Texto de la norma
Decreto No.3242, que autoriza a varios Ayuntamientos del país a donar solares de su propiedad.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3242
VISTA la Ley No.4381, de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.-Se autoriza a los siguientes Ayuntamientos a donar en favor de las personas que se señalan, los inmuebles que se describen a continuación:
AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE LA VEGA:
Solar con área de 276.14 metros cuadrados, ubicados en el callejón Jarro Sucio, en el tramo comprendido entre la calle Salvador Beato y la Autopista, valorado por la suma de RD$ 798.42 en favor del señor Ramón C. Gutiérrez H.;
AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE HATO MAYOR:
Solar sin designación catastral ni municipal, con área de 1,692 metros cuadrados, valorado en la suma de RD$ 6,091.20, en favor del Club de Leones;
AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE LOMA DE CABRERA
Solar ubicado en la calle Jesús Díaz, sin designación catastral ni municipal, con área de 200 metros cuadrados, y su mejora que tiene un área de construccion de 30 metros cuadrados,
valorado en su totalidad en la suma de RD$1,200.00, en favor de la señora Teresa Almonte;
AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE BARAHONA:
Solar No.10 de la Manzana No.35 del Distrito Catastral No.1, con área de 676.77 metros cuadrados, valorado en la suma de RD$6,090.93, en favor de la profesora Altagracia Suero de González;
AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE ESPERANZA:
Solar No.165 (designación municipal del Distrito Catastral No.1, con área de 354.60 metros cuadrados, valorado en la suma de RD$886.50, en favor de Ramón Ramia;
Solar (sin designación catastral ni municipal) del Distrito Catastral No.1, con área de 638.25, valorado en la suma de RD$ 3,191.25, en favor de la señora María Eugenia Fernández.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de enero del año mil novecientos setenta y ocho; años 134o. de la Independencia y 115o. de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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