Texto de la norma
Decreto No.3396, que autoriza la impresión de sellos para uso del servicio Consular Rentado.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3396
VISTA la Ley No.2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.-Se autoriza la siguiente impresión de sellos para uso del servicio Consular Rentado:
200,000 (Doscientos mil) sellos del tipo de RD$1.00, numerados del 275001 al 475000, color azul, Servicio Consulado
200,000 (Doscientos mil) sellos del tipo de RD$2.00, numerados del 275001 al 475000, color azul, Servicio Consular Rentado.
200,000 (Doscientos mil) sellos del tipo de RD$3.00, numerados del 200001 al 400000, color azul, Servicio Consular Rentado.
200,000 (Doscientos mil) sellos del tipo de RD$5.00, numerados del 375001 al 575000, color azul, Servicio Consular Rentado.
La impresión de estos sellos se hará con los mismos tamaños y diseños que las emisiones anteriores.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de-
mayo del año mil novecientos setenta y ocho; años 135o. de la Independencia y 115o. de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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