Decreto No.376, que concede pensibn del Estado a las Sras. Gladys Calventi de Ricart
y Carolina antonia Rojas de Diaz.
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la Repdblica Dominicana
NUMERO 376
VISTA la Ley No. 5 185, sobre Pensiones Civiles del Estado,
dc fecha 3 1 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55
dc la Constitucibn de la Repdblica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.-Se concede el beneficio de la jubilaci6n y se asignan
sendas pensiones del Estado a las personas siguientes:
a) A Gladys Calventi de Ricart, una pensi6n del Estado de
DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS O R 0 (RD$250.00)
mensua-
les;
b) A Carolina Antonia Rojas de Diaz, una pensi6n del Estado
de CIENTO TREINTA PESOS OR0 (RD$130.00) mensuales.
Art. 2.-Dichas pensiones seran pagadas con cargo a1 Fondo de
Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Mblicos.
DADO en Santo Doming0 de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Repdblica Dorninicana, a 10s cuatro (4) dias del mes
de noviembre del aflo mil novecientos setenta yocho 1978);
aiios 1350 de la Independencia y 1160 de la Restauracibn.
ANTOSIO GUZMAN
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona