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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1165

QUE APRUEBA LA RESOLUCION N. 58-75-C, DEL DIRECTORIO DE DESARROLLO INDUSTRIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 ago de 1975fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 9383Gaceta Oficial del 25 oct de 1975
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Monto
RD$580,684 · en el texto: «RD$580,683.74»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 1165, que aprueba la Resolución N° 58—75—C, del Directorio de Desarrollo Industrial. (G. O. N° 9383, del 25 de Octubre de 1975) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 1165 CONSIDERANDO que la empresa CAPLE, S. A., solicitó del Directorio de Desarrollo Industrial, su clasificación en la Categoría "C", para acogerse a los beneficios de la Ley N° 299 de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968; CONSIDERANDO que el Directorio de Desarrollo Industrial luego de realizar los estudios correspondientes, comprobó que la empresa solicitante reunía las condiciones exigidas por la Ley, en vista de lo cual dictó la Resolución N° 58—75—C, de fecha 27 de mayo de 1975, clasificándola en la Categoría "C"; VISTO el Artículo 38 de la Ley N° 299, de fecha 23 de abril de 1968; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se aprueba la Resolución Nº 58—75—C, del Directorio de Desarrollo Industrial, de fecha 27 de mayo de 1975, que copiada textualmente dice: "RESOLUCION NO. 58—75—C CONSIDERANDO: Que la empresa CAPLE, S. A., presentó al Departamento Técnico Industrial una solicitud registrada en fecha 14 de febrero de 1975 con el Nº 5—75, para ser clasificada en la Categoría "C" y acogerse a los beneficios de la Ley Nº 299, de fecha 23 de abril de 1968, de Incentivo y Protección Industrial. CONSIDERANDO: Que la referida empresa se dedicará a la producción de envases de cartón y etiqueta de papel, para el consumo interno. VISTO: El informe favorable rendido por el Departamento Técnico Industrial, del cual se transcriben los siguientes puntos: Inversión total: RD$580,683.74 Localización: Av. Mirador del Sur, esquina Carretera Herrera, Santo Domingo. Tipo de Proyecto: Nuevo Empleos a crear: 27 Valor agregado: RD$541,209.44 Efecto sobre la distribución del ingreso: Positivo Solvencia moral y económica: Satisfactoria VISTOS: Los artículos 9, 11, 12, 17, 24, 25, 36, 38 y 40, de la Ley Nº 299 de fecha 23 de abril de 1968. En ejercicio de las facultades que nos confiere dicha ley. RESUELVE: PRIMERO: Clasificar a la empresa CAPLE, S. A., en la Categoría "C". SEGUNDO: Concederle exoneración por el término de 8 años, en proporción de un 50%, de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno que incidan sobre los siguientes artículo: Cantidades anuales — Nombre de los Artículos 1,000 — latas de 1 Kg. c/u barníz brillante 1,000 — latas de 1 Kg. c/u barniz tirante 1,000 — latas de 1 Kg. polvo para pulverizador 8,000 — Kgs. tintas de mezclar 8,000 — Kgs. tintas sólidas 10,000 — Gls. tintas a prueba de alcohol 10,000 — Kgs. bronce en polvo 1 — Rollo alambre para coser 24 por 100 Kg 1 — Rollo alambre 26 para coser de 100 Kg. 100 — Metros líneas de contra-estría 25 — Cartones Quib-Moke Ready 50 — Galones Blanket wish 861 24 — Galines Blanket Fix 220 50 — Latas de ½ Lb. c/u de quitar grasa 10 — Galones corrector de mantilla 500 — Rollos papel celofán de 10 Lbs. c/u. 300 — Galones acelerador de secado 10,000 Libras barniz sobre impresión 200 Toneladas cartón sultatado calibre 0.18 a 0.25 100 Toneladas cartón satinado 400 Toneladas cartón satinado en varios colores calibre 0.12. TERCERO: Exigir a esta empresa ei cumplimiento de las siguientes condiciones y obligaciones: a) Enviar al Departamento Técnico Industrial un informe anual con el valor total de su producción industrial, con el valor y cantidad de las materias primas y materiales importados con liberación de derechos. b) Deberá consumir las materias primas o materiales tan pronto se produzcan en el país en calidad y precio competitivo, incluyendo en la comparación de precio todos los derechos de importación del producto competidor. c) La empresa deberá cumplir con todas las obligaciones que pone a su cargo la Ley Nº 299 de fecha 23 de abril de 1969. DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a los veintisiete días (27) del mes de mayo del año mil novecientos setenta y cinco (1975), años 132º de la Independencia y 112º de la Restauración. DR. GUIDO D'ALESSANDRO, Secretario de Estado de Industria y Comercio. Presidente del Directorio de Desarrollo Industrial. YO, LIC. CARLOS E. CIPRIAN B., Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial, CERTIFICO: Que esta decisión fué tomada por los Miembros del Directorio de Desarrollo Industrial en sesión celebrada el día 27 de mayo de 1975, en el Despacho del Secretario de Estado de Industria y Comercio, de la cual reposa acta en los archivos del Departamento Técnico Industrial. LIC. CARLOS E. CIPRIAN B., Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial". --115* a las. , c Secretarias t de Estado de F i n a 1 ~ 6 ercio, para 108 fines correspondienb. DADO en Santo Domiiigo de GlizmLiii, Distrjto Nacionai, Capital de la Republica Upmmyicana, a 10s cinco dias del me6 novecientos setenta p cinco; aiiosn 132@ 11% de la Restauracibn. JOAQUIN B A L A G W Decreto NP 1166, que rprueba la Resolution Nq 73--75--MC, de: Directaricl de DesarroUo Industrial, (G. 0. Ne 9383, del 26 de Octubre de 1975) JQAQUIN B A L A G W +* de la Bepfiblica Dcprjpjlorq. _ _ I - , . . ..-. CONSIDERANDO que la empresa CORTES HNOS. & CO.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona