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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2989

QUE AUTORIZA UNA EMISION DE SELLOS POSTALES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 jul de 1977fecha
Otrostipo
G. O. 9447Gaceta Oficial del 30 sept de 1977
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 2989, que autoriza una emisión de sellos postales. (G. O. Nº 9447, del 30 de Septiembre de 1977) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 2989 CONSIDERANDO que la celebración en la ciudad de Santo Domingo del VIII Congreso Panamericano de Medicina Veterinaria y Zootecnia, es un acontecimiento de proyección internacional que amerita conveniente divulgación, puesto que en ese evento científico se expondrá ampliamente la importancia del desarrollo de la medicina veterinaria a nivel universal como medio para lograr el aumento de uno de los principales renglones de la alimentación del ser humano; CONSIDERANDO que el sello postal es un excelente vehículo para la propagación de sucesos de esta naturaleza; VISTA la Ley sobre Especies Timbradas Nº 2461, de fecha 18 de julio de 1950; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 65 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, en las siguientes cantidades y valores: 500,000 (Quinientos mil) sellos del valor de seis centavos, a colores; 500,000 (Quinientos mil) sellos del valor de diez centavos, a colores; 300,000 (Trescientos mil) sellos del valor de veinte centavos, a colores; 300,000 (Trescientos mil) sellos del valor de veinticinco centavos, a colores. Art. 2.—Los sellos de seis centavos serán de forma rectangular en tamaño de 47 milímetros de ancho por 33 milímetros de alto y mostrarán como motivo principal la reproducción de una Jutía (Solonodon Paradoxis); en el ángulo superior tendrán la leyenda "REPUBLICA DOMINICANA" e inmediatamente debajo en dos renglones la inscripción "VIII Congreso Panamericano de Medicina Veterinaria y Zootecnia". hacia el ángulo derecho llevarán el emblema del mencionado evento y la esquina inferior izquierda aparecerá el emblema del evento aparecerá la palabra "CORREOS" y en la esquina inferior izquierda la figura de una flor silvestre y el valor facial expresado así: "6c". Los sellos de diez centavos tendrán la misma forma y tamaño que los de seis centavos y mostrarán como motivo principal la reproducción de un semental de la raza Romana Rojo; en el ángulo superior llevarán la leyenda "REPUBLICA DOMINICANA" e inmediatamente debajo en tres renglones las inscripciones "VIII Congreso Panamericano de Medicina Veterinaria y Zootecnia" y "Dorado, semental Romano Rojo; hacia a esquina inferior izquierda aparecerá el emblema del evento y el valor facial expresado así: "10c" y hacia la esquina inferior derecha las palabras "CORREO AEREO"; Los sellos de veinte centavos tendrán la misma forma y tamaño que los de diez centavos y mostrarán como motivo principal la reproducción de una Iguana (Cyclura Cornuta Cornuta, sobre un tronco de un árbol caído; en el ángulo superior llevarán la leyenda "REPUBLICA DOMINICANA" y en el ángulo izquierdo en cinco renglones la inscripción "VIII Congreso Panamericano de Medicina Veterinaria y Zootecnia"; en la mitad del ángulo izquierdo aparecerá el emblema del evento, en la esquina inferior izquierda el valor facial expresado así: "2c" y en la esquina inferior derecha la palabra "CORREOS"; Los sellos de veinticinco centavos serán de forma rectangular en tamaño de 47 milímetros de alto por 33 milímetros de ancho y mostrarán como motivo principal la reproducción de un flamenco (Phoenicopterus Ruber); en el ángulo superior llevarán la leyenda "REPUBLICA DOMINICANA"; hacia la parte superior del ángulo izquierdo tendrán el emblema del evento y hacia la parte superior del ángulo derecho en cinco renglones la inscripción "VIII Congreso Panamericano de Medicina Veterinaria y Zootecnia"; en la esquina inferior derecha aparecerán las palabras "CORREO AEREO" y en la esquina inferior izquierda el valor facial expresado así: "25c". DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de julio del año mil novecientos setenta y siete, años 133° de la Independencia y 114° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona