Texto de la norma
Decreto No.219, que consagra como “D/a del Ejército Nacional”, el día 29 de noviembre de cada año.
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 219
CONSIDERANDO: Que la fecha fijada actualmente para la celebración del “Día del Ejército Nacional”, está estrechamente vinculada a la conmemoración del día del Arcángel San Miguel, proclamado Patrono del Ejército Nacional, mediante Ley No. 162, de fecha 25 de mayo de 1967;
CONSIDERANDO: Que la significación del “Día del Ejército Nacional” debe estar asociada a acontecimientos de relevancia nacional a fin de que sirva de estímulo y reconocimiento a la conducta de los miembros de nuestro Ejército Nacional, quienes seguirán teniendo la oportunidad de rendir culto a su Patrono el Arcángel San Miguel organizando en su día actos de recordación y veneración;
CONSIDERANDO: Que el día 29 de noviembre de 1844, mediante Decreto No. 23 del Poder Ejecutivo, se dispuso por primera vez en la República la Organización de nuestro Ejército, que tantas glorias ha proporcionado a nuestra Patria;
CONSIDERANDO: Que la conmemoración de esa fecha es propicia para dedicarla a la celebración del “Día del Ejército Nacional”;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.– Se consagra como “Día del Ejército Nacional”, el día 29 de noviembre de cada año.
Art. 2.– Envíese a la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes.
DADO
en Santo Domingo de Guzmh, Distrito Nacional,
Capital de la Repliblica Dominicana, a 10s veinte dias del mes de
septiembre del aAo mil novecientos setenta y ocho, afios 1350 de
la Independencia y 1 160 de la Restauraci6n.
ANTONIO GUZMAN
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