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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1091

QUE APRUEBA LA RESOLUCION N. 84-75-C, DEL DIRECTORIO DE DESARROLLO INDUSTRIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 jul de 1975fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 9381Gaceta Oficial del 25 sept de 1975
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Monto
RD$56,285 · en el texto: «RD$56,285.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 1091, que aprueba la Resolución Nº 84-75—C, del Directorio de Desarrollo Industrial. (G. O. Nº 9381, del 25 de Septiembre de 1975) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 1091 CONSIDERANDO que la empresa "B. L. B." S. A., solici- tó del Directorio de Desarrollo Industrial, su clasificación en la Categoría "A", para acogerse a los beneficios de la Ley Nº 299 de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968; CONSIDERANDO que el Directorio de Desarrollo Industrial luego de realizar los estudios correspondientes, comprobó que la empresa solicitante reunía las condiciones exigidas por la Ley, en vista de lo cual dictó la Resolución Nº 84—75—C, de fecha 27 de junio de 1975, clasificándola en la Categoría "A"; VISTO el Artículo 38, de la Ley Nº 299, de fecha 23 de abril de 1968; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se aprueba la Resolución Nº 84—75—C, del Directorio de Desarrollo Industrial, de fecha 27 de junio de 1975, que copiada textualmente dice: "RESOLUCION NO. 84—75—C CONSIDERANDO: Que la empresa "B. L. B.", S. A., presentó al Departamento Técnico Industrial una solicitud registrada en fecha 7 de mayo de 1975, con el Nº 18—75, para ser clasificada en la Categoría "A" y acogerse a los beneficios de la Ley Nº 299 del 23 de abril de 1968, de Incentivo y Protección Industrial. CONSIDERANDO: Que la referida empresa se dedicará a la confección de fundas, estuches, envouturas y bolsos de tela, cuero o papel, para cubrir o envolver efectos de metal, tales como instrumentos musicales, joyas, bisuterías y objetos similares, que destinará a la exportación. VISTO: El informe favorable rendido por el Departamento Técnico Industrial, del cual se transcriben los siguientes puntos: Inversión total: RD$56,285.00 Localización: Zona Franca de San Pedro de Macorís Tipo de proyecto: Nuevo Empleos a crear: 66 Solvencia moral y económica: Satisfactoria VISTOS: Los Artículos 7, 11, 12, 17, 24, 25; 36; 38 y 40 de la Ley Nº 299 del 23 de abril de 1968. En ejercicio de las facultades que nos confiere dicha ley, RESUELVE: PRIMERO: Clasificar a la empresa "B. L. B.", S. A., en la Categoría "A", para establecerse en la Zona Franca Industrial de San Pedro de Macorís. SEGUNDO: Concederle exoneración por el término de 20 años con exoneración de un 100%, de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno, que incidan sobre la importación de los siguientes artículos: Cantidades anuales — Nombre de los Artículos 1,500,000 — Yardas papel con algodón 1,000,000 — Yardas flannel (flanela de algodón) 180,000 — Libras vinyl 16,000 — Libras hilo (diferentes tipos) 4,000,000 — Unidades broches, ribetas y snaps 1,000,000 Yardas flockad material (a base de lana) 500,000 Yardas pieles sintéticas 250,000 Yardas vinyl expansivo 4,000,000 Yardas cuerdas, sogas y amarres 3,000,000 Yardas hojas para impresos grabados 3,000,000 Unidades transfers (calcomanías) Galones cola, pegamentos y adhesivos 250,000 Libras productos de madera (en piezas) 500,000 Yardas tela de algodón (tipo sábana) 1,000,000 Unidades envases plásticos 3,000,000 Unidades fundas plásticas 250,000 Yardas tape (varios tipos) 100,000 Yardas tela de terciopelo 300,000 Yerdas Denin (tela resistente algodón) 250,000 Yardas Satins y fibras sintéticas 250,000 Yardas Dock sheeting (lienzos no cruzados de hilo de algodón) 100,000 Libras chip board 100,000 Libras material corrugado Galones lubricantes 125,000 Pies 2 material de piel 500,000 Yardas materiales no tejidos 250,000 Unidades zippers TERCERO: Se concede además a la empetrante todos los beneficios acordados por la citada Ley N° 299 a las empresas clasificadas en la Categoría "A", CUARTO: La empresa deberá depositar en el Banco Central de la República Dominicana, las divisas correspondientes a todos los gastos de organización y constitución en que incurra dentro del país, así como los costos nacionales de sus operaciones normales. También debera cumplir con todas y cada una de las obligaciones exigidas por las leyes del país. DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a los veintisiete (27) días del mes de junio del año mil novecientos setenta y cinco (1975), años 132º de la Independencia y 112º de la Restauración. Dr. GUIDO D'ALESSANDRO, Secretario de Estado de Industria y Comercio. Presidente del Directorio de Desarrollo Industrial. YO, LIC. CARLOS E. CIPRIAN B., Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial, CERTIFICO: Que esta decisión fué tomada por los Miembros del Directorio de Desarrollo Industrial en sesión celebrada en el Despacho del Secretario de Estado de Industria y Comercio, el 27 de junio de 1975, de la cual reposa acta en los archivos del Departamento Técnico Industrial. LIC. CARLOS E. CIPRIAN B., Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial." Art. 2.—Envíese a las Secretarías de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio, para los fines correspondientes DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de Julio del año mil novecientos setenta y cinco; años 132º de la Independencia y 113º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona