que crea e integra una Comisión encargada de coordinar todas las actividades que fueren necesarias, para la recepción e inmediato envío a nuestro país de toda la ayuda efectuada por instituciones y personas radicadas en territorio norteamericano
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Texto
Texto de la norma
Dec. No. 1147, que crea e integra una Comisión encargada de coordinar todas las actividades que fueren necesarias, para la recepción e inmediato envío a nuestro país de toda la ayuda efectuada por instituciones y personas radicadas en territorio norteamericano.
(G. O. No. 9510, del 15 de septiembre de 1979)
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1147
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se designa una Comisión que se encargará de coordinar todas las actividades que fueren necesarias para la recepción e inmediato envío a nuestro país de toda la ayuda que sea efectuada a la Nación, por instituciones y personas radicadas en territorio norteamericano, como consecuencia de los daños causados a la República por el Huracán David.
Art. 2.- Dicha Comisión estará integrada por el Ingeniero Enriquillo del Rosario Ceballos, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en los Estados Unidos de América; Doctor Emmanuel T. Esquea, Embajador, Jefe de la Misión Permanente de la República ante la Organización de las Naciones Unidas; Doctor Eladio Knipping Victoria, Embajador Representante de la República ante la Organización de Estados Americanos; y señor Darío Suro, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de la Embajada de la República en los Estados Unidos de América.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y nueve; años 1360 de la Independencia y 1170 de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona