Decreto No.377, que concede pensibn del Estado a 10s Sres. Franz E. Baehr Cabral,
Miguel de Moya Alonzo y Tornds Cads Pastoriza.
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO 377
VISTA la Ley No. 5 185, sobre Pensiones Civiles del Estado,
de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55
de la Constituci6n de la Repitblica. dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilaci6n y se asignan
sendas pensiones del Estado a Ias siguientes personas:
1) A FRANZ E. BAEHR CABRAL, una pension del Estado
de TRESCIENTOS PESOS OR0 (RD$300.00) mensuales.
2 ) A MIGUEL DE MOYA ALONZO, una pension del Estado
de TRESCIENTOS PESOS OR0 (RD$300.00) mensuales.
3) A TOMAS CASALS PASTORIZA, una pensi6n del Estado
de TRESCIENTOS PESOS OR0 (RD$300.00) mensuales.
Art. 2.- Dichas pensiones serin pagadas con cargo al Fondo de
Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Pliblicos.
DADO en Santo Doming0 de GuzmBn, Distrito Nacional,
Capital de la Repfiblica Dorninicana, a 10s cuatro (4) dias del mes
de noviembre del afio mil novecientos setenta y ocho (1978);
aiios 1350 de la Independencia y 1160 de la Restauracih.
ANTONIO GUZMAN
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona