Decreto No.3413, que concede jubilaci6n con penridn del Estado al Sr. Manuel & js.
Perez YCpez.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO 3413
VISTA la Ley No.5185, sobre Pensiones Civiles del Estado,
de fecha 3 1 de Julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo
55 de la Constituci6n de la Repfiblica, dicto el siguiente
D S C R E T O :
Art. 1.-Se concede el beneficio de la jubilacion y se asigna
una pensi6n del Estado de trescientos pesos or0 (RD$300.00)
mensuales, al seiior Manuel de Jesus PCrez YCpez.
Art. 2.-Dicha pension sera pagada con cargo al Fondo de Pen
siones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Kblicos.
DADO en Santo Doming0 de Guzmin, Distrito Nacional,
Capital de la Repcblica Dominicana, a 10s veintidos dias del
mes de mayo del aiIo mil novecientos setenta y ocho, aAos 1350.
de la Independencia y 1 150. de la Restauracion.
JOAQUIN BALAGUER
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona