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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1147

que crea e integra una Comisión encargada de coordinar todas las actividades que fueren necesarias, para la recepción e inmediato envío a nuestro país de toda la ayuda efectuada por instituciones y personas radicadas en territorio norteamericano

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 sept de 1979fecha
Designacióntipo
G. O. 9510Gaceta Oficial del 15 sept de 1979
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Enriquillo del Rosario CeballosMiembro de un órganoEmbajador Extraordinario

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1147, que crea e integra una Comisión encargada de coordinar todas las actividades que fueren necesarias, para la recepción e inmediato envío a nuestro país de toda la ayuda efectuada por instituciones y personas radicadas en territorio norteamericano. (G. O. No. 9510, del 15 de septiembre de 1979) ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1147 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se designa una Comisión que se encargará de coordinar todas las actividades que fueren necesarias para la recepción e inmediato envío a nuestro país de toda la ayuda que sea efectuada a la Nación, por instituciones y personas radicadas en territorio norteamericano, como consecuencia de los daños causados a la República por el Huracán David. Art. 2.- Dicha Comisión estará integrada por el Ingeniero Enriquillo del Rosario Ceballos, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en los Estados Unidos de América; Doctor Emmanuel T. Esquea, Embajador, Jefe de la Misión Permanente de la República ante la Organización de las Naciones Unidas; Doctor Eladio Knipping Victoria, Embajador Representante de la República ante la Organización de Estados Americanos; y señor Darío Suro, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de la Embajada de la República en los Estados Unidos de América. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y nueve; años 1360 de la Independencia y 1170 de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona