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Texto de la norma
A
Decrcto XZ. 3098, que concede ineorpornci6n a Taritis asociacioaen d&
{C. 0 No P46X’del 30 c!
ernhre de 1977)
J
Presidente de
epiiblica Dominicalla
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NZJMEBO : 3098
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VISTA la. Ley KO. 520, sobre A4soc:ncioai.s C ~ L W
110 kzg‘:.’~
Beneficio Peeiixiiario, de feeha 26 de j ; a k tie
1920;
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de fcccha 27 dc enero de 1984;
VISTA la Ley No. 127, wbie Asot.lacionea C?cperativ:!3,
mán, cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea celebrada en fecha 3 de octubre de 1976;
"Asociación de Comercios de la Avenida Duarte", con su domicilio en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea celebrada en fecha 11 de mayo de 1977;
"Asociación de Agricultores San Luis de la comunidad de Buena Vista", con su domicilio en la Sección de Buena Vista, Municipio de Jarabacoa, Provincia de La Vega, cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea celebrada en fecha 12 de diciembre de 1976;
"Centro Dominicano de Información Turística", con su domicilio en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea celebrada en fecha 3 de agosto de 1977;
"Asociación de Agricultores Pueblo Viejo", con su domicilio en la Sección Pueblo Viejo, Municipio y Provincia de Azua, cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea celebrada en fecha 8 de mayo de 1977;
"Asamblea Universal de Iglesias Pentecostales", con su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea celebrada en fecha 29 de julio de 1977;
"Club Deportivo y Cultural Rafael Leocnidas Solano", con su domicilio en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea celebrada en fecha 18 de agosto de 1977;
"Club Deportivo y Cultural Mauricio Báez", con su domicilio en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea celebrada en fecha 18 de agosto de 1977;
"Asociación Agrícola Pro-Desarrollo de Paraíso", con su domicilio en el Municipio de Paraíso, Provincia de Barahona, cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea celebrada en fecha 15 de enero de 1975;
"Asociación Dominicana de Corredores de Seguros", con
Su domiciiio en I a ci J/<
dad de w5
Snnto Doming0 de Guzmin, c1.1-
la ciudad de Santo Doming0 de Guzmh, cuyos estatutos fiw-
ron npmbjdos cn Asamblea celt.hradn en f 4 i a 23 ,de ji!l,io da
1976;
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‘‘Club de Can6f
seer Alemiin”, con su domicilio cr,
go )de Guzrn&n, cuyos estatutos ftre
on agrohdos en Asamldea celehralda en fecha 26 de agosts,
la ciudad de Santo
de 1077;
rtivo Profesora Alia Reyes de P5-
ncia Peravia, cuyos C S -
a celchrada en fecha l!;
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“Club Cultural y
red’, con su domi
tatutos fueron a(pr
de septiembre de 1
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I’AEftAE‘O.-
fAc;fias incor’poraciones seria efectivas t;~;
pronto corn0 laa i’ndicadau Ascciecicnes efectkn el dep6sito y
la publicaciOri a que se rcfiere el articulo 4 dc? la Ley No. 620.
cobre dsociacioncs clue no teugaai p ~ r
Objcto 1.111 Beneficio Pe-
CLinEario, de fccha 2G de julio d-: 19%.
Art. 2.-
Sc coiitede cl beneficia de la ineorporaci6ii a las
siguientes Asociacicnes Cooperc.tivas:
Grupo Coopcrnlivo
o “24 6e Juiiio’’, con b;u d.t-
niiciiio cn la Scccidr
Esperaiiza, Provilzd
cia Valverdc, cv.yos e
03 fucron aprobnclos en As
cclcbrsdn en feclrn 13
I
Grupo Cooperatic
n Domiiiicana:’, ca:
su Comicllio en R m c
dn, Provinpia tlir
-
La Vega, cuyos esta
11 Asambles cele-
brads en Eedia 17 C ~ G eiwro cle 1976;
Art. 3.— Envíese a la Procuraduría General de la República y al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 29 días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y siete, años 134° de la Independencia y 115° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Decreto Nº 3099, que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella al Sr. Don Luis González Robles.
(G. O. Nº 9453, del 30 de Noviembre de 1977)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 3099
CONSIDERANDO los altos merecimientos del señor Don Luis González Robles, Comisario de Exposiciones del Instituto de Cultura Hispánica;
VISTA la Ley No. 1443, del 26 de mayo de 1936, y sus modificaciones; y
OIDO el parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO
Art. 1.— Se concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado de Comendador,
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.