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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3193

QUE AUTORIZA LA IMPRESION DE UNA EMISION DE SELLOS POSTALES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 jul de 1977fecha
Otrostipo
G. O. 9456Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 3193, que autoriza la impresión de una emisión de sellos postales. (G. O. Nº 9456, del 21 de Dic. de 1977) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 3193 VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461, del 18 de julio de 1950; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia en las siguientes cantidades y valores: 500.000 (Quinientos mil) sellos del valor de seis centavos, a colores; 300.000 (Trescientos mil) sellos del valor de veintiún centavos, a colores; Art. 2.— Los sellos de seis centavos serán de forma rectangular de 40 milímetros de alto por 30 milímetros de ancho y mostrarán una reproducción de la puerta principal de la casa del Cordón, edificación colonial construída en 1503 que ha sido puesta en valor; en el ángulo superior llevarán la leyenda "REPUBLICA DOMINICANA" en dos renglones; en el ángulo izquierdo tendrán la inscripción "HISPANIDAD 1977" en sentido vertical y en la esquina derecha del ángulo inferior, la palabra "CORREOS" y el valor facial expresado así: "6c". Los sellos de veintiún centavos serán de forma rectangular de 47 milímetros de alto por 33 milímetros de ancho y mostrarán una reproducción de una ventana de la casa del Tostado, construcción colonial gótica del siglo XVI que ha sido puesta en valor; en el ángulo inferior las palabras "CORREO AEREO" y el valor facial expresado así: "21c". DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y siete, años 134° de la Independencia y 115° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona