Texto de la norma
Decreto Nº 2954, que crea una Comisión que tendrá a su cargo determinar las áreas de terrenos dedicados por el Consejo Estatal del Azúcar a la siembra de caña.
(G. O. Nº 9441, del 27 de Agosto de 1977)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2954
CONSIDERANDO que el Gobierno Nacional tiene alto interés en determinar cuales de las áreas dedicadas en la actualidad por el Consejo Estatal del Azúcar a la siembra de caña y a potreros, no son indispensables para esos usos y puedan ser traspasadas al Instituto Agrario Dominicano para ser destinadas al fomento y cultivo de otros productos agrícolas que forman parte de la dieta diaria del pueblo dominicano;
CONSIDERANDO que el interés del Gobierno no es solamente el de favorecer a campesinos con tierras y ampliar las zonas dedicadas al cultivo de otros frutos, sino también el de elevar la productividad de las tierras dedicadas a la siembra de caña, mediante la implantación e intensificación de nuevos sistemas de cultivos;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se designa una Comisión compuesta por los señores Agrónomo Manuel de Jesús Viñas Cáceres, quien la presidirá; Germán Gómez Torres, Director del CEAGANA, Agrónomos Gil Manuel Fernández, Reynaldo González González y
José Emigdio Ramírez, que tendrá a su cargo determinar las áreas de terrenos dedicados por el Consejo Estatal del Azúcar a la siembra de caña, así como a la cría y pastoreo de ganado, y establecer cuales de esas tierras son más aptas para el cultivo de otros productos agrícolas y, por tanto, puedan ser traspasadas al Instituto Agrario Dominicano para ser repartidas entre campesinos de escasos recursos.
Art. 2.—Dicha Comisión deberá preparar a la mayor brevedad posible un informe sobre el resultado de su gestión, el cual será sometido al Poder Ejecutivo para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de julio del año mil novecientos setenta y siete; años 134° de la Independencia y 114° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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