Decreto Nº 2810, que concede jubilación con pensión del Estado a varias servidoras de la Administración Pública.
(G. O. Nº 9441, del 23 de julio de 1977.)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2810
VISTA la Ley Nº 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.—Se concede el beneficio de la jubilación y se asignan sendas pensiones de Estado a las siguientes servidoras de la Administración Pública:
a) Ana Dolores Castro de García, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; y
b) Dra. Nilia Pabón Uribe, una pensión del Estado de doscientos cincuenta pesos oro (RD$250.00) mensuales.
Art. 2.—Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de abril del mil novecientos setenta y siete, años 134º de la Independencia y 114º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona