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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2742

que crea e integra una Comision encargada de estudiar los presupuestos que rigen las actividades de los centro universitarios subvencionados por el Estado (G O Nº 9434 del 28 de Mayo de 1977) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 feb de 1977fecha
Designacióntipo
G. O. 9434Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 2742 que crea e integra una Comision encargada de estudiar los presupuestos que rigen las actividades de los centro universitarios subvencionados por el Estado (G O Nº 9434 del 28 de Mayo de 1977) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana NUMERO 2742 CONSIDERANDO que las Universidades Autonomas de Santo Domingo y Pedro Henriquez Ureña han hecho del conocimiento publico su deseo de que el Estado les aumente las subvenciones que les otorga la Ley de Gastos Publicos en vista de que han elevado considerablemente el numro de inscritos en ambos establecimientos de ensenanza superior CONSIDERANDO que el crecimiento demográfico del pais y el aumento de la poblacion en edad escolar tanto en el sector urbano como en las zonas rurales exige del Estado desarrollos que cobran cada dia mayor magnitud y requieren erogaciones extraordinarias para la creacion de nuevas tandas la oficializacion de liceos secundarios la construccion de edificios escolares etc CONSIDERANDO que la educacion primaria constituye el principal deber del Estado y que la propia Constitución de la Republica obliga a ofrecerla en forma gratuita a todos los dominicanos CONSIDERANDO que no obstante las obligaciones que la educacion basica pone a cargo del Estado y la imposibilidad en que este se encuentra de aplicar a la educación académica los fondos que se requieren para atender debidamente a la educacion primaria instituida con caracter universal y gratuita por la Constitucion de la Republica procede ir en ayuda de la educacion superior en la medida en que las circunstancias lo permitan CONSIDERANDO que el Estado al imponerse el sacrificio de dotar con mayores recursos la ensenanza superior necesariamente en detrimento de la expansion de la educacion primaria tiene derecho a exigir un control de los fondos extraordinarios que le han sido solicitados por varias Universidades y que no se hayan incluido en la actual Ley de Gastos Publicos En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente DECRETO Art. 1 —Se crea una Comision que se encargara juntamente con la que designen las Universidades interesadas de estudiar los presupuestos que rigen las actividades de los centros universitarios subvencionados por el Estado y de comprobar que los recursos extraordinarios que se solicitan esten llamados a satisfacer necesidades reales de dichos centros academicos Art. 2 —La Comision del Gobierno estara integrada por el señor Enrique Apolinar Henriquez quien la presidira, por el Secretario de Estado de Educacion Bellas Artes y Cultos y por el Asesor Economico del Poder Ejecutivo DADO en Santo Domingo de Guzman Distrito Nacional Capital de la República Dominicana a los veintiún días del mes de febrero del año mil novecientos setenta y siete, años 134º de la Independencia y 114º de la Restauración JOAQUÍN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona