Texto de la norma
Decreto Nº 1042, que concede naturalización dominicana al señor Benigno Feijoo Arias. (G. O. Nº 9378, del 25 de Agosto de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1042
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo el
señor Benigno Feijoo Arias, de nacionalidad española, mayor de edad, casado, nacendado, portador de la cédula de identificación personal [omitida] domiciliado y residente en [domicilio omitido];
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTA la Ley N° 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede la naturalización dominicana al señor Benigno Feijoo Arias, de las generales arriba indicadas.
Art. 2.—El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos de la Gobernadora Civil de la Provincia La Altagracia, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicha funcionaria, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.—Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía, y de Relaciones Exteriores y a la Gobernadora Civil de la Provincia de La Altagracia, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de junio del año mil novecientos setenta y cinco, años 132° de la Independencia y 112° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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