Texto de la norma
Decreto No.461, que otorga exequátur a varios graduádos universitarios.
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 461
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No.146, sobre Pasantía de Médicos recién graduados, de fecha 11 de mayo de 1967;
VISTA la Ley sobre Organización Judicial No. 821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del Artículo 6 de la Ley No. 4249, de fecha 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la pasantía profesional de los ingenieros arquitectos y agrimensores;
VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964, y sus modificaciones;
En ejercicio delas atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes:
MEDICO:
Dinorah Encarnación Florentino, Raymundo de Jesús López Muñoz, Normaliza Cruz Geraldino, George Ramón Cuello Chapman, Ana Margarita Troncoso Puello y Juan Octavio Ceballos Castillo.
TECNOLOGO MEDICO:
Gloria América Fiallo Mota, Silvestre Alejandrino Pimentel Baralt, Fior D'Aliza Mata Rodríguez, Aurelia Altagracia Martínez Toribio, Ana Altagracia Grullón Ureña, Carmen Amelia Pión Castillo, Angela Yanet del Carmen Ferreira de la Mota, Xiomara Altagracia Gómez de la Cruz, Ana Sofía Tejada Tabar, Bélice Carolina Lerebours Bautista, Edi Altagracia Piña Batista, Venecia Sibilia Sánchez, Ana Carina Cuello Muñoz y Antonia Rafaela White Montero.
ABOGADO:
Ozema del Carmen Adriana Pina Peláez, Ramón Bienvenido Pina Pierret, Fausto Familia Roa, Ramón Euclides Suazo Rodríguez, Pablo Andrés Daniel Martínez Pichardo, Víctor Robustiano Peña y Omaira Nazarina Pimentel Patxot.
INGENIERO CIVIL:
Bienvenido Arsenio Gómez Almánzar, Nelson G. Sánchez Guerrero, Bernardo Augusto Luciano Pichardo, José Dolores Paulino Gutiérrez y Fernando Fernández Fernández.
ARQUITECTO:
Virgilio Augusto Veras Lozano, César Danilo Mejía Díaz y Nora Cristina Pieter Garrido.
INGENIERO AGRONOMO:
Juan Santo Díaz Gómez y Juan Modesto Delgado Medina.
INGENIERO TOPOGRAFO:
Aris Eugenio Sánchez González.
NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL:
José Nicolás Almánzar García.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SALCEDO:
Maritza Curiel de Cruz.
Párrafo.- Los Notarios Públicos ejercerán las funciones propias de su profesión únicamente dentro de la jurisdicción correspondiente al lugar específico en que se les ha expedido el nombramiento.
Art. 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, a la Procuraduría General de la República, y al Colegio Dominicanos de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacioal, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y ocho, años 1350 de la Independencia y 1160 de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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