Decreto Nº 3093, que concede la condecoración del Gran Cordón Militar Juan Pablo Duarte a varios Oficiales del Ejército Nacional. (G. O. Nº 9452, del 16 de Noviembre de 1977)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3093
CONSIDERANDO que son reconocidos los méritos, lealtad y consagración con que han servido durante más de diez años en las Fuerzas Armadas, los oficiales que se citan en el dispositivo del presente decreto;
VISTA la Ley Nº 141, de fecha 23 de marzo de 1975, que instituye la condecoración del Gran Cordón Militar Juan Pablo Duarte;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede la condecoración del Gran Cordón Militar Juan Pablo Duarte, a los oficiales del Ejército Nacional que se detallan a continuación;
Capitán Méd. Anest. — Saúl Antonio Núñez y Pérez
Capitán Dentista — Pedro Tomás Arzeno Redondo
Capitán Dentista — Iván Amador Contreras Hernández
2do. Teniente Téc. — Rafael Aquiles García Gómez
Segundo Tte. Cont. José Antonio Rodríguez Vargas
Segundo Tte. Cont. Luis Serrano Padilla
Segundo Tte. Cont. Nandito Mejía Caraballo
Segundo Tte. Cont. Juan Alberto Durán Ventura
Segundo Tte. Cont. Manuel Ant. de Js. Lora de la Mota
Segundo Tte. Cont. Hermes de León Ventura
Segundo Tte. Cont. Otilio Roa Terrero
Segundo Tte. Cont. Luis Manuel Amparo Polanco
Segundo Tte. Cont. Feliciano Reynoso Crizante
Segundo Tte. Cont. Basilio Amable Bueno Almonte
Segundo Tte. Cont. Dionisio Antonio Beltrán Aquino
Segundo Tte. Cont. Salvador Ascensio Valdez
Segundo Tte. Cont. Secundino Pérez Marte
Segundo Tte. Cont. Paulino Dionisio Cruz
Segundo Tte. Cont. Jacinto Pozo Jaime
Segundo Tte. Cont. Oscar Antonio Arias Abréu
Art. 2.—Envíese a la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y siete, años 134° de la Independencia y 115° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona