Texto de la norma
Decreto Nº 3014, que declara de utilidad pública e interés social la adquisición por el Estado Dominicano de una porción de terrenos en el Municipio de Santiago.
(G. O. Nº 9448, del 6 de Octubre de 1977)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3014
CONSIDERANDO que es de vital importancia para la construcción de la Presa de Bao, en la Provincia de Santiago, la adquisición por el Estado Dominicano de una porción de terreno propiedad de particulares;
VISTA la Ley Nº 344, de fecha 29 de julio de 1943 y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se declara de utilidad pública e interés social, para ser dedicada a la construcción de la Presa de Bao, en la Provincia de Santiago, la adquisición por el Estado Dominicano de una porción de terreno con área de 1,500 hectáreas aproximadamente, ubicada dentro de las siguientes colindancias: Al Norte: Jánico, Sabana Iglesia, Carretera Jánico-Sabana Iglesia y La Meseta: Al Sur: Pinalito, Damajagua, Loma Los Naranjos, Baiguate y Los Asientos; Al Este: Guardarraya, El Anón y El Calmito; Al Oeste: Malaya, Bao y los Corozos Arriba.
Art. 2.—En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios del inmueble precedentemente indicado para su compra de grado a grado por el Estado Dominicano, el Admi-
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cedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraorclinarics,
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de acucrdo con las leyes, para obtencr la expropiaci6ii tic:
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