Texto de la norma
Decreto Nº 1146, que aprueba las modificaciones introducidas en los Estatutos del Club Náutico de Santo Domingo, Inc."
(G. O. Nº 9383, del 25 de Octubre de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1146
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República, ha elevado al Poder Ejecutivo el "Club Náutico de Santo Domingo, Inc.", en el sentido de que sean aprobadas las modificaciones introducidas en los Estatutos de dicho Club por la asamblea celebrada en fecha 16 de diciembre de 1974;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTAS las disposiciones de la Ley Nº 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Quedan aprobadas las modificaciones de los Estatutos del "Club Náutico de Santo Domingo, Inc.", introducidas por la Asamblea celebrada en fecha 16 de diciembre de 1974.
Art. 2.—Dichas modificaciones serán efectivas tan pronto como el indicado Club realice la publicación y el depósito a que se refiere el artículo 4 de la citada Ley Nº 520.
Art. 3.—Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de julio del año mil novecientos setenta y cinco; años 132º de la Independencia y 112º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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