Texto de la norma
Decreto Nº 3051, que autoriza al Ayto. del Municipio de Santiago a donar un solar de su propiedad.
(G. O. Nº 9448, del 6 de Octubre de 1977)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3051
VISTA el Acta Nº 27, correspondiente a la Sección Ordinaria celebrada por el Ayuntamiento del Municipio de Santiago, en fecha 10 de junio de 1975;
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago a donar en favor del Patronato de Lucha Contra la Lepra Inc., un solar ubicado dentro de las Parcelas Nos. 25 y 26 del Distrito Catastral Nº 6 de dicho Municipio, con área de 10,000.00 metros cuadrados, valorado en la suma de RD$10,000.00. En dicho solar se construirá el edificio para albergar la Sección Norte del Instituto Dermatológico Dominicano, lo cual beneficiará la mencionada ciudad. En consecuencia queda derogado y sustituido el Decreto Nº 1660, de fecha 19 de enero de 1977.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y siete; años 1349 de la Independencia y 114° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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