Texto de la norma
Decreto No.277, que autoriza al Sheraton International, Inc., a fijar domicilio en la República Dominicana.
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 277
VISTA la instancia de fecha 18 de diciembre de 1977, que por vía de la Secretaría de Estado de Interior y Policía, han elevado al Poder ejecutivo los Doctores Luis Heredia Bonetti y Hugo Ramírez Lamarche, en representación de la Sheraton International, Inc., sociedad constituída de acuerdo con las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos de América, con su oficina principal en 470 Atlantic Avenue, Boston, Massachusetts, E. U. A.,; debidamente representada en el país por los abogados que se indican precedentemente, quienes tienen su oficina en la Suite 606, Edificio La Cumbre, Avenida Tiradentes, de esta ciudad;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTAS las disposiciones del Artículo 13 del Código Civil;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO: Se autoriza a Sheraton International, Inc., sociedad constituída de acuerdo con las leyes del Estado de Delaware Estados Unidos de América, con su oficina principal en 470 Atlantic Avenue, Boston, Massachusetts, E. U. A., debidamente representada en el país por los Doctores Luis Heredia Bonetti y Hugo Ramírez Lamarche, quienes tienen su oficina en la Suite 606, Edificio La Cumbre, Avenida Tiradentes, de esta ciudad, a fijar su domicilio en la República Dominicana.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de octubre del año mil novecientos setenta y ocho; años 135o de la Independencia y 116o de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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