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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2755

QUE APRUEBA LA RESOLUCION NO. 211-75-MC DEL DIRECTORIO DE DESARROLLO INDUSTRIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 jul de 1977fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 9434Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
becreto No 2756 que aprueba la Re olucion N Lll--rb A1C del Ui e~ toiro de Desariollo lndustiial (G 0 NP 9434 del L8 de hayo de 1977) BALAGUEB Republica Domilucana NUMERO 2766 CONSIDEMDO que la. enipresa ARICSANIA JOAR c. POR A fue c l a d cada en ia Categorla C mediante Resolu cion W103-70 del Ihectorio de Desarroko Industiial de fe cha 3 de sepbembre de 19r0 apiobada en virtud del Uecieto ,Yo 862, del LL de febrero de 19rl modiiicada gor la Keaoiucim Nq 32-73-MC del 20 de marzo de 1973 aprobada mediante el Decreto No 3560 del 12 de JWO de 1973 CONSIDERANDO que la referida empresa ha pecbdo it- mento y/o inclusion de var as materias piimas y materiales en la Wictlcion que dlsfruta a fm de aumentar su produccwn CONSIDERANDO que el Directoim de Desarrollo Indus trial juzgo atendble dxha peticion VISTOS 10s Articulos 23 y 38 de la Ley NO 299, de Inctiiti En ejercicio de Ids atribuciones que me confiere el articulo vo y Proteca6n Industrlal de fecha 23 de abnl de 1968 65 de la Constitucion de la Republica dicto el siguiente D E C R E T O membre de 1976 que copiada textualmente dice por el Drrectorio de Desarrollo Industrial en fecha 23 de nc Art 1 --Se aprueba la Resolucion NP Lll-76-MC dictadn ‘RESOLUCION NO 211-‘76-?IC CONSIDERANDO Que la empresa ARTES INIA JOAK CONSIDERANDO: Que la referida empresa !$a pedido au- mnto y/o mclusion de v a n e macerias prunas y materidee en is dasdicacibn que disfrvta, a ~JII de aumentar su producci6a. CONSIDERANDO: Atendible la peticih de que se trats, procede acogerla f avorabAemente. VISTO: El informe rendido por el Departamento T ~ c I I ~ ~ ~ J @US*ld. * VISTAS: Las Resoluciones arriba c i t a b . VXSTOS: Los Articuios 23 y 38 Lie ia citada Ley NO 299, En ejercicio de las facultades que nos confiere dicha ley, R E S U E L V E : PMMERO: Modificar la8 Resoluciones Noa, 103-70 y 3%- 7%lVC, para aumentar y/o incluir en la clasificaciijn que &- €rub la empresa ARTESAKIA JOAK, C. POK A., en la m i a m proporci6n del 90% de pxoneraribn y por el rest0 del periodo, 10s siguientes articulns: ( Aumento) Cantidades anuales De 69,000 a 125.000 Libras hihilazaa de algod6n Nombre de 10s Articulw De 30,000 a 200,090 Libra3 L’‘2;3? de nylon De 1,200 a 7,200 Conos hdo para coser De 36,000 a 600,000 Yardas ei8sticaia de 1%” De 36,000 a 500,000 Yardas elasticos de 1%” De 36,000 a 300,000 Yardas elasticos ae 1” Be 6,000 a 15,000 Gruesas de yardas elastico de Y4 a%” (lnclusi6n) Cantidades anuale Nombre de 10s articulos 2,000 Libras hilazas de Ban b n 7,000 Kilos productos quimicos 800 Libras tintes para etiquetas 16,000 Galones gas oil #w),OOO Yardas cinki de rayon o algod6n para fabricur etiquetas 16,008 Libras goma o goma sintbtica 8,000 KilM pigmentos, anilinas y solventes. 600 Kilos clips metalicos o piasticos 25,000 Kilos papel traxlsiereacia para estampar Detalle de 10s productos quimicos: Bhnqueadorers, kumeqtantes, hexainetafosfato de sodjo, W x t d o de hidrogeiio, srlicato de sodio, sosa castica, age.ntee preservativo8 y reaetivoa. NOTA: La empresa debera soljcitar a la Lomisitin Itegu- ladora del Algod6n y sus Derivados la aprobaci6n pre- via por cada importaci6n que realice sobre hilazas de algOd6a. SECUNDO: Solicitar al Poder Ejecuhvo modificar eii cuanto sea necesario 10s citados Decretos Nos. 682 y 2560. DADA en h t o Doiningo de GuzmBn, Distrits Naciond, a los veintitrés (23) días del mes de noviembre del año mil novecientos sesenta y seis, (1966); años 133° de la Independencia y 114° de la Restauración. DR. GUIDO D'ALESSANDRO, Secretario de Estado de Industria y Comercio, Presidente del Directorio de Desarrollo Industrial. YO, TEOFILO CUESTA ORTEGA, Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial, CERTIFICO: Que esta decisión fué tomada por los Miembros del Directorio de Desarrollo Industrial en sesión celebrada el día 23 de noviembre de 1976, en el Despacho del Secretario de Estado de Industria y Comercio, de la cual reposa acta en los archivos del Departamento Técnico Industrial. TEOFILO CUESTA ORTEGA, Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial." Art. 2.—Se modifican, en cuanto sea necesario, los Decretos Nos. 682 y 3550, de fechas 22 de febrero de 1971 y 12 de junio de 1973, respectivamente. Art. 3.—Envíese a las Secretarías de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de mayo del año mil novecientos setenta y siete; años 133° de la Independencia y 114° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona