreto Nº 1056, de fecha 26 de junio de 1975. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y cinco, años 132° de la Independencia y 112° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER NOTA: El presente Decreto fue publicado oficialmente en el diario "El Caribe", del 14 de Agosto de 1975.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona